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CONFIDENCIAL |
PROMOCIÓN. URBANISMO.
VIVIENDA. ANDALUCÍA. AENA RENUNCIA
A EXPROPIAR CONFORME A LA LEY DEL SUELO 8/2007.
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¿Puede un organismo público
eludir la expropiación e incurrir en mayores gastos para ampliar
una pista de uso público?.
Valor añadido: Apenas
1 mes después de entrar en vigor la Ley del suelo 8/2007, AENA y
el ayuntamiento de Córdoba esquivan el sistema de valoraciones para
“no perjudicar a los vecinos”. El problema (antes de la Ley 8/2007) era
que los inmuebles a expropiar eran solares inscritos en un ámbito
urbanizable, lo que implicaba la valoración como urbanizable. La
nueva ley 8/2007 acaba con la valoración por expectativas y se limita
a constatar la realidad material de los suelos. Todo suelo desarrollado
legalmente, con las obras de urbanización efectuadas, con las dotaciones
precisas y los servicios necesarios es calificado como “urbanizado”. El
suelo que no se encuentre en esa situación, independientemente de
lo que señale el PGOU, recibe la catalogación de “rural”.
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