PROMOCIÓN. IMPUESTOS
ANDALUCÍA. OPERACIÓN BALLENA
BLANCA: BLANQUEO DE CAPITALES.
La Dirección General de Registros
y del Notariado recordó recientemente
el deber de colaborar en el blanqueo de capitales.
Tras la investigación del deber
de colaboración notarial en la lucha contra el blanqueo de capitales,
se ha iniciado la investigación bancaria.
Valor añadido:“El
grado de cumplimiento de la Instrucción ha sido satisfactorio por
parte de Notarios y Registradores en cuanto al número de comunicaciones,
pero el Servicio Ejecutivo de la Comisión de Prevención del
Blanqueo de Capitales e Infracciones Monetarias no ha podido iniciar más
que unas pocas actuaciones derivadas de aquéllas (12 en el año
2002, 6 en el 2003 y 7 en el 2004). La razón es que muchos Notarios
y Registradores se limitan a enviar la comunicación de los supuestos
incluidos en la relación objetiva de operaciones sospechosas, pero
sin expresar las circunstancias de toda índole de las que infiera
el indicio de su vinculación al blanqueo de capitales tal como exige
el apartado sexto de la Instrucción de 10 de Diciembre de 1999 y
en el artículo 7.4 del Reglamento de desarrollo de la Ley 19/1993,
de 28 de Diciembre, aprobado por Real Decreto 925/1995, de 6 de Junio.
En
consecuencia, procede recordar
ahora que el Notario o el Registrador que efectúe la comunicación
debe formarse opinión sobre si existe o puede existir algún
indicio o sospecha y debe expresarla en el escrito de comunicación
de operación sospechosa al Servicio Ejecutivo, de manera que además
de la comunicación deberá cumplimentarse .....”.
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