PROMOCIÓN. ANDALUCÍA.
LA JUNTA DE ANDALUCÍA SE ESCUDA EN LA LEY DEL SUELO PARA JUSTIFICAR
SU INOPERANCIA EN MARBELLA.
Chaves dice que la ley del suelo <
Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística
de Andalucía.> no le da competencias y
que hay que cambiarla. ¿En
el año 2002 no se sabía lo que pasaba en Marbella? ¿Por
qué no dio solución entonces?
No parece que los arts. 183 o el art.
31 de la ley andaluza, no pudiesen permitir algo más. Incluso
la ley del suelo hace referencia expresa a la Ley 7/1985, de 2 de abril,
Reguladora de las Bases del Régimen Local que en su art. 61 dispone
que “El Consejo de Ministros, a iniciativa propia y con conocimiento
del Consejo de Gobierno de la comunidad autónoma correspondiente
o a solicitud de éste y, en todo caso, previo acuerdo favorable
del Senado, podrá proceder, mediante Real Decreto, a la
disolución de los órganos de las corporaciones locales en
el supuesto de gestión gravemente dañosa para los intereses
generales que suponga incumplimiento de sus
obligaciones constitucionales”.
Valor añadido:
Se propone reformar la ley del Suelo y que el Parlamento determine los
casos "graves" en que se podrán quitar competencias a los
ayuntamientos. ¿No es más fácil
seguir el camino de la Ley 7/1985 en lugar de volver a inventar la rueda?.
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