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TASADORES: ¡DE LA EXPROPIACIÓN,
NI HABLAR! |
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PROMOCIÓN. FINANCIACIÓN.
URBANISMO. VIVIENDA. EJEMPLO REAL DE LA
FUTURA ORDEN DE TASACIÓN EN CASO DE SOLARES DE VPO CONGELADOS.
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Este es uno de los muchos ejemplos
que evidencian que el suelo se queda congelado especulativamente y se edifica
cuando interesa, sin respetar los plazos de edificación forzosa.
Aunque la Ley 8/2007 y sus anteriores prevén la expropiación,
ni ayuntamientos, ni CCAA, ni el Ministerio de Vivienda vigilan estas actuaciones.
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Pero lo más grave es que
en el caso que analizamos la mayor parte de las viviendas “retenidas” son
VPO.
Valor añadido:
Este es el segundo caso que analizamos. El primero fue en Vitoria y este
en Burgos. El ayuntamiento reconoce que hay 42 solares de VPO sin edificar
y han pasado una media de 25 y 30 meses desde que se aprobaron definitivamente
los trámites urbanísticos de sus sectores residenciales,
cuando la normativa fija un plazo de seis meses para pedir licencia de
edificación a partir de la aprobación definitiva del proyecto
de actuación. ¿En un caso
así qué debe decir el tasador con la futura Orden Ministerial?.
El ayuntamiento debería haber inscrito los solares en el registro
de venta forzosa, pero como no lo han hecho, según la nueva Orden,
no podrían mencionar la palabra prohibida “expropiación”,
limitada a cuando se haya declarado por la Administración
competente el incumplimiento de los plazos, pero aún en este caso,
si a la fecha de valoración se hubiese incoado expediente de incumplimiento
de los plazos que tiene el propietario del suelo para desarrollar el mismo,
el tasador sólo podrá recordar en su valoración que
ese bien “puede” llegar a ser expropiado.
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PROMOCIÓN. FINANCIACIÓN.
VIVIENDA. NUEVA ORDEN PARA TASACIÓN
INMOBILIARIA PARA “FACILITAR”
CRÉDITOS A LOS PROMOTORES. HACER BUENA
LA CONGELACIÓN DE SUELO ESPECULATIVO.
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Una clara contradicción con
el mandato de la Ley del suelo 8/2007.
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La orden mandará callar a
los tasadores sobre riesgos de expropiación para no asustar a los
bancos.
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Sólo podrán mencionar
la palabra prohibida “expropiación” cuando se haya declarado por
la Administración competente el incumplimiento de los plazos, pero
aún en este caso, si a la fecha de valoración se hubiese
incoado expediente de incumplimiento de los plazos que tiene el propietario
del suelo para desarrollar el mismo, el tasador podrá recordar en
su valoración que ese bien “puede” llegar a ser expropiado.
Valor añadido:
Un día el gobierno dice en la Ley del suelo 8/2007 que el promotor
que no construya en plazo se le expropia, a fin de evitar la especulación
con bolsas de suelo congelado, y ahora da la vuelta a la ley con una orden
ministerial haciendo bueno el hecho de que las Comunidades y Ayuntamientos
miran para otro lado y CONSIENTEN las bolsas de suelo especulativo sin
sancionar la acumulación de suelo que no se promueve en los plazos
que fijan los planes. Así que los tasadores tendrán que ocultar
la posible expropiación por no promover el suelo en el plazo fijado
por el planeamiento. ¿Quién
puede pensar que (i)
los bancos no miran con lupa el plazo de promoción previsto en el
PGOU, (ii) que
no saben que la expropiación es el castigo y (iii)
que son conscientes de que durante unos años no se va a colocar
un solo ladrillo?.
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CRÉDITOS BLANDOS PARA
SALVAR EL SECTOR INMOBILIARIO. |
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PROMOCIÓN. FINANCIACIÓN.
VIVIENDA. FINANCIACIÓN PRIVILEGIADA
PARA PROMOTORAS. ¿OTRO EXPEDIENTE
CONTRA ESPAÑA POR AYUDAS DE ESTADO?.
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Con los créditos blandos
se conseguiría que las inmobiliarias amortizasen las deudas más
inminentes y no tener que depender de los créditos procedentes de
entidades financieras.
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El gobierno sabe que la refinanciación
de deuda tiene contra las cuerdas a algunas inmobiliarias de prestigio
y si quiebran habrá efecto en cadena.
Valor añadido: No
es relevante que el G-14 pida o no líneas de créditos al
ICO, sino que sean ilegales en derecho comunitario, y que sea el propio
ICO el que ante las preguntas en rueda de prensa relativas a la información
publicada por inmoley.com sobre la ilegalidad de ayudas de estado a empresas
en crisis, en concreto los 10.000 millones de euros que llegarían
a las inmobiliarias en forma de créditos blandos, reconozca que
el debate es "importante" e "interesante", pero al mismo tiempo hay que
llevarlo a cabo "con muchas cautelas", puesto que un plan de ese calibre
enfrenta problemas de ejecución serios, es decir la legislación
europea contraria a ayudas de estado.
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PROMOCIÓN. FINANCIACIÓN.
VIVIENDA. EL ICO NO PUEDE IR MÁS ALLÁ
DE LOS AVALES.
Valor añadido:
El ICO ha sido autorizado en enero 2008 para dar avales de hasta 3.000
millones de euros a los fondos de titulización de activos de las
entidades financieras o de crédito para promover la financiación
de la compra de viviendas protegidas (VPO).
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PROMOCIÓN. FINANCIACIÓN.
VIVIENDA. UNA FINANCIACIÓN PRIVILEGIADA
DESDE EL ICO A PROMOTORAS EN CRISIS PODRÍA SER AYUDA DE ESTADO,
PROHIBIDA POR LA UNIÓN EUROPEA.
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Varios medios anuncian una inminente
medida del Consejo de Ministros aprobando un Acuerdo por el que se autoriza
la suscripción de un convenio de colaboración entre el Ministerio
de Vivienda y el Instituto de Crédito Oficial (ICO) para la financiación
de los préstamos a los promotores para el desarrollo del Plan de
Reactivación del sector inmobiliario.
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El 28% del total de ayudas de Estado
ilegales que conceden los países europeos
y que la Comisión Europea trata de recuperar
se encuentran en España.
Valor añadido: Las
líneas de financiación del ICO incorporan en sus características
el siguiente párrafo: “Esta Línea puede estar sometida a
la condición de mínimis de la Unión Europea y es compatible
con las ayudas recibidas de las Comunidades Autónomas u otras instituciones,
debiendo respetar los límites máximos en cuanto a acumulación
de ayudas establecidas por la Unión Europea”. Pero el Reglamento
de mínimis (CE) Nº 1998/2006 de la Comisión Europea,
además de la cuantía y el plazo, establece que la ayuda debe
ser … Además este Reglamento excluye
expresamente a las empresas en crisis.
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