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31 de marzo de 2009
REFORMA CONCURSAL,
REAL DECRETO-LEY 3/2009, DE 27 DE MARZO, DE MEDIDAS URGENTES EN MATERIA
TRIBUTARIA, FINANCIERA Y CONCURSAL ANTE LA EVOLUCIÓN DE LA SITUACIÓN
ECONÓMICA.
Valor añadido: Incluimos
el texto completo del Real Decreto-ley 3/2009, de 27 de marzo, de medidas
urgentes en materia tributaria, financiera y concursal ante la evolución
de la situación económica. Destacamos las disposiciones transitorias.
La reforma de la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal es tan amplia que
casi hubiese sido mejor hacer una nueva ley concursal. Por un lado hay
un importante blindaje de la banca a la que se dan garantías para
asegurarse que las operaciones de refinanciación no puedan ser impugnadas
o rescindidas, como ha ocurrido en el caso de la inmobiliaria Martinsa
Fadesa. Las premisas necesarias para evitar una eventual rescisión
son cuatro: que la operación no sea fraudulenta, que la refinanciación
cuente con el respaldo del 60% de los acreedores, que esté acompañada
de un plan de viabilidad avalado por un experto independiente y que los
acuerdos estén documentados por escritura pública. Seguramente
el decreto requerirá de desarrollos reglamentarios. Cobra importancia
la eliminación de la obligación de celebrar una vista para
cada uno de los incidentes concursales que surjan en el procedimiento.
Menos mal porque en el concurso de acreedores de Martinsa Fadesa el juez
ha celebrado 900 vistas para aclarar todos los incidentes concursales presentados
GUÍA PRÁCTICA DE
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LA CRISIS INMOBILIARIA.
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Concurso de acreedores de promotoras
y constructoras.
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