PROMOCIÓN. TURISMO. LEGAL.
URBANISMO. ANDALUCÍA. ¿ES NOTICIA
QUE UN JUEZ APRECIE PREVARICACIÓN EN UNA COMUNIDAD AUTÓNOMA?.
¿ES NOTICIA QUE NO HAYA RESPONSABLES?.
El juez ve prevaricación en
el control de la Junta de Andalucía al Algarrobico.
Un tribunal de Almería anula
la licencia de obras y pide a la Fiscalía que investigue la gestión
realizada por el Gobierno andaluz y el Ayuntamiento de Carboneras
Lo “mejor” es que el Presidente
de la Junta de Andalucía dice que la sentencia da la razón
a la Junta, que es una forma de interpretar que el juez considere
probado que el sector sobre el que se alza el hotel estaba catalogado en
dicho plan como zona C1, de manera que figuraba como protegido, si bien
la Junta “modificó la planimetría” e incluyó el paraje
como zona D2, referida a áreas urbanizables, para “de forma clamorosamente
contraria” a la Ley “adaptar” el PORN a las Normas Subsidiarias de Carboneras.
Valor añadido:
Para el de lo Contencioso Administrativo número 2 de Almería
parece ser importante porque se trata de una «infracción urbanística
muy grave, pues la construcción afecta a suelo no urbanizable de
especial protección. Además, el
juez ha remitido la causa a la Fiscalía al apreciar tanto en la
Junta de Andalucía como en el Ayuntamiento de Carboneras indicios
de la comisión de delitos de prevaricación y contra la ordenación
del territorio. Según el juez,
tanto la Junta como el Ayuntamiento han caído en la «abulia
y la desidia» a la hora de «defender el interés general
en cuanto al respeto de la normativa de costas y de medio ambiente».
Además, estima que se llevó a cabo una «burda maniobra»
para modificar el funcionamiento del Plan de Ordenación de los Recursos
Naturales del Cabo de Gata-Níjar. De esta forma, el hotel pasó
de erigirse en una zona protegida a otra urbanizable.
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ANÁLISIS
PRÁCTICO DEL URBANISMO DE MADRID. Nueva Ley del Suelo de Madrid. (LEY 9/2001, DE 17 DE JULIO,
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