PROMOCIÓN. URBANISMO.
ANDALUCÍA. CORRUPCIÓN ESTEPONA.
LA FEMP Y LA LEY DEL SUELO 8/2007. ¿SEGURO
QUE ESTÁN DEPOSITANDO EN LOS AYUNTAMIENTOS LAS DECLARACIONES PATRIMONIALES
DE LOS ALCALDES?
Lo peor no es que la FEMP reconozca
que no se publican las declaraciones de patrimonio (lo que va contra la
Ley 8/2007, como bien dijo la Ministra), y que mantenga que incumple a
medias porque las deposita en sus secretarías, algo que ponemos
en duda, lo realmente grave es que nadie va a hacer nada para exigir que
se cumpla la ley.
Valor añadido:
La Comisión Ejecutiva de la Federación Española de
Municipios y Provincias (FEMP) responde al caso Estepona con una propuesta
de código ético sin condenar expresamente este asunto. Además,
aunque la propia Ministra de Vivienda dijo que no publicar el patrimonio
de los cargos municipales era saltarse la Ley del suelo 8/2007, responde
la FEMP que actualmente todos los cargos públicos tienen 'hecha
una declaración de patrimonio y está entregada en la secretaría
general de los Ayuntamientos'. Ya dijimos que publicadas sólo
dos ayuntamientos, pero depositadas en secretaría tampoco. Hemos
hechos unas cuantas investigaciones en diez ayuntamientos importantes y
NO ESTÁN DEPOSITADAS ante los secretarios municipales. La noticia en detalle
disponible sólo para abonados >>>
INFORMACIÓN PRIVILEGIADA.
PROMOCIÓN. URBANISMO.
ANDALUCÍA. CORRUPCIÓN ESTEPONA.
SALTARSE EL CONTROL DE LOS CONVENIOS VÍA
DONACIÓN. EL PROMOTOR DONANTE Y
LA REVENTA DE ENTRADAS. Valor añadido: La
Junta cambió la Ley del suelo en 2005 para tapar el fraude y dispuso
que las cesiones obtenidas por la Administración, como contrapartidas
pactadas en convenios de planeamiento, ya sean en te¬rrenos o en metálico,
quedaban integradas en su patrimonio público de suelo (art. 30,2
2.ª LUA ). Para evitar este control se pedía a los promotores
una “donación fuera de convenio”, pero lo sorprendente es que la
JUNTA no denunció que los convenios hacían referencia expresa
a las donaciones de los promotores que, casualmente, coincidían
en valor con el aprovechamiento urbanístico cedido por el convenio.
Es decir, el mismo truco que la REVENTA DE ENTRADAS, que como está
prohibida venden un bolígrafo por 1000 euros y de regalo una entrada
de toros. Pues aquí el ayuntamiento cedía un aprovechamiento
por 10 (que valía 100) y el promotor era “invitado” a donar 90. La noticia en detalle
disponible sólo para abonados >>>
ANÁLISIS
PRÁCTICO DEL URBANISMO DE MADRID. Nueva Ley del Suelo de Madrid. (LEY 9/2001, DE 17 DE JULIO,
DEL SUELO DE LA COMUNIDAD DE MADRID ) Ver programa completo
(pulse
aquí.)
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