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17 de agosto de 2009

inmoley.com noticias inmobiliarias (inmobiliario, urbanismo, construcción, edificación, financiación inmobiliaria, obra pública, vivienda, centros comerciales, arrendamientos) ©
 
NOTICIA ADAPTADA AL SISTEMA EDUCATIVO inmoley.com DE FORMACIÓN CONTINUA PARA PROFESIONALES INMOBILIARIOS. ©

URBANISMO, CATALUÑA. REHABILITACIÓN DE BARRIOS.
Valor añadido: Urbanismo, Cataluña. Rehabilitación de Barrios. Guía práctica inmoley.com relacionada: ruina y rehabilitación, urbanismo de Cataluña y vivienda protegida.  El Gobierno catalán y los ayuntamientos han destinado ya más de 1.000 millones de euros en la rehabilitación de 117 barrios catalanes. Son cientos los pueblos y ciudades catalanas que se han beneficiado de estas ayudas para la mejora integral de cascos antiguos y polígonos residenciales desde que en 2004 se abriera la primera convocatoria para presentar proyectos. Antecedentes: La Ley 2/2004, de 4 de junio, de mejora de barrios, áreas urbanas y villas que requieren una atención especial fue la primera ley aprobada en esta legislatura y responde a una de las prioridades del Gobierno de Cataluña: la mejora de las condiciones de vida de todos los ciudadanos, especialmente de aquellos que residen en los entornos urbanos más frágiles y que agudizan la fractura social. Mediante esta Ley se creó un fondo financiero a disposición de los ayuntamientos que presenten proyectos de rehabilitación integral de barrios, áreas urbanas y villas en general. Las aportaciones de la Generalidad representan cerca de un 50% del presupuesto global de la actuación, que cofinancian los ayuntamientos. La Ley establece que pueden recibir financiación del Fondo aquellos municipios que presenten planes de mejora para barrios o áreas, que se hallen, se hayan hallado o puedan hallarse en procesos de degradación o urbanística, con pérdida o envejecimiento de población y con problemas económicos o sociales graves, como por ejemplo elevadas tasas de paro. Según la Ley, la elaboración y la  ejecución de los proyectos corresponde a los municipios, y la selección de los proyectos y asignación de los recursos al Departamento de Política Territorial y Obras Públicas. Los criterios de evaluación para determinar los barrios beneficiarios tienen en cuenta la problemática urbanística y los déficits de equipamientos y servicios de la zona, así como las características demográficas, problemas sociales, como el paro, la pérdida o envejecimiento de la población, el número de personas con pensiones asistenciales, y déficits sociales y urbanos como la falta de transporte público o el porcentaje de población en riesgo de exclusión. También se tiene en cuenta el criterio de equidad territorial. Así, se valora que los proyectos incluyan actuaciones de mejora del espacio público, rehabilitación de los elementos colectivos de los edificios, provisión de equipamientos, fomento de la eficiencia energética, supresión de barreras arquitectónicas o programas de mejora económica. Por otra parte, la Comisión tiene en cuenta el criterio de equidad territorial. 
 
 
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