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5 de mayo de 2009
FINANCIACIÓN INMOBILIARIA,
EL BANCO DE ESPAÑA PODRÁ VERIFICAR LOS REQUISITOS DE INDEPENDENCIA
DE LAS SOCIEDADES DE TASACIÓN.
Valor añadido:
Según la Disposición Final Primera del Real Decreto 716/2009,
de 24 de abril, por el que se desarrollan determinados aspectos de la Ley
2/1981, de 25 de marzo, de regulación del mercado hipotecario y
otras normas del sistema hipotecario y financiero, se modifica el Real
Decreto 775/1997 de 30 de mayo, sobre el Régimen Jurídico
de Homologación de los Servicios y Sociedades de Tasación.
El Banco de España podrá determinar el contenido mínimo
del informe anual a que se refiere el artículo 3.3 de la Ley 2/1981,
de 25 de marzo, así como concretar el alcance de la verificación
de los requisitos de independencia que debe llevar a cabo la comisión
técnica.
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