NOTICIAS
|
3 de mayo de 2009
IMPUESTOS,
NOVEDADES DE LA DEDUCCIÓN POR INVERSIÓN EN LA ADQUISICIÓN
O REHABILITACIÓN DE LA VIVIENDA HABITUAL Y CUENTA VIVIENDA EN EL
IRPF
Valor añadido: Se
considera que la vivienda es habitual cuando el contribuyente resida en
ella durante un mínimo de tres años continuos, salvo que
se produzca su fallecimiento o concurran circunstancias que necesariamente
exijan el cambio de vivienda, entre las que se citan, a título de
ejemplo, las de separación matrimonial, traslado laboral o la obtención
de un primer empleo u otro más ventajoso. Se permite la reposición,
antes del 31 de diciembre de 2008, de las cantidades retiradas de las cuentas
vivienda entre el 1 de enero y el 2 de diciembre de 2008 para fines distintos
de la primera adquisición o rehabilitación de la vivienda
habitual. En cuanto al alquiler, se ha introducido una nueva deducción
por alquiler de vivienda habitual. Sin perjuicio de la que ya hubiese aprobado
cada comunidad autónoma, con efectos de 1 de enero de 2008,
los contribuyentes podrán deducir el 10,5% de las cantidades satisfechas
en el periodo impositivo por el alquiler de su vivienda habitual, siempre
que su base imponible sea inferior a 24.020 euros anuales. Los contribuyentes
cuya base imponible sea igual o superior a esta cantidad, en tributación
individual o conjunta, no podrán aplicar la presente deducción.
TODA LA PRENSA
Sintesis de prensa / periódicos
/ agencias
|
en tiempo
real...
|
|
durante un año por
sólo
0,3 € al día*
FORMULARIO DE SUSCRIPCIÓN>>>
|
|
y esta Wii puede ser suya.
|
Copyright © inmoley.com.
Todos los derechos reservados. El uso de esta
información sin autorización expresa de inmoley.com y al
margen de las condiciones generales de contratación de inmoley.com,
será perseguido judicialmente.
|