>Asesoramiento legal    >Noticias inmobiliarias    >Cursos / librería

inmoley.com
NOTICIAS INMOBILIARIAS
Noticias inmobiliarias profesionales
> Información es anticiparse.
SISTEMA EDUCATIVO inmoley.com DE FORMACIÓN CONTINUA PARA PROFESIONALES INMOBILIARIOS.
eLearning sin tutor
eLearning actualidad inmobiliaria
eLearning con tutor
Curso
Pedidos y precios
Guías prácticas
E-book
Libros
Suscripción
Teleformación /semipresenciales
Presenciales
Formulario /precios
NOTICIAS 
Arrendamientos
PRENSA
Arrendamientos
Centros Comerciales
PRENSA
Centros Comerciales
Construcción
PRENSA
Construcción
Edificación
PRENSA
Edificación
Financiación
PRENSA
Financiación
Impuestos
PRENSA
Impuestos
Legal
PRENSA
Legal
Obra Pública
PRENSA
Obra Pública
Propiedad Horizontal
PRENSA
Propiedad Horizontal
Subvenciones
PRENSA
Subvenciones
Tercera Edad
PRENSA
Tercera Edad
Turismo
PRENSA
Turismo
Urbanismo
Generalizadas
PRENSA
Generalizadas
Vivienda
PRENSA
Vivienda
CC.A.A.
Andalucía
PRENSA
Andalucía
Aragón
PRENSA
Aragón
Asturias
PRENSA
Asturias
Baleares
PRENSA
Baleares
Canarias
PRENSA
Canarias
Cantabria
PRENSA
Cantabria
C-La  Mancha
PRENSA
C-La  Mancha
Castilla-León
PRENSA
Castilla-León
Cataluña
PRENSA
Cataluña
Extremadura
PRENSA
Extremadura
Galicia
PRENSA
Galicia
Madrid
PRENSA
Madrid
Murcia
PRENSA
Murcia
Navarra
PRENSA
Navarra
Pais Vasco
PRENSA
Pais Vasco
La Rioja
PRENSA
La Rioja
C.Valenciana
PRENSA
C.Valenciana
 
19 de mayo de 2009

OBRA PÚBLICA, PARA MUCHOS CONTRATISTAS ES IMPOSIBLE CUMPLIR CON LAS NUEVAS CONDICIONES DE SOLVENCIA EN ÉPOCA DE CRISIS 
Valor añadido: Criterios técnicos de solvencia económica y financiera. La determinación de la solvencia de las sociedades como empresas contratistas de obras o como empresas de servicios exigirá que el importe de su patrimonio neto, según el balance de las cuentas anuales aprobadas y presentadas en el Registro Mercantil correspondientes al último ejercicio finalizado, y, en su defecto, de las correspondientes al último ejercicio cuyo período de presentación haya finalizado, supere el importe mínimo establecido en la legislación mercantil para no incurrir en causa de disolución. La determinación de la solvencia económica y financiera de los empresarios que sean personas físicas para su clasificación como empresas contratistas de obras o como empresas de servicios se efectuará con los mismos criterios que para las sociedades, sustituyéndose el criterio de determinación del importe mínimo de su patrimonio neto por el de que éste no sea inferior a la mitad de la cifra establecida por la legislación mercantil como importe mínimo del capital social para las sociedades de responsabilidad limitada, pudiendo sustituirse los datos de sus cuentas anuales presentadas en el Registro Mercantil por las que figuren en su Libro de Inventarios y Cuentas Anuales, debidamente legalizado, cuando el empresario no esté inscrito en dicho Registro Mercantil y no esté obligado a ello. La solvencia económica y financiera de los profesionales que no tengan la condición de empresarios, a los efectos de su clasificación como empresas de servicios en aquellos subgrupos cuyo contenido se ciña al ejercicio de una actividad profesional regulada, se acreditará mediante la disposición de un seguro de indemnización por riesgos profesionales cuya cobertura sea de importe no inferior a la anualidad media de los contratos a los que cada categoría de clasificación permite acceder, o al importe al que por razón de su profesión o actividad esté legalmente obligado, si es superior. La determinación de la solvencia económica y financiera de las entidades no mercantiles que soliciten su clasificación como empresas contratistas de obras o como empresas de servicios se efectuará con los mismos criterios que para las sociedades, sustituyéndose el criterio de determinación del importe mínimo de su patrimonio neto por el de que éste no sea inferior a la mitad de la cifra establecida por la legislación mercantil como importe mínimo del capital social para las sociedades de responsabilidad limitada, o al importe mínimo exigido en sus Estatutos o en la normativa aplicable a la entidad, si alguno de ellos fuese superior. Las referencias al Registro Mercantil se entenderán realizadas al registro público que legalmente les corresponda.
 
 

Para ver noticia completa. Suscríbase. No estar perfectamente informado es demasiado caro.

 
OFERTA ESPECIAL

TODA LA PRENSA
Sintesis de prensa / periódicos / agencias
entiempo real...
suscríbase ahora
durante un año por sólo
0,3 € al día*
FORMULARIO DE SUSCRIPCIÓN>>>
y esta Wii puede ser suya.

 
 
 

Copyright © inmoley.com. 

Todos los derechos reservados. El uso de esta información sin autorización expresa de inmoley.com y al margen de las condiciones generales de contratación de inmoley.com, será perseguido judicialmente.

 

Copyright © inmoley.com. 

ir a inicio de página
  
Volver a la página anterior  

 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 

Enlace recomendado masmasculino.com