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27 de abril de 2009
TERCERA EDAD, TURISMO, URBANISMO,
EXTREMADURA, REFORMA DEL DECRETO DE CIUDADES
MIXTAS
Valor añadido:La
reforma de la Ley Extremeña modificará también el
régimen jurídico de los proyectos de interés regional
(PIR), después de que el Tribunal Superior de Justicia de Extremadura
anulase el decreto de 'Ciudades Mixtas'. Sentencia del Tribunal Superior
de Extremadura que declaró nulo de pleno derecho el Decreto
44/2007, de 20 de marzo, de ordenación del uso extensivo de suelos
no urbanizables para actividades turísticas y fomento de actuaciones
para la atención de personas mayores en ciudades mixtas. Según
el TSE esta "conclusión de extralimitación o ausencia de
título habilitante" "viene confirmado" por el hecho de que, "pudiendo
ser objeto de PIR las viviendas sujetas a algún tipo de protección
pública, este decreto no tiene como finalidad primordial la construcción
de viviendas protegidas, pues no es condición necesaria que un "complejo
turístico" disponga de viviendas mixtas" y en todo caso éstas
"no pueden superar el 10% de las viviendas, por lo que el Decreto entra
en causa de nulidad y así lo declara la sentencia"…
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