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23 de abril de 2009
TURISMO, URBANISMO, CANARIAS,
APROBADA LA LEY DE MEDIDAS URGENTES EN MATERIA DE ORDENACIÓN TERRITORIAL
PARA LA DINAMIZACIÓN SECTORIAL Y LA ORDENACIÓN DEL TURISMO
Valor añadido: La
ley de medidas urgentes en materia de ordenación territorial para
la dinamización sectorial y la ordenación del turismo
se estructura en tres títulos. El primer título procura la
simplificación y racionalización de las actuaciones administrativas
en materia territorial y urbanística eliminando rigideces y exigencias
innecesarias" en relación con la aprobación de las Directrices
de Ordenación. Respecto al suelo rústico, el objetivo es
la promoción de la actividad agropecuaria, y el dinamismo del medio
rural, así como la diversidad económica a través del
fomento de la implantación industrial, de los servicios, equipamientos
y dotaciones públicas y la diversificación energética
renovable. El título II de la ley abarca el desarrollo turístico
desde la perspectiva de su sostenibilidad en el marco de un frágil
territorio. El título III aborda la modulación del crecimiento
de la planta alojativa para el próximo trienio. La Ley de Medidas
Urgentes contempla el desarrollo turístico y los límites
de la ocupación territorial. Se mantiene la prohibición de
clasificar nuevos suelos urbanizables con destino turístico, aunque
se permite la reclasificación de terrinos siempre que se proceda
de forma simultánea a la desclasificación de suelo turístico
en igual o mayor proporción. Además, se permite la reclasificación
como consecuencia de operaciones de reforma interior que ocasionen un traslado
de ubicación de instalaciones hoteleras ya existentes.
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