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23 de abril de 2009

TURISMO, URBANISMO, CANARIAS, APROBADA LA LEY DE MEDIDAS URGENTES EN MATERIA DE ORDENACIÓN TERRITORIAL PARA LA DINAMIZACIÓN SECTORIAL Y LA ORDENACIÓN DEL TURISMO 
Valor añadido: La ley de medidas urgentes en materia de ordenación territorial para la dinamización sectorial y la ordenación del turismo  se estructura en tres títulos. El primer título procura la simplificación y racionalización de las actuaciones administrativas  en materia territorial y urbanística eliminando rigideces y exigencias innecesarias" en relación con la aprobación de las Directrices de Ordenación. Respecto al suelo rústico, el objetivo es la promoción de la actividad agropecuaria, y el dinamismo del medio rural, así como la diversidad económica a través del fomento de la implantación industrial, de los servicios, equipamientos y dotaciones públicas y la diversificación energética renovable. El título II de la ley abarca el desarrollo turístico desde la perspectiva de su sostenibilidad en el marco de un frágil territorio. El título III aborda la modulación del crecimiento de la planta alojativa para el próximo trienio. La Ley de Medidas Urgentes contempla el desarrollo turístico y los límites de la ocupación territorial. Se mantiene la prohibición de clasificar nuevos suelos urbanizables con destino turístico, aunque se permite la reclasificación de terrinos siempre que se proceda de forma simultánea a la desclasificación de suelo turístico en igual o mayor proporción. Además, se permite la reclasificación como consecuencia de operaciones de reforma interior que ocasionen un traslado de ubicación de instalaciones hoteleras ya existentes. 
 
 

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