9 de junio
de 2014
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CARACTERÍSTICAS DEL LEASING
INMOBILIARIO.
Convertir conocimiento en
valor añadido:
Guía práctica inmoley.com del leasing inmobiliario. Características
legales del leasing inmobiliario. Sujetos del leasing inmobiliario. El
Leasing (o arrendamiento financiero) es un con¬trato de arrendamiento
de bien mueble o inmueble con derecho a adquirirlo al final de la vida
del mismo.
Herramienta práctica
> Guías
prácticas
El leasing es una operación
a tres bandas.
• El Arrendatario, es el empresario,
es el titular de la operación, elige los bienes que necesita, el
pro¬veedor del que adquirirlos y las condiciones del precio.
• El Vendedor.
• El Comprador y arrendador, es
el banco, que en lugar de prestar el dinero va a adquirir del vende¬dor
el bien elegido y lo arrendará con una opción de compra para
cuando finalice el contrato.
Arrendatario
persona física o jurídica
la cual desea acceder a un determinado bien que necesariamente debe ser
un activo fijo afecto exclusivamente a explotación, en este caso,
bien inmueble.
Arrendador (Entidad de leasing que
compra el inmueble para arrendarlo)
Entidad de leasing que efectúa
la compra al vendedor y la arrienda durante un periodo de tiempo pactado
hasta que se ejerce la opción de compra. En España, están
legalmente autorizados para realizar operaciones de leasing:
• Los Bancos.
• Las Cajas de Ahorro.
• Las Cajas Rurales y Cooperativas
de Crédito.
• Los Establecimientos Financieros
de Crédito.
Plazo del leasing inmobiliario.
La duración mínima
del contrato debe ser de 10 años.
Si financia la adquisición
de un inmueble, el plazo mínimo del contrato será de 10 años.
En esto no difiere de la hipoteca que puede tener un plazo de hasta 35
años.
Riesgos del leasing inmobiliario.
Por lo general, el arrendatario
corre a cargo de los riegos técnicos y de obsolescencia del bien.
La opción de compra.
Como regla general se financia el
100 % de la inversión, hay que pensar que el banco tiene la garantía
de la propiedad del bien hasta que el arrendatario, no ejercita la opción
de compra. En la hipoteca no siempre es así, el porcentaje de financiación
es menor.
La opción de compra es un
elemento esencial. La cuota de la opción a compra debe ser como
mínimo por el importe de las cuotas anteriormente pagadas.
Irrevocabilidad.
El contrato es irrevocable, salvo
acuerdo de las partes.
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