28 de abril
de 2014
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EL RÉGIMEN URBANÍSTICO
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1. Decreto Legislativo 1/2010, de
18 de mayo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Ordenación
del Territorio y de la Actividad Urbanística
Las innovaciones producidas en la
normativa de ordenación territorial y urbanística de nuestra
Región, encabezadas por el Texto Refundido de la Ley de Ordenación
del Territorio y de la Actividad Urbanística, aprobado por Decreto
Legislativo 1/2010, de 18 de mayo, han hecho conveniente emprender la adecuación
de la regulación del régimen y funcionamiento de los principales
actores en la materia desde el punto de vista de la actuación pública,
como son, entre otros, los órganos de la Junta de Comunidades de
Castilla-La Mancha.
Estos órganos, regulados
hasta ahora en el Decreto 35/2008, de 11 de marzo, por el que se regulan
los órganos en materia de ordenación territorial y urbanística
de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, suponen un importante
instrumento para alcanzar la consecución de los valores y fines
que han de perseguir, en el marco del interés público, todas
las Administraciones Públicas y, en particular, la de la Comunidad
Autónoma de Castilla-La Mancha.
En concreto, el desarrollo de su
labor ha estado presidido por el principio de transparencia que es debido
a toda actuación en materia de ordenación territorial y urbanística.
De igual modo, la coordinación y cooperación de estos órganos
con todos y cada uno de los Municipios de nuestra Región ha sido
el otro pilar sobre el que se ha desenvuelto toda su actividad. De este
modo, la creación de las Comisiones de Concertación Interadministrativa,
a través del Decreto 83/2009, de 23 de junio, por el que se establecen
medidas de agilización y de apoyo a los Municipios en la concertación
interadministrativa de instrumentos de ordenación territorial y
urbanística, ha supuesto la configuración de un nuevo instrumento
de gran utilidad para coordinar a todas las Administraciones implicadas
en la materia a fin de lograr una más ágil y eficaz articulación
de sus actividades, labor esta en la que incide y profundiza el presente
Decreto.
En este sentido, el presente Decreto
realiza una sistematización de la normativa reguladora de dichos
órganos, a la par que incorpora innovaciones para mejorar su labor
diaria. Dichas mejoras se traducen en cuestiones relativas a sus competencias,
régimen de funcionamiento y composición, así como
al nombramiento y cualificación de sus vocales, de modo que el carácter
plural y especializado de éstos sea el primer fundamento para asegurar
la consecución de los fines que les han sido encomendados.
En particular, es de resaltar la
incorporación a la composición de dichos órganos de
nuevos representantes en aras a promocionar la fundamental coordinación
entre las distintas políticas con incidencia en la ordenación
territorial y urbanística, concretamente, las relativas a la prevención
de riesgos naturales y a las cuestiones de naturaleza hídrica.
Todas estas medidas tienen como
fin la mayor efectividad en la actuación de la Junta de Comunidades
de Castilla-La Mancha del principio de transparencia, en el convencimiento
de que sólo podrá lograrse el buen éxito de las políticas
públicas en materia de ordenación territorial y urbanística
cuando su desarrollo tenga a dicho principio como línea permanente
de actuación.
En este sentido, se desarrollan
en el presente Decreto medidas novedosas que, bajo los criterios asentados
ya en nuestra Comunidad Autonómica por el Texto Refundido de la
Ley de Ordenación del Territorio y de la Actividad Urbanística
y su normativa reglamentaria, vienen a propiciar una mayor cercanía
por parte de la ciudadanía a los distintos instrumentos urbanísticos.
A tal fin, y en el marco de la sociedad de la información, y en
línea con otra serie de actuaciones como son las relativas a los
Planes de Ordenación del Territorio, el presente Decreto viene a
configurar un sistema público general e integrado de información
sobre los instrumentos de ordenación territorial y urbanística
vigentes en Castilla-La Mancha que estará coordinado con el resto
de sistemas de información, y que aprovecha un momento en que el
que gran número de Municipios de nuestra Región, gracias
al decidido apoyo de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, están
inmersos en un proceso de dotación o revisión de sus respectivos
planeamientos generales.
Finalmente, se incluyen en este
Decreto, y en aras a la sistemática normativa que el mismo procura,
las previsiones que en cuanto a la publicidad de los actos y acuerdos de
los órganos en materia de ordenación territorial y urbanística
recogió de manera pionera el Decreto 124/2006, de 19 de diciembre,
de Transparencia Urbanística, y que hoy, no sólo se mantienen
sino que gozan de un notable impulso a través de las medidas recogidas
en el Texto Refundido de la Ley de Ordenación del Territorio y de
la Actividad Urbanística, y se potencian por medio de nuevos instrumentos
como es el informe de seguimiento de la actividad de ejecución urbanística.
• Ley 1/2013, de 21 de marzo, de
medidas para la dinamización y flexibilización de la actividad
comercial y urbanística en Castilla-La Mancha. Modificación
del Decreto Legislativo 1/2010, de 18 de mayo, por el que se aprueba el
Texto Refundido de la Ley de Ordenación del Territorio y de la Actividad
Urbanística
Ley 1/2013, de 21 de marzo, de medidas
para la dinamización y flexibilización de la actividad comercial
y urbanística en Castilla-La Mancha.
2. Decreto 34/2011, de 26 de abril
de 2011, por el que se aprueba el Reglamento de Disciplina Urbanística
del Texto Refundido de la Ley de Ordenación del Territorio y de
la Actividad Urbanística.
3. Decreto 29/2011, de 19 de abril
de 2011, por el que se aprueba el Reglamento de la Actividad de Ejecución
del Texto Refundido de la Ley de Ordenación del Territorio y de
la Actividad Urbanística.
4. Decreto 235/2010, de 30/11/2010,
de regulación de competencias y de fomento de la transparencia en
la actividad urbanística de la Junta de Comunidades de Castilla-La
Mancha.
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