12 de marzo
de 2014
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BALEARES YA TIENE SU LEY DEL
SUELO. LA LEY DE ORDENACIÓN Y USO DEL SUELO
Convertir conocimiento en
valor añadido:
Sólo quedaba Baleares y ya tiene su Ley del Suelo después
de muchos años intentándolo con diferentes proyectos. La
parlamentaria del PP Virtudes Marí ha resaltado la "importancia"
de esta normativa, porque es la primera Ley del Suelo de Baleares, que
era "la única Comunidad Autónoma que no tenía una
Ley del suelo propia". La Ley de Ordenación y Uso del Suelo. La
Ley de Ordenación y Uso del Suelo establece un régimen jurídico
para la regulación del suelo, los planes de urbanizaciones y las
actuaciones en zonas urbanas, las obras de edificación y para el
régimen sancionador. Se sustituye a una normativa dispersa e incorpora
la Ley estatal 8/2013 de rehabilitación, regeneración y renovación
urbanas, y la Ley de 2/2012 de medidas urgentes para el desarrollo urbanístico
sostenible. También se regula por primera vez por ley la inspección
técnica de edificios (ITE), fijándose un régimen básico
a desarrollar por los ayuntamientos, así como un régimen
sancionador para los que incumplan la obligación de pasar la ITE.
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Así, ha señalado que
"lo más importante es que es una ley que fomenta rehabilitación,
la reforma y la reconversión, en vez del crecimiento y el desarrollo
de nuevas urbanizaciones", lo que supone, según ha dicho, un "cambio
de modelo" que proporciona herramientas para velar por "la legalidad y
la transparencia" a los ayuntamientos, Consells y particulares.
También, ha señalado
que la nueva norma "incrementa la disciplina urbanística dando potestad
a los Consells para la paralización inmediata cuando se detecten
infracciones" y hace que el urbanismo "deje de ser algo oscuro" ya que
"cualquier persona con un ordenador puede saber cómo está
su municipio o su isla". Además, ha añadido, esta Ley
"afronta qué hacemos con infracciones urbanísticas prescritas".
Sobre este asunto, Marí ha
resaltado que el PP ha puesto "solución" a las infracciones urbanísticas
prescritas,
así como a las realizadas en asentimientos de suelo rural y ha lamentado
que en este ámbito desde los grupos de la oposición "sólo
han presentado enmiendas de supresión y no propuestas alternativas.
El conseller de Agricultura, Medio
Ambiente y Territorio, Biel Company, ha destacado durante su exposición
de la ley en el pleno que la misma surge de "un texto muy consensuado"
con la sociedad civil y ha considerado que la aceptación del 40
% de las 453 enmiendas presentadas por los grupos parlamentarios y diputados
no adscritos supone haber llegado a un amplio consenso en la normativa.
Company ha admitido que, no obstante, no se ha podido llegar a un acuerdo
en un tema básico y que tiene que ver con las distintas "formas
de ver las cosas". Se ha referido a que la normativa legaliza infracciones
urbanísticas prescritas en suelo rústico y asentamientos
en medio rural.
Para el conseller no regularizar
estas edificaciones que no se pueden derribar porque el posible delito
ha prescrito "sería mirar hacia otro lado" como se ha hecho hasta
ahora. "Nos guste o no existen estas edificaciones (...) ¿Qué
sentido tiene mantener una situación al margen de la realidad?",
ha insistido el conseller. Company ha señalado que la normativa,
de 193 artículos, aportará un nuevo margen urbanístico
y otorga a ayuntamiento y consells nuevas herramientas para implantar sus
políticas, con la intención de que los planes generales municipales
"no sean papel mojado". La ley prevé una regulación urbanística
sostenible con la intención de hacer "un urbanismo riguroso que
responda a las demandas ciudadanas", por lo que el conseller, ha destacado
la transparencia que impulsa la normativa a través de una mayor
participación. La simplificación administrativa y el incremento
de las sanciones, así como la rapidez para imponerlas si se detectan
irregularidades en suelo rústico, son otras de las características
de la ley, ha especificado Company, que ha enfatizado que se trata de la
primera Ley del Suelo de Baleares.
La Ley de Ordenación y Uso
del Suelo establece un régimen jurídico para la regulación
del suelo, los planes de urbanizaciones y las actuaciones en zonas urbanas,
las obras de edificación y para el régimen sancionador. Se
reemplaza una normativa dispersa e incorpora la Ley estatal 8/2013 de rehabilitación,
regeneración y renovación urbanas, y la Ley de 2/2012 de
medidas urgentes para el desarrollo urbanístico sostenible.
Los valores fundamentales de esta
nueva Ley son la simplificación y racionalización del ordenamiento
urbanístico y la agilización de los trámites para
algunos proyectos. Ya que Ley de Disciplina Urbanística salva
de la orden de derribo las construcciones levantadas en suelo rústico
a los 8 años, la ley tendrá como objetivo facilitar la legalización
de determinadas actuaciones, en las que también se encuentran aquellas
obras levantadas en áreas naturales de especial interés (ANEI)
antes de que se aprobara la Ley de Espacios Naturales en 1991, y ser más
contundente con las actuaciones ilegales. Solo en Mallorca y según
datos del plan Territorial de la isla, cerca de 30.000 viviendas podrían
estar fuera de ordenación.
Son viviendas e instalaciones agrícolas
que tendrán un plazo de 3 años para regularizar su situación
siguiendo una serie de trámites de obligado cumplimiento por parte
del propietario. Deberá realizar obras de mejora para la obtención
de la cédula de habitabilidad pagando las tasas y licencias municipales
y además una sanción del 15% del valor de la vivienda o instalación
si lo tramita el primer año, 20% el segundo y 25% el tercero.
Con respecto a construcción
y edificación, el texto recoge la agilización de la tramitación
de licencias de obra previendo que los ayuntamientos puedan sustituir la
licencia urbanística por una comunicación previa para las
obras menores. Quedan fuera de esta responsabilidad los casos como obras
en suelo rústico protegido o nuevas edificaciones. Se introduce
la licencia exprés para obras menores que solo necesitaran una sencilla
comunicación o declaración jurada previa al Consistorio para
comenzar los trabajos.
También se regula por primera
vez por ley la inspección técnica de edificios (ITE), fijándose
un régimen básico a desarrollar por los ayuntamientos, así
como un régimen sancionador para los que incumplan la obligación
de pasar la ITE.
Se endurece el régimen sancionador
con multas del 40% al 80% del valor de la parcelación irregular
y de entre 150% a 230% del valor de las edificaciones ilegales en suelo
rústico.
También se amplían
las responsabilidades de las infracciones a aquellos que hayan intervenido
en la obra ya sea promotor, arquitecto, aparejador, funcionarios, etc.
Se produce un cambio de competencias
a los Consells para parar inmediatamente las obras ilegales en suelo rústico
y los municipios de más de 10.000 habitantes, entre los que se encuentra
Palma, Calvià, Inca, Manacor, Llucmajor, Marratxí, Alcúdia
o Sóller, podrán aprobar definitivamente planes especiales
y parciales así como modificaciones no estructurales de los planes
generales con una consulta e informe no vinculante del Consell.
TEXTO INICIAL DEL PROYECTO, POSTERIORMENTE
REFORMADO.
http://xip.parlamentib.es/scripts/getFile.ashx?nomCat=RGE&idReg=40944&camp=high
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