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INGENIERÍA DE LA EDIFICACIÓN.
CERTIFICACIÓN ENERGÉTICA. CERTIFICACIÓN DE EFICIENCIA
ENERGÉTICA DE LOS EDIFICIOS. Convertir conocimiento en valor
añadido: certificación
de eficiencia energética de los edificios. REAL DECRETO por el que
se aprueba el procedimiento básico para la certificación
de eficiencia energética de los edificios. REAL DECRETO por el que
se modifican determinados artículos e instrucciones técnicas
del Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios, aprobado
por Real Decreto 1027/2007, de 20 de julio.
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Ingeniería
de la edificación.Pdf/E-Book
de Ingeniería
de la edificación.
NOTICIA
REAL DECRETO por el que se aprueba
el procedimiento básico para la certificación de eficiencia
energética de los edificios.
REAL DECRETO por el que se modifican
determinados artículos e instrucciones técnicas del Reglamento
de Instalaciones Térmicas en los Edificios, aprobado por Real Decreto
1027/2007, de 20 de julio.
PROYECTO DE LEY DE REHABILITACIÓN,
REGENERACIÓN Y RENOVACIÓN URBANAS
La nueva Ley establece mecanismos
que permitirán poner en práctica desde las operaciones más
sencillas, que afectan a la rehabilitación de un edificio, a las
más completas, que van desde la regeneración de tejidos urbanos
ya existentes a la reurbanización de zonas más amplias dentro
de las ciudades.
Estas operaciones contribuirán
al fomento de la calidad, la sostenibilidad y la competitividad, tanto
en la edificación como en el suelo, y acercarán nuestro marco
normativo al marco europeo, sobre todo en relación con los objetivos
de eficiencia y ahorro energéticos.
El modelo surgido en los últimos
años, volcado fundamentalmente en la construcción de nuevas
viviendas, ha descompensado el necesario equilibrio que debería
existir entre las actuaciones de construcción y aquellas otras orientadas
a la conservación en adecuadas condiciones del parque ya edificado.
A ello hay que unir la gran distancia
que separa el parque edificado en España de las exigencias europeas
relativas a la eficiencia energética de los edificios y, a través
de ellos, de las ciudades. Cerca del 60 por 100 de las viviendas españolas
se construyeron sin ninguna normativa mínima de eficiencia energética
(la primera es de 1979), lo que sitúa a España en una posición
difícil de cara al cumplimiento de los compromisos con Europa (Estrategia
Europea 2020). Además, de los 10,7 millones de viviendas en edificios
de cuatro o más plantas, cuatro millones aún no tienen ascensor
y un porcentaje muy elevado de viviendas se encuentra en deficiente situación
de conservación.
Novedades de la L ey
Entre las novedades más relevantes
que forman parte del nuevo texto legal están las siguientes:
La configuración del deber
de conservación como uno de los deberes fundamentales relacionados
con el medio urbano, y, por tanto, su regulación con carácter
uniforme, en el marco de las condiciones básicas de igualdad que
al Estado compete establecer.
La regulación básica
de un Informe de Evaluación de los Edificios, que trata de superar
las insuficiencias de la Inspección Técnica de Edificios,
demandada por el Estado a partir del Real Decreto Ley 8/2011.
Este informe, además de evaluar
el estado de conservación de los edificios, aportará información
acerca del grado de cumplimiento de la normativa vigente en materia de
accesibilidad, e incluirá la Certificación de la Eficiencia
Energética. Esta última, con un mero carácter informativo,
y con independencia de que alguna de las viviendas del edificio vaya a
ser puesta en venta o en alquiler.
El informe sólo se exigirá
a los edificios de tipología residencial de vivienda colectiva que
tengan más de cincuenta años y siempre que no hayan pasado
ya la Inspección Técnica de Edificios de conformidad con
su propia regulación.
Se amplían las facultades
reconocidas a las comunidades de vecinos, agrupaciones de propietarios
y cooperativas para actuar en el mercado inmobiliario con plena capacidad
jurídica para todas las operaciones, incluidas las crediticias,
relacionadas con las operaciones de rehabilitación.
Se establecen mecanismos que permitirán
obtener financiación externa para que la rehabilitación sea
más accesible. De manera especial, se introduce la figura de "la
memoria de viabilidad económica" que acompañará a
cada actuación y que podría justificar la aplicación
de reglas excepcionales para vincular incrementos de edificabilidad o densidad,
así como cambios a las distintas operaciones de rehabilitación,
regeneración y/o renovación urbanas.
Se modifican determinados regímenes
de unanimidad o mayorías establecidos por la Ley de Propiedad Horizontal.
Así, cuando existan determinadas obras que son demandadas por las
Administraciones Públicas, aunque afecten al título constitutivo
o a los estatutos, serán obligatorias, como ya ocurre con algunas
de ellas en la vigente regulación de la propiedad horizontal.
NUEVO PLAN ESTATAL DE VIVIENDA 2013-1016
El Plan, que complementa a las dos
leyes citadas, tiene por objeto buscar la máxima rentabilidad con
los recursos disponibles, a través de la concesión de ayudas
al mayor número posible de ciudadanos y facilitar una vivienda digna
a los colectivos más desfavorecidos. Así, las personas afectadas
en los procedimientos de desahucios tendrán preferencia en el acceso
al programa de ayuda al alquiler.
El Plan pretende, además,
dinamizar la economía y fomentar la generación de empleo.
La puesta en marcha del nuevo Plan se estima que supondrá en cuatro
años la creación de 105.000 puestos de trabajo.
El presupuesto del Plan para todo
el periodo de vigencia es de 2.421 millones de euros, que se reparten entre
los siete programas que lo conforman, los cien millones de euros de la
LÍNEA IDEA y los diez millones del Proyecto Clima.
El Plan mantiene la subsidiación
de préstamos convenidos para evitar debilitar la capacidad de los
deudores hipotecarios con menos recursos.
Los siete programas son: subsidiación
de préstamos convenidos, ayudas al alquiler, fomento del parque
público de viviendas, fomento a la rehabilitación, fomento
de la regeneración urbana, apoyo a la implantación del Informe
de Evaluación de los Edificios y fomento de ciudades sostenibles.
Nueva gestión de las ayudas
al alquiler
Con el objetivo de un mejor aprovechamiento
de los recursos, la concesión de las ayudas al alquiler se hará
de forma más equitativa teniendo en cuenta la renta de la unidad
de convivencia en una vivienda.
Los beneficiarios de las ayudas
al alquiler serán las personas físicas mayores de edad con
un límite de ingresos inferior a tres veces el IPREM, modulable
según el número de miembros y composición de la unidad
de convivencia, lo que asegura que accedan a la ayuda las familias más
necesitadas.
Ayudas a la rehabilitación
y regeneración
El plan contempla también
ayudas a la rehabilitación edificatoria en edificios e instalaciones
para mejorar su estado de conservación, garantizar la accesibilidad
y mejorar la eficiencia energética.
Los inmuebles deberán tener
una antigüedad anterior a 1981, al menos el 70 por 100 de su superficie
debe tener uso residencial de vivienda y constituir el domicilio habitual
de sus propietarios o arrendatarios.
Podrán solicitar estas ayudas
comunidades de propietarios, agrupaciones de comunidades o propietarios
únicos de edificios de viviendas.
Se concederán ayudas de hasta
cuatro mil euros por vivienda para conservación, dos mil euros por
vivienda para mejora de la eficiencia energética (cinco mil euros
si se reduce en un 50 por 100 la demanda energética del edificio)
y cuatro mil euros por vivienda para mejora de accesibilidad.
En el caso de la regeneración
urbana, se financiará la realización conjunta de obras de
rehabilitación en edificios y viviendas, de urbanización
o reurbanización del espacio público o de edificación
en sustitución de edificios demolidos.
Los beneficiarios serán quienes
asuman la responsabilidad de la ejecución integral del ámbito
de actuación con ayudas de hasta once mil euros por vivienda rehabilitada,
treinta mil euros por vivienda construida en sustitución de otra
demolida y dos mil euros por vivienda para la obra de urbanización.
Informe de Evaluación de
Edificios
Asimismo, el plan incluye ayudas
a la implantación del Informe de Evaluación de Edificios,
con una subvención máxima del 50 por 100 del coste del mismo.
Por último, se establecen
ayudas para el fomento de ciudades sostenibles y competitivas, a través
de la mejora de barrios, centros y cascos históricos, sustitución
de infraviviendas y zonas turísticas.
Medidas adicionales
Línea ICO para la rehabilitación
de viviendas y edificios 2013: para atender las necesidades de financiación
de particulares y comunidades de propietarios para acometer proyectos de
rehabilitación o reforma de viviendas y edificios. En este caso
la dotación será de mil millones de euros.
LÍNEA IDEA. Programa de ayudas
a proyectos integrales de ahorro y eficiencia energética en edificios
de viviendas: para incentivar la realización de actuaciones integrales
de ahorro y mejora de la eficiencia energética, así como
la utilización de energías renovables (renovación
de ventanas, fachadas, calderas, equipos de aire acondicionado, etcétera).
La dotación será de cien millones de euros para ayudas públicas
directas y préstamos reembolsables.
Proyecto Clima: Compra de créditos
por reducciones verificadas de CO2 en el sector de la vivienda hasta los
cuatro primeros años de funcionamiento del proyecto, por parte del
Fondo de Carbono para una Economía Sostenible (diez millones de
euros en 2013).
PROGRAMA DE REHABILITACIÓN
ENERGÉTICA DE VIVIENDAS DEL IDAE
Para apoyar este nuevo marco legislativo,
con el fin de mejorar el estado de conservación de los edificios
de viviendas, su seguridad, habitabilidad, salubridad y accesibilidad,
el Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto por el cual el Ministerio
de Industria, Energía y Turismo, a través del Instituto para
la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE), pondrá
en marcha próximamente un programa específico de ayudas y
financiación para facilitar la ejecución de medidas de mejora
de la eficiencia energética y la utilización de las energías
renovables.
Con una dotación de cien
millones de euros, este programa busca promover la realización de
medidas de ahorro y eficiencia sobre la envolvente y las instalaciones
térmicas de los edificios existentes de uso residencial, y la incorporación
de energías renovables (biomasa y geotermia, principalmente).
Podrán ser beneficiarios
de las ayudas o de la financiación de este programa las comunidades
de propietarios de edificios residenciales de uso vivienda, las comunidades
de bienes de los propietarios de edificios de viviendas no divididas horizontalmente
y las personas físicas propietarias de un edificio de viviendas
unifamiliar.
Se considerarán actuaciones
susceptibles de ayuda las actuaciones integrales en edificios de viviendas
siempre que comprendan una o varias de las siguientes medidas que mejoren
la calificación energética del edificio o viviendas afectadas.
Mejora de la eficiencia energética
de la envolvente térmica de los edificios de viviendas existentes
Mejora de la eficiencia energética
de las instalaciones térmicas de los edificios de viviendas existentes
Sustitución de energía
convencional por biomasa en las instalaciones de calefacción, climatización
y agua caliente sanitaria de los edificios de viviendas existentes
Sustitución de energía
convencional por energía geotérmica en las instalaciones
de calefacción, refrigeración y producción de agua
caliente sanitaria de los edificios de viviendas existentes.
La dotación económica
del plan se repartirá equitativamente entre las cuatro tipologías
de actuaciones anteriores.
CERTIFICADO ENERGÉTICO PARA
ALQUILAR O COMPRAR
Dentro de esta política de
apoyo a la vivienda y rehabilitación, y dando cumplimiento a la
normativa comunitaria, el Consejo de Ministros ha aprobado, además,
el Real Decreto para trasponer a la normativa española el procedimiento
básico para la certificación de eficiencia energética
de los edificios.
La norma establece que a partir
de 1 de junio de 2013 será obligatorio poner a disposición
de los compradores o arrendadores de edificios o de parte de los mismos,
para alquileres con una duración superior a cuatro meses, un certificado
de eficiencia energética. Este certificado, además de la
calificación energética del edificio, deberá incluir
información objetiva sobre las características energéticas
de los edificios, y, en el caso de edificios existentes, documento de recomendaciones
para la mejora de los niveles óptimos o rentables de la eficiencia
energética del edificio o de una parte de este, de forma que se
pueda valorar y comparar la eficiencia energética de los edificios,
con el fin de favorecer la promoción de edificios de alta eficiencia
energética y las inversiones en ahorro de energía.
Programas informáticos del
IDAE
Como herramienta para facilitar
la obtención de dichos certificados, por mandato del Ministerio
de Industria, Energía y Turismo y del Ministerio de Fomento, el
IDAE ha elaborado los programas informáticos CE3 y CE3X, ambos publicados
como Documentos Reconocidos a disposición de los técnicos
certificadores.
Además, el IDAE se ha encargado
de llevar a cabo un plan de formación para formar a los técnicos
responsables de certificar energéticamente los edificios y de aquellos
otros encargados de su control e inspección sobre las herramientas
reconocidas CE3 y CE3X. Finalmente, IDAE se encargará de informar
a los vendedores, compradores y usuarios de viviendas y edificios en general
sobre las nuevas obligaciones a las que tienen que hacer frente.
Obligaciones para las Administraciones
Públicas
Igualmente, y como actuación
ejemplarizante de las Administraciones Públicas, el Real Decreto
obliga a que todos los edificios o partes de los mismos, en los que una
autoridad pública ocupe una superficie útil total superior
a 500 m2 inicialmente que sean frecuentados habitualmente por el público,
dispongan del certificado de eficiencia energética y exhiban su
etiqueta de eficiencia energética.
Así, el complejo Cuzco que
alberga a los Ministerios de Industria, Energía y Turismo, Economía
y Competitividad y parte de Hacienda y Administraciones Públicas,
ya ha sido calificado mediante el programa informático de referencia
obteniendo la calificación energética C.
El Consejo de Ministros ha aprobado
finalmente el Real Decreto que, siguiendo las exigencias de Bruselas, así
lo regula y podría afectar a un millón y medio de viviendas.
La etiqueta deberá aparecer
en todos los anuncios, ofertas, promociones y publicidad dirigida a la
venta o alquiler de cualquier inmueble. Lo clasificará con un código
de color y una letra –del verde al rojo y de la A a la G-, según
su consumo energético (como muestra la imagen superior). Siendo
la A la calificación más alta calificación (mayor
ahorro) y la G, la más baja (mayor gasto).
Un ahorro energético de hasta
el 70%
Aunque no será obligatorio
tener una calificación mínima para poder vender o alquiler
el inmueble, lo cierto es este certificado jugará un papel muy importante
en la decisión del potencial comprador o inquilino de la vivienda.
No en vano, el ahorro energético entre dos viviendas de las mismas
dimensiones, entre una calificación A y una calificación
G, puede ser del 70%, según estimaciones de Certicalia. Esto se
traduce en que el propietario o inquilino de una vivienda con calificación
A pagará en energía un 70% menos que el propietario de una
vivienda de calificación G para conseguir los niveles de confortabilidad
normales.
"Era absolutamente necesario. El
ahorro energético y económico va a ser muy elevado", explica
Pilar Pereda, secretaria general del Colegio de Arquitectos de Madrid (COAM).
Entre los condicionantes que
determinarán la calificación de una vivienda se encuentran
los materiales de la fachada y su orientación, la envolvente de
la vivienda (techo, paredes y suelo), la calidad de las ventanas y persianas,
el tipo de calefacción y su combustible, y la clase de electrodomésticos
que contenga.
Además del estudio para obtener
el certificado, cada vivienda analizada recibirá una serie de recomendaciones
de mejora que permitirán aumentar al menos un nivel en la escala
de eficiencia energética si la calificación es B o C, o dos
cuando la vivienda originalmente cuenta con una calificación D,
E, F o G. Pero los expertos insisten en que no es necesario obtener una
calificación mínima para poder vender o alquilar una vivienda,
como tampoco será obligatorio acometer reformas para mejorar dicha
calificación.
"El arquitecto o ingeniero sugerirá
medidas de mejora y el propietario es quien decidirá si las acomete
o no. Desgraciadamente no estará obligado a implantarlas", apunta
Pilar Pereda.
Los elementos habituales que se
podrían reformar para mejorar la calificación serían
la caldera, las ventanas, la iluminación o el aislamiento. “Son
mejoras sencillas de realizar cuyo coste podría rondar los
5.000 euros para subir dos niveles”, calculan en Certicalia.com.
La gran incógnita sigue siendo
el coste de estos certificados, aunque podemos hacernos una idea respecto
a los precios que se manejan en algunos países europeos. En Italia
ronda los 250 euros y en Alemania, los 500 euros para un piso medio de
100 metros cuadrados.
Tendrán una validez de diez
años, el coste correrá a cargo el propietario del inmueble
–vendedor o arrendatario- y será su responsabilidad renovarlo.
Dichos certificados solamente podrán
emitirlo titulados superiores como arquitectos, arquitectos técnicos,
ingenieros e ingenieros técnicos, un sector especialmente denostado
por la crisis. En algunos portales como Certicalia.com, los usuarios pueden
solicitar presupuesto a más de un millar de profesionales.
Viviendas, oficinas, edificios públicos...
La medida no afecta solamente a
las viviendas o edificios de viviendas. También a oficinas, locales
comerciales y a todos los edificios públicos o privados que presten
servicios públicos a un número importante de personas y que,
por consiguiente, sean frecuentados habitualmente por ellas, con una superficie
útil total superior a 1.000 metros cuadrados. Deberán exhibir
obligatoriamente, en un lugar destacado y visible por el público,
la etiqueta de eficiencia energética, cuando les sea exigible su
obtención.
Quedan excluidos los edificios y
monumentos protegidos, los utilizados como lugares de culto o los edificios
de viviendas que sean objeto de un contrato de arrendamiento durante menos
de cuatro meses al año, entre otros.
DECLARACIONES
Según Pastor, el Ejecutivo
se ha inspirado fuera de España. "No es que el ministerio tenga
ideas muy brillantes", ha afirmado la ministra, "hemos copiado lo que se
ha hecho en otros países". La intención es "un cambio de
modelo". Y para eso el plan de 2.310 millones de euros, aprobado
hoy por el Consejo, pretende ampliar el número de beneficiarios
de ayudas al alquiler, de 80.000 a 133.000 personas. Para ello ha indicado
que cambiará el criterio para acceder a esas ayudas. En lugar de
la renta personal, contarán los ingresos de la "unidad de convivencia",
que no podrán superar el triple del IPREM, el índice de referencia
en España para la asignación de subsidios. También
limita el alquiler máximo para recibir estas ayudas a 600 euros
al mes.
El plan también prevé
ayudas públicas a la construcción de un parque público
de viviendas en alquiler. La ministra ha indicado que, a pesar del "amplio
parque" de residencias vacías, "hay regiones en España donde
todavía falta vivienda".
El peso del proyecto, reside en
las ayudas a la rehabilitación del avejentado parque residencial
español. Según los datos facilitados por Pastor, en España
hay dos millones de viviendas en mal estado. Para eso, el Ejecutivo prevé
ayudas para los edificios de primera residencia construidos hasta 1981
y cuya superficie esté destinada en un más del 70% al uso
residencial.
Además, cuatro de los 10,7
millones de edificios residenciales de cuatro o más plantas no es
accesible para personas con movilidad reducida. El Ejecutivo también
ha hecho énfasis en la necesidad de mejorar la eficiencia energética
de los edificios residenciales, que consumen el 17% de la energía
producida en España. Para ello, el Gobierno prepara ayudas que sirvan
para mejorar las estadísticas de eficiencia de los edificios españoles.
Solo un 40% de las residencias españolas han adoptado medidas para
mejorar la eficiencia.