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1 de marzo de 2010
 
NOTICIA ADAPTADA AL SISTEMA EDUCATIVO inmoley.com DE FORMACIÓN CONTINUA PARA PROFESIONALES INMOBILIARIOS. ©

LA REHABILITACIÓN ESTRUCTURAL DE 2.000 EDIFICIOS PÚBLICOS.
Valor añadido: La rehabilitación estructural de edificios públicos. Guía práctica inmoley.com relacionada: rehabilitación edificatoria y urbanística. IVA reducido (8% a partir de 1 de julio) para toda la rehabilitación edificatoria (ahora solo en albañilería). Rehabilitación estructural > la totalidad del edificio IVA reducido. El resto lo mismo que la ley de economía sostenible con una oferta de rehabilitar 2.000 edificios públicos (1000 de la AGE y 1000 de Comunidades Autónomas y de los ayuntamientos, a pesar de que la mayoría están en quiebra técnica).

ACUERDO POLÍTICO PARA LA RECUPERACIÓN DEL CRECIMIENTO ECONÓMICO Y LA CREACIÓN DE EMPLEO PROPUESTAS DEL GOBIERNO

Más de la mitad del parque inmobiliario tiene ya una antigüedad superior a los treinta años, las acciones apuestan por la rehabilitación de viviendas y edificios y se ven completadas por formas nuevas de financiación para la construcción de VPO.

Con todas ellas, el Gobierno, de acuerdo con los datos del sector, estima que se podrán crear más de 350.000 empleos en dos años con estas medidas de rehabilitación.

MEDIDAS

1. Reducción del IVA para todo tipo de obra de rehabilitación de vivienda: durante dos años, todas las obras de rehabilitación en las viviendas tendrán un tipo del IVA reducido (8% a partir de 1 de julio).
2. Deducción extraordinaria del IRPF por obras de mejora de la vivienda habitual: los contribuyentes de renta inferior a 33.007,2 euros podrán deducir en el IRPF el 10% de los costes de las obras de rehabilitación de viviendas realizadas hasta 31 de diciembre de 2012 que tengan por objeto la rehabilitación energética, las instalaciones de suministros o la accesibilidad para personas con movilidad reducida, con el límite de 12.000 euros por vivienda; a partir de dicho umbral de renta, el importe de la deducción irá decreciendo hasta su desaparición.
Facilitar la rehabilitación estructural e impulsar la eficiencia energética
3. Extender el concepto de rehabilitación estructural a efectos de aplicación del tipo de IVA reducido: se amplían las obras consideradas de rehabilitación estructural a efectos del IVA con el objeto de disminuir el coste de la renovación del parque de viviendas, en particular en el centro urbano de las ciudades.
4. PLAN 2000 ESE de obras de rehabilitación y eficiencia energética en las Administraciones Públicas: acuerdo del conjunto de las Administraciones públicas para identificar 2000 edificios públicos (1000 de la AGE y 1000 de CCAA y EELL) en los que contratar una empresa de servicios energéticos (ESE) con el objeto de ahorrar, como mínimo, un 20% de su consumo energético en el horizonte 2010-2012.

LEY DE ECONOMÍA SOSTENIBLE:

Se potencia la rehabilitación de viviendas individuales para las que se regula una financiación para la rehabilitación asimilable a la financiación para la adquisición de vivienda y se amplía el concepto de rehabilitación, de manera que un mayor número de obras se podrá beneficiar de un mejor tratamiento fiscal en el IVA y el IRPF.
Se impulsa la renovación y rehabilitación integral de edificios y de barrios.

Impulso a la rehabilitación 
Una de las principales novedades de la Ley de Economía Sostenible es la mejora de los incentivos fiscales a la rehabilitación. 
A partir de la entrada en vigor de la Ley, se ampliarán los casos en los que se puede aplicar el IVA reducido en las obras de rehabilitación de viviendas. Actualmente, únicamente se puede aplicar el IVA reducido a los trabajos de albañilería. Con esta ampliación se incluirían las reformas que tengan por objeto la eficiencia energética, el ahorro de agua o la accesibilidad de las viviendas para las personas con movilidad reducida. Esta medida conlleva que en la Ley de Economía Sostenible también se incluya la ampliación del concepto de rehabilitación en el IRPF para que se puedan incluir, tanto las rehabilitaciones estructurales de viviendas, como las rehabilitaciones funcionales para mejorar la eficiencia energética, el uso del agua y la accesibilidad de las viviendas. 
Además, también a partir de la entrada en vigor de la Ley se establece una nueva deducción en el IRPF del 10 por 100 para las obras relacionadas con la eficiencia energética, el uso del agua o la adaptación a personas con movilidad reducida que se realicen en las viviendas antes del 31 de diciembre de 2012. La base anual máxima de deducción será de tres mil euros y estará limitada en función de la base imponible del contribuyente, siguiendo los mismos tramos establecidos en la deducción por compra de vivienda habitual. Además, el límite máximo plurianual por vivienda será de diez mil euros. 

VENTAJAS

En materia fiscal, el proyecto de Ley de Economía Sostenible contempla una ampliación de la aplicación del IVA reducido (7%) en las obras de rehabilitación de viviendas que tengan por objeto la mejora de la eficiencia energética, el ahorro de agua o facilitar la accesibilidad. Hasta ahora sólo afectaba a los trabajos de albañilería.

Asimismo, se ha creado, y está en vigor desde el 1 de enero, una nueva deducción fiscal del 10% para las obras de este tipo que se realicen hasta finales de 2012. El coste anualmáximo sobre el que se aplica la deducción será de 3.000 euros por contribuyente y de 10.000 euros por casa. Los particulares podrán contar asimismo con la financiación del ICO, que pone a su disposición créditos a partir de una línea de mediación dotada con 8.700 millones de euros.

Además, pueden solicitar las ayudas renove para mejorar y adaptar sus casas recogidas en el Plan Estatal de Vivienda y Rehabilitación 2009-2012, que prevé un total de 400.000 subvenciones de este tipo para los próximos cuatro años. La tipología de obras protegidas abarca la mejora de la habitabilidad del inmueble, los trabajos destinados al ahorro de energía y la eliminación de barreras arquitectónicas. Los ingresos familiares de los beneficiarios no pueden exceder de 6,5 veces el indicador público de renta de efectos múltiples, 48.458 euros al año.

Las ayudas por vivienda cubren el 25% del presupuesto protegido, que es el coste total de las obras de rehabilitación, con un límite genérico de 2.500 euros. Para los mayores de 65 años o discapacitados el máximo se eleva a 3.400 euros, y para las reformas de casas destinadas al alquiler durante un mínimo de cinco años, la cuantía límite es de 6.500 euros.

Las subvenciones se calculan partiendo del presupuesto protegido, que tiene como límite máximo el resultado de multiplicar la superficie útil de la vivienda por el 70% del precio básico nacional, fijado en 758 euros por metro cuadrado. Por ejemplo, en una vivienda de 70 metros cuadrados, el presupuesto protegido ascendería a 53.060 euros, pero el límite a proteger sería el 70%, 37.142 euros.

La tramitación de estas ayudas las realizan las comunidades autónomas, y algunas de ellas tienen planes adicionales. En Extremadura los menores de 35 años pueden obtener un incremento adicional del 7% en las subvenciones. Madrid ha anunciado la segunda edición del Plan Renove de Acristalamiento de Ventanas, con ayudas de hasta 110 euros

IVA ACTUAL

Se aplicara el 7% siempre que según el art 91 liva: 

15.° Ejecuciones de obras de albañilería realizadas en edificios o partes de los mismos destinados a viviendas, cuando se cumplan los siguientes requisitos: 
a) Que el destinatario sea persona física, no actúe como empresario o profesional y utilice la vivienda a que se refieren las obras para su uso particular. 
No obstante lo dispuesto en el párrafo anterior, también se comprenderán en este número las citadas ejecuciones de obras cuando su destinatario sea una comunidad de propietarios. 
b) Que la construcción o rehabilitación de la vivienda a que se refieren las obras haya concluido al menos dos años antes del inicio de éstas últimas. 
c) Que la persona que realice las obras no aporte materiales para su ejecución o, en el caso de que los aporte, su coste no exceda del 20 por 100 de la base imponible de la operación. (Número añadido por Ley 54/1999, de 29 de diciembre). 

En caso contrario siempre que no sea una rehabilitación se aplicara el 16%
 
 
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