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22 de diciembre de 2009
 
NOTICIA ADAPTADA AL SISTEMA EDUCATIVO inmoley.com DE FORMACIÓN CONTINUA PARA PROFESIONALES INMOBILIARIOS. ©

CENTROS COMERCIALES, CATALUÑA. LEY DE COMERCIO INTERIOR DE CATALUÑA
Valor añadido: centros comerciales, Cataluña. Ley de comercio interior de Cataluña. Guía práctica inmoley.com relacionada: centros comerciales. Los ayuntamientos darán las licencias a los comercios de hasta 1.300 m² y los comercios de mayor tamaño requerirán la licencia de la Generalitat.  No se autorizarán superficies comerciales en polígonos industriales. El Govern ha aprobado el decreto que modifica la ley del Comercio y que, en la práctica, da a los ayuntamientos la potestad de autorizar los establecimientos comerciales de hasta 1.300 m2 (m²), según ha explicado el vicepresidente de la Generalitat, Josep Lluís Carod-Rovira. Los centros de mayor tamaño requerirán del visto bueno de la Generalitat, cuyo vicepresidente ha opinado, en rueda de prensa en Cervera, donde se ha reunido el Consell de Govern, que este decreto "preserva la singularidad del modelo comercial catalán". Otra de las novedades del decreto ley, que entrará en vigor antes de final de año y será ratificado por el Parlament a finales de enero, es que sólo se autorizarán superficies comerciales en la trama urbana de los municipios, y no en polígonos industriales. No se podrán implantar grandes superficies "en lugares desiertos", pero ello tampoco quiere decir que se permitan justo "en el medio de la trama urbana", ha comentado Carod, que ha opinado que el modelo de grandes centros comerciales en polígonos está "superado". El decreto ley prevé acabar con la proliferación de concentraciones comerciales en la periferia de las ciudades y polígonos industriales. Para ello, la Generalitat ha creado el concepto de Tramas Urbanas Consolidadas (TUC), es decir, las áreas comprendidas en suelo urbano o urbanizable, de acuerdo con el planeamiento urbanístico vigente, en las que se podrán implantar usos comerciales. El objetivo es que los nuevos centros comerciales, independientemente de su superficie, se instalen dentro de la ciudad, favoreciendo así la cohesión social, la movilidad sostenible y la pluralidad de formatos comerciales. Así, el decreto ley contempla que los ayuntamientos sean los encargados de realizar el control administrativo de los nuevos comercios que quieran instalarse en el municipio, siempre que no superen los 1.300 m2. Por su parte, la Generalitat será la encargada de conceder licencias a los establecimientos de más de 1.300 m2 para asegurar que se inscriben en TUC. Además, estos equipamientos deberán presentar un documento que contenga una "declaración responsable" de su actividad, garantizando que cumplen con todos los requisitos de movilidad, urbanismo y medio ambiente exigidos. En implantaciones más grandes, de 2.500 metros en adelante, se necesitará autorización previa porque tienen un efecto sobre la movilidad o la densidad del tráfico, por ejemplo, que requiere un estudio. La futura Ley de Comercio de Cataluña presenta un cambio de criterios con respecto a la actual, puesto que clasifica a los establecimientos comerciales en función de la superficie y no de la variable de población. La nueva normativa no afectará a los centros comerciales ya existentes en la periferia, si bien éstos no podrán realizar ampliaciones en un futuro.
 
 
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