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8 de julio de 2009

inmoley.com noticias inmobiliarias (inmobiliario, urbanismo, construcción, edificación, financiación inmobiliaria, obra pública, vivienda, centros comerciales, arrendamientos) ©

EDIFICACIÓN, ANDALUCÍA, ASCENSORES EN EDIFICIOS DE DOS PLANTAS
Valor añadido: Edificación, Andalucía, ascensores en edificios de dos plantas. Guía práctica inmoley.com relacionada: edificación y obras. Todos los edificios de viviendas en Andalucía que tengan más de dos plantas deberán contar con ascensor, en caso de que carezcan de él y sea viable su construcción, antes del año 2019, de acuerdo con el nuevo decreto de la Junta de Andalucía regulador de la accesibilidad en las infraestructuras, el urbanismo, la edificación y el transporte, que fue aprobado  por el Consejo de Gobierno y que amplía las medidas de eliminación de barreras arquitectónicas en entornos naturales, transporte público y viviendas. Los edificios de viviendas ya construidos de más de dos plantas que carezcan de ascensor estarán obligados a instalarlo antes de 2019, salvo en los casos en los que físicamente sea imposible, según el decreto regulador de la accesibilidad aprobado  por el Consejo de Gobierno de la Junta. En relación con las viviendas de nueva construcción, los edificios tendrán un ascensor cuando estén integrados por tres o más plantas (dos si hay al menos seis residencias), con la obligación de que llegue hasta el aparcamiento y la azotea, una norma que para estos casos regirá a partir de la entrada en vigor del decreto.

   La norma, que sustituye a la vigente desde 1992, beneficiará tanto a las personas con discapacidad y mayores como a aquellas con dificultades transitorias de movilidad (mujeres embarazadas o personas accidentadas temporalmente, entre otras), lo que supone alrededor del 40% de la población andaluza. Asimismo, las disposiciones tienen en cuenta otras necesidades de la ciudadanía en general, como las relativas a personas usuarias de carritos de bebé o portadoras de cargas.

   La consejera de Igualdad y Bienestar Social Micaela Navarro, explicó en la rueda de prensa posterior a la reunión del Consejo de Gobierno que, en su conjunto, el decreto beneficiará a más del 70 por ciento de la población, al tiempo que se mostró convencida de que, además de en materia de barreras físicas, "supondrá un importante avance en la eliminación de barreras mentales". Aclaró que el texto, que nace del trabajo y de la colaboración con todos los colectivos implicados, se fundamenta "en los principios de accesibilidad universal y diseño para todos".

   En su opinión, esta norma marcará "un antes y un después" en todos aquellos aspectos relacionados con la movilidad de las personas, apuntando que con ella se pretende "adaptar el entorno a los ciudadanos y no al revés". 

   De acuerdo con los nuevos requisitos de accesibilidad previstos en el decreto, los espacios naturales en los que se realicen actividades recreativas, educativas, culturales o análogas deberán disponer de, al menos, un itinerario accesible alternativo a los senderos generales de recorrido. Las playas andaluzas también deberán contar con este tipo de vías sobre la arena y, en el caso de aquellas que dispongan de servicios de salvamento, sillas anfibias o ayudas técnicas similares.

   En relación con las viviendas de nueva construcción, los edificios tendrán un ascensor cuando estén integrados por tres o más plantas (dos si hay al menos seis residencias), con la obligación de que llegue hasta el aparcamiento y la azotea. Para el caso de los edificios que ya estén construidos y no dispongan ese ascensor, tendrán de plazo para montarlo hasta el año 2019, sobre todo, si alguno de los inquilinos sufre alguna discapacidad física.

   No obstante, la consejera expresó que hay muchos edificios ya construidos en Andalucía donde es prácticamente imposible instalar un ascensor porque no hay espacio para ello. Si en uno de esos edificios vive una persona con discapacidad física propietaria de vivienda y que no puede acceder, en consecuencia, a una pública, se abordará la posibilidad de que se le permute la suya por una vivienda en un edificio donde sí cuente con ascensor.   

   Respecto a los inmuebles reservados a personas con movilidad reducida en lo que son promociones de viviendas públicas, la norma extiende a todas las estancias las condiciones de accesibilidad hasta ahora limitadas al salón principal y a uno de los dormitorios. En las promociones se reduce de 33 a 17 viviendas el mínimo exigido para que cuenten con una reserva de pisos accesibles.

   Entre las nuevas condiciones para los medios de transporte colectivos, se amplía del 10% al 15% la proporción de autobuses interurbanos accesibles que deberá tener cada compañía respecto a su flota total cuando disponga de diez o más unidades. Asimismo, el decreto establece que el cupo mínimo de taxis adaptados deberá alcanzar el 5% de las licencias existentes en cada municipio.

   La norma aprobada por el Gobierno andaluz incrementa también los tipos de alojamientos turísticos a los que se exige reserva de habitaciones accesibles (con la incorporación de balnearios y apartamentos, entre otros) y obliga a las piscinas de uso colectivo a disponer de una grúa o rampa de acceso para personas con movilidad reducida.

   Asimismo, se mejoran las condiciones de accesibilidad en las vías públicas, con especificaciones técnicas orientadas al aumento del ancho de los itinerarios peatonales, la rebaja de las pendientes de las rampas y el incremento del número de plazas de estacionamiento de vehículos reservadas para personas con discapacidad, que pasan de 1 por cada 50 a 1 por cada 40. Todo esto deberá estar resuelto antes de 2019 para el caso de infraestructuras ya construidas, mientras que las que se hagan a partir de este decreto, ya se tienen que adaptar a las condiciones que se marcan en el mismo.

   En lo que se refiere al ancho de los itinerarios peatonales, éstos pasan de 1,20 a 1,50 metros, y la altura máxima de los bordillos se reduce de 14 a 12 centímetros, mientras que las pendientes máximas de las rampas tendrán que reducirse del 12 al 10%. También se regulan los carriles reservados a bicicletas contiguos a los itinerarios peatonales, con una señalización diferenciada en textura y color.

PUESTOS DE TRABAJO A PERSONAS CON DISCAPACIDAD

   En el terreno laboral, se incluyen expresamente las áreas de trabajo de las empresas que estén obligadas a reservar puestos de trabajo a personas con discapacidad, con, al menos, un 2% en las plantillas de más de 50 trabajadores.

   En el ámbito de las administraciones públicas, el decreto señala que en el plazo de un año, desde su entrada en vigor, deberán llevarse a cabo las adaptaciones mínimas en sus edificios para posibilitar el acceso a las zonas de atención al público.

   Finalmente, la norma establece la creación del denominado Fondo de Supresión de Barreras como instrumento para financiar los distintos proyectos de accesibilidad promovidos por la Junta. Su dotación se establecerá anualmente en la Ley del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

   Navarro indicó que el plazo de adaptación a la nueva norma se prolongará hasta el año 2019 en el caso de las infraestructuras ya existentes, mientras que en las nuevas tendrá dos meses tras su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA). En cuanto al régimen sancionador contemplado en los casos en que se incumpla la norma,  oscilará entre las faltas leves y las muy graves, que, en este último caso, supondrán la imposición de multas de hasta 300.000 euros.

   Las consejerías competentes en cada caso serán las responsables de aplicar las sanciones, ha añadido la consejera, que ha recordado que, pese a que las medidas contempladas son coordinadas por la Consejería para la Igualdad, el resto de los departamentos del Gobierno andaluz deben velar por su cumplimiento en su ámbito de vigilancia.

   Finalmente, Micaela Navarro destacó que más del 70% de los municipios andaluces ya desarrollan un plan de accesibilidad, que ha experimentado un importante avance de la mano del Plan E puesto en marcha por el Gobierno central.

   Según los datos aportados por la consejera, desde 2001 la Junta ha subvencionado con 6,8 millones, y mediante convocatoria anual de ayudas, la elaboración de planes de accesibilidad por ayuntamientos, diputaciones y mancomunidades, que han permitido a 593 consistorios iniciar actuaciones para la eliminación de barreras arquitectónicas.
 

EN DETALLE

Los edificios de viviendas ya construidos de más de dos plantas que carezcan de ascensor estarán obligados a instalarlo antes de 2019, salvo en los casos en los que físicamente sea imposible, según el decreto regulador de la accesibilidad aprobado  por el Consejo de Gobierno de la Junta. En relación con las viviendas de nueva construcción, los edificios tendrán un ascensor cuando estén integrados por tres o más plantas (dos si hay al menos seis residencias), con la obligación de que llegue hasta el aparcamiento y la azotea, una norma que para estos casos regirá a partir de la entrada en vigor del decreto.

Para el caso de los discapacitados propietarios de pisos en los que no se pueda instalar un ascensor, dará la posibilidad de que se le permute la suya por una vivienda en un edificio donde sí cuente con ascensor. 

Por otro lado, el decreto también establece las nuevas condiciones para los medios de transporte colectivos, entre las que figura la ampliación del diez por ciento de la proporción de autobuses interurbanos accesibles. 

Además, prescribe que el cupo mínimo de taxis adaptados deberá alcanzar el cinco por ciento de las licencias existentes en cada municipio.

La norma incrementa también los tipos de alojamientos turísticos a los que se exige reserva de habitaciones accesibles y obliga a las piscinas de uso colectivo a disponer de una grúa o rampa de acceso para personas con movilidad reducida. Los espacios naturales en los que se realicen actividades recreativas, educativas, culturales o análogas deberán disponer de, al menos, un itinerario accesible alternativo a los senderos generales de recorrido. Asimismo, se mejoran las condiciones de accesibilidad en las vías públicas.

En el terreno laboral, se incluyen las áreas de trabajo de las empresas que estén obligadas a reservar puestos de trabajo a personas con discapacidad, con, al menos, un dos por ciento en las plantillas de más de 50 trabajadores. 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 

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