8 de julio de 2009
inmoley.com noticias inmobiliarias
(inmobiliario, urbanismo, construcción, edificación, financiación
inmobiliaria, obra pública, vivienda, centros comerciales, arrendamientos)
©
EDIFICACIÓN, ANDALUCÍA,
ASCENSORES EN EDIFICIOS DE DOS PLANTAS
Valor añadido: Edificación,
Andalucía, ascensores en edificios de dos plantas. Guía práctica
inmoley.com relacionada: edificación y obras. Todos los edificios
de viviendas en Andalucía que tengan más de dos plantas deberán
contar con ascensor, en caso de que carezcan de él y sea viable
su construcción, antes del año 2019, de acuerdo con el nuevo
decreto de la Junta de Andalucía regulador de la accesibilidad en
las infraestructuras, el urbanismo, la edificación y el transporte,
que fue aprobado por el Consejo de Gobierno y que amplía las
medidas de eliminación de barreras arquitectónicas en entornos
naturales, transporte público y viviendas. Los edificios de viviendas
ya construidos de más de dos plantas que carezcan de ascensor estarán
obligados a instalarlo antes de 2019, salvo en los casos en los que físicamente
sea imposible, según el decreto regulador de la accesibilidad aprobado
por el Consejo de Gobierno de la Junta. En relación con las viviendas
de nueva construcción, los edificios tendrán un ascensor
cuando estén integrados por tres o más plantas (dos si hay
al menos seis residencias), con la obligación de que llegue hasta
el aparcamiento y la azotea, una norma que para estos casos regirá
a partir de la entrada en vigor del decreto.
La norma, que sustituye
a la vigente desde 1992, beneficiará tanto a las personas con discapacidad
y mayores como a aquellas con dificultades transitorias de movilidad (mujeres
embarazadas o personas accidentadas temporalmente, entre otras), lo que
supone alrededor del 40% de la población andaluza. Asimismo, las
disposiciones tienen en cuenta otras necesidades de la ciudadanía
en general, como las relativas a personas usuarias de carritos de bebé
o portadoras de cargas.
La consejera de Igualdad
y Bienestar Social Micaela Navarro, explicó en la rueda de prensa
posterior a la reunión del Consejo de Gobierno que, en su conjunto,
el decreto beneficiará a más del 70 por ciento de la población,
al tiempo que se mostró convencida de que, además de en materia
de barreras físicas, "supondrá un importante avance en la
eliminación de barreras mentales". Aclaró que el texto, que
nace del trabajo y de la colaboración con todos los colectivos implicados,
se fundamenta "en los principios de accesibilidad universal y diseño
para todos".
En su opinión,
esta norma marcará "un antes y un después" en todos aquellos
aspectos relacionados con la movilidad de las personas, apuntando que con
ella se pretende "adaptar el entorno a los ciudadanos y no al revés".
De acuerdo con los
nuevos requisitos de accesibilidad previstos en el decreto, los espacios
naturales en los que se realicen actividades recreativas, educativas, culturales
o análogas deberán disponer de, al menos, un itinerario accesible
alternativo a los senderos generales de recorrido. Las playas andaluzas
también deberán contar con este tipo de vías sobre
la arena y, en el caso de aquellas que dispongan de servicios de salvamento,
sillas anfibias o ayudas técnicas similares.
En relación
con las viviendas de nueva construcción, los edificios tendrán
un ascensor cuando estén integrados por tres o más plantas
(dos si hay al menos seis residencias), con la obligación de que
llegue hasta el aparcamiento y la azotea. Para el caso de los edificios
que ya estén construidos y no dispongan ese ascensor, tendrán
de plazo para montarlo hasta el año 2019, sobre todo, si alguno
de los inquilinos sufre alguna discapacidad física.
No obstante, la consejera
expresó que hay muchos edificios ya construidos en Andalucía
donde es prácticamente imposible instalar un ascensor porque no
hay espacio para ello. Si en uno de esos edificios vive una persona con
discapacidad física propietaria de vivienda y que no puede acceder,
en consecuencia, a una pública, se abordará la posibilidad
de que se le permute la suya por una vivienda en un edificio donde sí
cuente con ascensor.
Respecto a los inmuebles
reservados a personas con movilidad reducida en lo que son promociones
de viviendas públicas, la norma extiende a todas las estancias las
condiciones de accesibilidad hasta ahora limitadas al salón principal
y a uno de los dormitorios. En las promociones se reduce de 33 a 17 viviendas
el mínimo exigido para que cuenten con una reserva de pisos accesibles.
Entre las nuevas condiciones
para los medios de transporte colectivos, se amplía del 10% al 15%
la proporción de autobuses interurbanos accesibles que deberá
tener cada compañía respecto a su flota total cuando disponga
de diez o más unidades. Asimismo, el decreto establece que el cupo
mínimo de taxis adaptados deberá alcanzar el 5% de las licencias
existentes en cada municipio.
La norma aprobada por
el Gobierno andaluz incrementa también los tipos de alojamientos
turísticos a los que se exige reserva de habitaciones accesibles
(con la incorporación de balnearios y apartamentos, entre otros)
y obliga a las piscinas de uso colectivo a disponer de una grúa
o rampa de acceso para personas con movilidad reducida.
Asimismo, se mejoran
las condiciones de accesibilidad en las vías públicas, con
especificaciones técnicas orientadas al aumento del ancho de los
itinerarios peatonales, la rebaja de las pendientes de las rampas y el
incremento del número de plazas de estacionamiento de vehículos
reservadas para personas con discapacidad, que pasan de 1 por cada 50 a
1 por cada 40. Todo esto deberá estar resuelto antes de 2019 para
el caso de infraestructuras ya construidas, mientras que las que se hagan
a partir de este decreto, ya se tienen que adaptar a las condiciones que
se marcan en el mismo.
En lo que se refiere
al ancho de los itinerarios peatonales, éstos pasan de 1,20 a 1,50
metros, y la altura máxima de los bordillos se reduce de 14 a 12
centímetros, mientras que las pendientes máximas de las rampas
tendrán que reducirse del 12 al 10%. También se regulan los
carriles reservados a bicicletas contiguos a los itinerarios peatonales,
con una señalización diferenciada en textura y color.
PUESTOS DE TRABAJO A PERSONAS CON
DISCAPACIDAD
En el terreno laboral,
se incluyen expresamente las áreas de trabajo de las empresas que
estén obligadas a reservar puestos de trabajo a personas con discapacidad,
con, al menos, un 2% en las plantillas de más de 50 trabajadores.
En el ámbito
de las administraciones públicas, el decreto señala que en
el plazo de un año, desde su entrada en vigor, deberán llevarse
a cabo las adaptaciones mínimas en sus edificios para posibilitar
el acceso a las zonas de atención al público.
Finalmente, la norma
establece la creación del denominado Fondo de Supresión de
Barreras como instrumento para financiar los distintos proyectos de accesibilidad
promovidos por la Junta. Su dotación se establecerá anualmente
en la Ley del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Navarro indicó
que el plazo de adaptación a la nueva norma se prolongará
hasta el año 2019 en el caso de las infraestructuras ya existentes,
mientras que en las nuevas tendrá dos meses tras su publicación
en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA). En
cuanto al régimen sancionador contemplado en los casos en que se
incumpla la norma, oscilará entre las faltas leves y las muy
graves, que, en este último caso, supondrán la imposición
de multas de hasta 300.000 euros.
Las consejerías
competentes en cada caso serán las responsables de aplicar las sanciones,
ha añadido la consejera, que ha recordado que, pese a que las medidas
contempladas son coordinadas por la Consejería para la Igualdad,
el resto de los departamentos del Gobierno andaluz deben velar por su cumplimiento
en su ámbito de vigilancia.
Finalmente, Micaela
Navarro destacó que más del 70% de los municipios andaluces
ya desarrollan un plan de accesibilidad, que ha experimentado un importante
avance de la mano del Plan E puesto en marcha por el Gobierno central.
Según los datos
aportados por la consejera, desde 2001 la Junta ha subvencionado con 6,8
millones, y mediante convocatoria anual de ayudas, la elaboración
de planes de accesibilidad por ayuntamientos, diputaciones y mancomunidades,
que han permitido a 593 consistorios iniciar actuaciones para la eliminación
de barreras arquitectónicas.
EN DETALLE
Los edificios de viviendas ya construidos
de más de dos plantas que carezcan de ascensor estarán obligados
a instalarlo antes de 2019, salvo en los casos en los que físicamente
sea imposible, según el decreto regulador de la accesibilidad aprobado
por el Consejo de Gobierno de la Junta. En relación con las viviendas
de nueva construcción, los edificios tendrán un ascensor
cuando estén integrados por tres o más plantas (dos si hay
al menos seis residencias), con la obligación de que llegue hasta
el aparcamiento y la azotea, una norma que para estos casos regirá
a partir de la entrada en vigor del decreto.
Para el caso de los discapacitados
propietarios de pisos en los que no se pueda instalar un ascensor, dará
la posibilidad de que se le permute la suya por una vivienda en un edificio
donde sí cuente con ascensor.
Por otro lado, el decreto también
establece las nuevas condiciones para los medios de transporte colectivos,
entre las que figura la ampliación del diez por ciento de la proporción
de autobuses interurbanos accesibles.
Además, prescribe que el
cupo mínimo de taxis adaptados deberá alcanzar el cinco por
ciento de las licencias existentes en cada municipio.
La norma incrementa también
los tipos de alojamientos turísticos a los que se exige reserva
de habitaciones accesibles y obliga a las piscinas de uso colectivo a disponer
de una grúa o rampa de acceso para personas con movilidad reducida.
Los espacios naturales en los que se realicen actividades recreativas,
educativas, culturales o análogas deberán disponer de, al
menos, un itinerario accesible alternativo a los senderos generales de
recorrido. Asimismo, se mejoran las condiciones de accesibilidad en las
vías públicas.
En el terreno laboral, se incluyen
las áreas de trabajo de las empresas que estén obligadas
a reservar puestos de trabajo a personas con discapacidad, con, al menos,
un dos por ciento en las plantillas de más de 50 trabajadores.
Copyright © inmoley.com.
Todos los derechos reservados. El uso de esta
información sin autorización expresa de inmoley.com y al
margen de las condiciones generales de contratación de inmoley.com,
será perseguido judicialmente.
|