30 de abril de 2009
URBANISMO, CANTABRIA, LAS
DEMOLICIONES POR IRREGULARIDADES URBANÍSTICAS NO HAN HECHO MÁS
QUE EMPEZAR
Valor añadido: Arnuero
ha supuesto la primera demolición de viviendas por irregularidades
urbanísticas hace 15 años y afectó a 42 apartamentos
de la urbanización El Encinar. Pero las sentencias judiciales afectan
a cientos de zonas residenciales en toda Cantabria, como Argoños,
Piélagos, Miengo y Escalante. Se trata de denuncias por urbanizar
en contra de la Ley de Costas o invadir espacios protegidos. Es probable
que se agilicen las demoliciones porque la Comisión de Peticiones
del Parlamento Europeo reclamó a las autoridades regionales de Cantabria
que asuman responsabilidades por las sentencias que ordenan el derribo
de un millar de viviendas en la comunidad autónoma. Luego están
los problemas de los promotores desaparecidos, de los promotores en concurso
de acreedores que asumen el derribo para desatascar las indemnizaciones
porque los jueces niegan indemnizar sin antes derribar. Y en el medio cientos
de familias a los que las indemnizaciones que reciban del Gobierno cántabro
y ayuntamientos como el de Arnuero no compensarán en casi nada su
inversión.
Hasta ayer, nunca antes se había
materializado ninguna demolición. En estos casos, los procesos judiciales
son complejos y suelen dilatarse en el tiempo. En varias ocasiones, además,
fue imposible encontrar empresas que quisieran asumir estos trabajos por
la repercusión social que implican. No obstante, Inmobiliaria Arnuero
-propiedad de Cenavi, la misma promotora que construyó las casas-
se ofreció en octubre a tirar los dos primeros bloques de la urbanización.
Acababa de presentar suspensión de pagos y el objetivo de la entidad,
propietaria de 36 de los 42 apartamentos, era «cobrar la indemnización
patrimonial» que sólo recibirá cuando los pisos desaparezcan.
CRONOLOGÍA DEL PRIMER DERRIBO
DE UNA URBANIZACIÓN EN CANTABRIA
Ésta es la cronología
de los principales hechos que han rodeado a la primera sentencia derribo
dictada contra una urbanización en la costa de Cantabria:
- 12 de junio de 1990: El Ayuntamiento
de Arnuero aprueba provisionalmente una modificación de su plan
de delimitación de suelo urbano de 1987, para incluir 26.000 m2
de suelo urbano en el encinar de la playa de La Arena, en Isla.
- 12 de julio de 1990: El Ayuntamiento
de Arnuero aprueba provisionalmente sus normas subsidiarias (NNSS), que
califican ese suelo como "apto para urbanizar", no como urbano.
- 27 de noviembre de 1990: La Comisión
Regional de Urbanismo de Cantabria aprueba definitivamente las NNSS de
Arnuero. La CRU decide declarar directamente urbanos los terrenos de la
playa de La Arena que el Ayuntamiento proponía como "aptos para
urbanizar".
- 4 de junio de 1991: El Ayuntamiento
de Arnuero concede licencia a CENAVI para construir 144 apartamentos en
la playa de La Arena.
- 17 de junio de 1992: La asociación
ecologista ARCA organiza una protesta en la playa de La Arena para intentar
parar las obras. Quince personas son detenidas por encadenarse a las excavadoras.
Un juez de Santoña ordena el ingreso en prisión de trece
de ellas por alterar el orden público.
- 26 de julio de 1992: Más
de 200 personas se manifiestan en la playa contra la urbanización
de El Encinar.
- 28 de septiembre de 1992: ARCA
recurre ante el Gobierno de Cantabria las NNSS de Arnuero, sin éxito.
- 27 de enero de 1993: ARCA impugna
ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de
Justicia de Cantabria las NNSS de Arnuero y la licencia concedida en primer
término a CENAVI y, más adelante, a Inmobiliaria Arnuero.
- 2 de noviembre de 1993: El TSJC
anula la aprobación de las NNSS de Arnuero.
- 4 de mayo de 1994: El TSJC anula
la licencia que permite la construcción de los apartamentos de La
Arena y ordena derribarlos.
- Febrero de 1996: El alcalde de
Arnuero cuando se autorizó la urbanización de La Arena, José
Luis Rey Villa (UPCA), es condenado a 14 años de inhabilitación
por utilizar su cargo para conceder licencias urbanísticas a sociedades
de las que formaba parte.
- 11 de noviembre de 1997: El Tribunal
Constitucional atiende parcialmente un recurso de amparo de los afectados.
La sentencia dice que no tiene nada que objetar a la orden de derribo,
pero manda retrotraer el expediente para que los 104 afectados se puedan
personar en defensa de sus derechos, como perjudicados.
- 7 de febrero de 2000: El Tribunal
Supremo confirma la sentencia de derribo dictada contra los apartamentos
de La Arena.
- 24 de octubre de 2000: El TSJC
desestima la solicitud del Ayuntamiento de Arnuero para que no se ejecute
la sentencia y ordena al Consistorio que ponga en marcha los trámites
para el derribo.
- 9 de marzo de 2005: El TSJC reconoce
que los afectados han sufrido daños morales y deben ser indemnizados
por ello por el Gobierno de Cantabria y por el Ayuntamiento de Arnuero
con cantidades que oscilan entre los 9.000 y los 12.000 euros. Sin embargo,
establece que no cabe pagar ninguna indemnización por la pérdida
de sus casas hasta que se lleve a cabo el derribo.
- 9 de marzo de 2005: En la misma
sentencia en la que concede indemnizaciones por daños morales, el
TSJC aprecia indicios de que los miembros de la CRU prevaricaron en su
reunión de 27 de noviembre de 1990 al cambiar la clasificación
de los suelos de la playa de La Arena de forma "ilegal y arbitraria", a
pesar de que tenían informes que les advertían de que podían
incurrir en delito al hacerlo.
- 9 de marzo de 2005: El TSJC desestima
la demanda interpuesta por Inmobiliaria Arnuero y CENAVI contra el Gobierno
de Cantabria y el Ayuntamiento de Arnuero, a los que exigían una
indemnización de 17,36 millones de euros por los daños que
le provocó la sentencia de derribo. La Sala reitera que sólo
se podrán valorar los posibles perjuicios materiales ocasionados
cuando se ejecuten los derribos.
- 20 de abril de 2005: La Fiscalía
de Cantabria pide todo el expediente de las NNSS de Arnuero y de la licencia
de los apartamentos de La Arena, para investigar la posible prevaricación
apreciada por el TSJC.
- 23 de julio de 2005: El TSJC rechaza
paralizar los derribos hasta que se pague a los afectados por los daños
materiales.
- 8 de noviembre de 2005: La Fiscalía
archiva la investigación contra los miembros de la CRU de 1990,
porque considera que las responsabilidades penales que podrían haberse
exigido han prescrito.
- Junio de 2006: El Defensor del
Pueblo responde a los afectados por los derribos que no puede impedir que
se cumplan las sentencias, aunque les expresa su "comprensión" por
la situación que padecen.
- 5 de septiembre de 2006: El Ayuntamiento
de Arnuero concede las obras de derribo a la empresa navarra Erri-Berri,
en una subasta pública a la que también optaba Inmobiliaria
Arnuero.
- 15 y 16 noviembre de 2006: Erri-Berri
denuncia que está recibiendo amenazas y que quiere renunciar al
contrato.
- 9 de enero de 2007: La Fiscalía
abre una investigación sobre las amenazas recibidas por Erri-Berri.
- Abril de 2007: El TSJC ordena
al Gobierno de Cantabria que se haga cargo de cumplir la sentencia de derribo,
al entender que el Ayuntamiento no puede, tras la renuncia de Erri-Berri.
- Junio de 2007: El TSJC rectifica.
La Sala considera ahora que el Ayuntamiento tiene en su mano conceder el
derribo a las otras empresas que se interesaron por el contrato. Unos meses
más tarde, el Consistorio encarga los trabajos a Inmobiliaria Arnuero.
- 17 de diciembre de 2007: El Parlamento
de Cantabria, por unanimidad, pide al Gobierno regional que presente "en
el plazo más breve posible" un plan para "dar solución" a
los problemas de los afectados por las sentencias de derribo
- 16 de mayo de 2008: El TSJC suspende
temporalmente la ejecución de los derribos de los apartamentos de
La Arena y de dos urbanizaciones en Argoños para estudiar el acuerdo
del Parlamento.
- Junio de 2008: El TSJC levanta
la suspensión temporal de las sentencias de derribo que había
concedido.
- 19 de septiembre de 2008: CENAVI
se declara en suspensión de pagos. Entre las causas que le han llevado
a esa situación, aduce la sentencia de derribo de los apartamentos
de la playa de La Arena.
- 10 de diciembre de 2008: El consejero
de Obras Públicas, José María Mazón, entrega
al TSJC su plan sobre las sentencias de derribo.
- 16 de abril de 2009: La Comisión
de Peticiones del Parlamento Europeo reclama a las autoridades regionales
de Cantabria que asuman responsabilidades por las sentencias que ordenan
el derribo de un millar de viviendas en la comunidad autónoma.
- 29 abril de 2009: Inmobiliaria
Arnuero comienza a demoler la urbanización de la playa de La Arena.
ANTECEDENTES 22 4 9
ARNUERO
La promotora Inmobiliaria Arnuero
ya puede demoler El Encinar, en Isla
El Ayuntamiento pide que informe
del día y la hora del derribo El alcalde, José Manuel Igual,
comunicó la decisión al TSJC y a los vecinos
La promotora Inmobiliaria Arnuero,
dependiente de la constructora Cenavi, cuenta con los informes favorables
de los técnicos del Ayuntamiento de Arnuero para ejecutar la sentencia
de derribo del Tribunal Supremo que pesa sobre los 144 apartamentos del
Encinar, en Isla.
Inmobiliaria Arnuero ha tenido que
presentar, en el Consistorio, los planes de seguridad y salud y nombrar
un director técnico de la obra, además de ajustarse al proyecto
de demolición redactado por el Ayuntamiento, que incluye la demolición
en dieciséis fases, ocho de demolición y otras ocho de regeneración.
La promotora pretende acometer las
cuatro primeras fases de la demolición. La actuación contempla
el derribo de 42 viviendas de dos bloques, que no llegaron a construirse
en su totalidad.
La promotora pretende derribar,
de forma voluntaria, estos apartamentos para acogerse a la responsabilidad
patrimonial y cobrar la indemnización por varios pisos de su propiedad.
En un principio la compensación económica deberá pagarla
el Gobierno regional y el Ayuntamiento de Arnuero al 50 por ciento, pero
este último recurrióo el fallo del Tribunal Superior de Justicia
de Cantabria al estimar que los culpables son los responsables de la Comisión
Regional de Urbanismo., Inmobiliaria Arnuero ha tomado esta decisión
tras quedar desierto el concurso que convocó el Ayuntamiento para
adjudicar el derribo.
La Junta de Gobierno Local del Consistorio
acordó, por unanimidad, solicitar a Inmobiliaria Arnuero que informe
del día y la hora en que tirará las casas. Contra el presente
acuerdo el interesado podrá interponer un recurso potestativo de
reposición en el plazo de un mes o un recurso contencioso administrativo
en el Juzgado de Santander en el plazo de dos meses a contar desde la notificación.
Además, el alcalde, José Manuel Igual ha informado al Tribunal
Superior de Justicia de Cantabria de los pasos que ha dado para ejecutar
el fallo, así como a los afectados.
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