3 de noviembre de 2009
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URBANISMO, CANTABRIA.
LOS AYUNTAMIENTOS DEBEN PAGAR LAS DEMOLICIONES DE OBRAS ILEGALES
Valor añadido: urbanismo,
Cantabria. Los ayuntamientos deben pagar las demoliciones de obras
ilegales. Guía práctica inmoley.com relacionada: urbanismo
de Cantabria, licencias urbanísticas y sanciones urbanísticas.
El Gobierno cántabro y Arnuero deben indemnizar por derribos de
La Arena. El Tribunal Supremo ha confirmado que el Gobierno y el Ayuntamiento
de Arnuero deben pagar los daños que genere la demolición
de los 144 apartamentos de la playa de La Arena, porque cree que las dos
administraciones tomaron decisiones que llevaron a la anulación
de la licencia para construir las casas. La Sala de lo Contencioso del
Tribunal Supremo se ha pronunciado así, en un fallo al que ha tenido
acceso Efe, tras analizar un recurso del Ayuntamiento de Arnuero contra
una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria (TSJC) que,
en marzo de 2005, ya condenó a ese Consistorio y al Gobierno a hacer
frente de forma solidaria a la responsabilidad patrimonial por el derribo
de pisos. El Ayuntamiento de Arnuero reclamaba que el Gobierno afrontara
por si solo los gastos por la demolición de los pisos, alegando
que el perjuicio ocasionado sólo se puede imputar a la Comisión
Regional Urbanismo (CRU), porque fue el órgano que clasificó
indebidamente como urbano el suelo donde se ejecutaron las casas.
Así, en su recurso, el Consistorio
argumentaba que, aunque en principio clasificó como urbano los terrenos
de La Arena, un mes después, al aprobar provisionalmente las normas
subsidiarias de planeamiento, calificó ese suelo como apto para
urbanizar.
Resalta que, cuando aprobó
el Proyecto de Delimitación de Suelo Urbano, la CRU ya conocía
que el criterio del Ayuntamiento en relación a los terrenos de La
Arena había cambiado y, por eso, cree que debería ser el
Gobierno el único responsable de los daños por la anulación
de la licencia.
Pero la Sala de lo Contencioso del
Tribunal Supremo no comparte esa tesis y determina que la anulación
de la licencia de La Arena también tuvo origen en la actuación
del propio Consistorio, que participó en los trámites que
dieron lugar a lo sucedido y "no queda exonerado" por la concurrencia de
otra administración (el Gobierno) en todo este proceso.
El Tribunal Supremo recuerda que,
cuando otorgó la licencia de construcción, el Ayuntamiento
conocía esa indebida clasificación de los terrenos y, pese
a ello, concedió el permiso sin formular "ningún reparo"
ni emprender ninguna actividad que impidiera las obras.
"El propio Ayuntamiento procedió
a conceder la licencia conociendo esas mismas circunstancias, que después
determinaron su ilegalidad, sin que a pesar de ello adoptara prevención
alguna en su mano para corregir la situación", recalca el fallo
de la Sala de lo Contencioso.
Pero el Alto Tribunal sí
admite algunas de las objeciones del recurso del Ayuntamiento, compartidas
por el Gobierno, que a su vez también recurrió el fallo del
TSJC, y reconoce que esa sentencia presenta "incongruencias".
El Supremo reconoce, tal y como
alegaban los recurrentes, que el TSJC se pronunció sobre cuestiones
ajenas al recurso, al fijar una responsabilidad patrimonial al 50 por ciento
para el Gobierno y el Ayuntamiento, como había hecho en otro recurso
que se resolvió el mismo día: el de las indemnizaciones reclamadas
por los afectados, cuya sentencia está todavía pendiente
de recurso.
La Sala explica que en el recurso
que planteó el Ayuntamiento sólo solicitaba ser reintegrado
en todos los gastos que se le produjeran a consecuencia de la demolición,
"y no se cuestiona ni debate" la responsabilidad patrimonial de las dos
administraciones respecto a los terceros afectados (los propietarios de
las casas).
El Consistorio alegaba que, aunque
el Ayuntamiento y el Gobierno fueran corresponsables frente a terceros,
porque uno otorgó la licencia y otro aprobó las normas urbanísticas,
la comunidad autónoma debería asumir en solitario los perjuicios
causados.
El Supremo entiende que el TSJC
debió desestimar esa petición del Ayuntamiento, como hizo,
pero no fijar las cuotas de responsabilidad, algo que nadie había
pedido en ese litigio.
Para el Alto Tribunal, el Ayuntamiento
y el Gobierno tendrán que responder de los daños causados
a terceros "en la cuota que en su caso se determine en los procesos en
los que se reclame por los mismos".
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