28 de octubre de 2009
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EDIFICACIÓN, CASTILLA
LEÓN. EL LIBRO DEL EDIFICIO EN CASTILLA
LEÓN.
Valor añadido: Edificación,
Castilla León. El Libro del Edificio en Castilla León. Guía
práctica inmoley.com relacionada: Libro del Edificio. La Ley de
derecho a la vivienda de Castilla y León, cuyo proyecto se aprobará
próximamente por el Consejo de Gobierno, reforzará los derechos
de arrendatarios y compradores, especialmente, de viviendas protegidas
y garantizará la calidad de las construcciones nuevas mediante la
creación del Libro del Edificio y las inspecciones técnicas.
Esta iniciativa de la Consejería de Fomento, que verá la
luz este mandato, acabará con la multiplicidad de normas existentes,
según recoge el anteproyecto que se analiza en el seno de la Mesa
del Diálogo Social. Se regula de forma pormenorizada el Libro del
Edificio que se configura como una gran herramienta técnica para
un adecuado mantenimiento y conservación de los edificios de viviendas,
pero también como una gran herramienta jurídica para hacer
valer los derechos de los usuarios finales de los mismos, al recoger las
distintas obligaciones que pesan sobre los distintos agentes del proceso
edificatorio, siendo de gran trascendencia para conocer la génesis
del edificio y del proceso constructivo. Por último, se regula la
Inspección Técnica de los Edificios considerando que debe
ser esta Ley la que regule y ponga las bases para un desarrollo reglamentario
posterior. La Inspección Técnica de los Edificios se configura
como el instrumento que permitirá mantener en perfectas condiciones
de uso y habitabilidad de los distintos edificios, con independencia de
la edad de los mismos. El resultado de las inspecciones se incorporará
en el Libro del Edificio, garantizando, de esta manera, su continua actualización.
Ley de Vivienda garantizará la calidad con la creación del
Libro del Edificio y las inspecciones técnicas. La norma, que la
Junta aprobará próximamente, reforzará los derechos
de arrendatarios y compradores, definirá el régimen de vivienda
protegida y perfilará un tipo de VPO rural. Este
artículo analiza la ley e incluye el texto completo del anteproyecto.
La Ley de Derecho a la Vivienda
de Castilla y León, cuyo proyecto será aprobado próximamente
por el Consejo de Gobierno, garantizará la calidad de las construcciones
nuevas mediante la creación del Libro del Edificio y las inspecciones
técnicas, y reforzará los derechos de arrendatarios y compradores,
especialmente, de viviendas protegidas. Esta iniciativa de la Consejería
de Fomento, que verá la luz este mandato, acabará con la
multiplicidad de normas existentes, según recoge el anteproyecto
que se analiza en el seno de la Mesa del Diálogo Social.
En un sentido amplio, se marca como
objetivo prioritario que el acceso a la vivienda no obligue a los ciudadanos
a dedicar más de una tercera parte de sus ingresos, mientras que
se definen como colectivos de especial protección las familias numerosas,
jóvenes, personas con discapacidad, mayores de 65 años, víctimas
de la violencia de género y el terrorismo y los emigrantes retornados
o residentes en el exterior, así como los colectivos en riesgo de
exclusión.
Además, la ley pretende asentar
los pilares con los que construir un mercado inmobiliario «transparente
y ágil», para que, por un lado los promotores conozcan de
antemano las reglas del juego y los distintos plazos para promover sus
viviendas y, por otro, los propios compradores o arrendatarios conozcan
sus derechos y estén lo más informados posible y así
puedan decidir de forma correcta si quieren comprar o alquilar.
El texto diseñado por Fomento
dedica, así, un gran número de páginas a la defensa
de la calidad de las viviendas. Su articulado establece que el Libro del
Edificio recogerá información técnica y jurídica
y especificará su ubicación, las fechas de la licencia de
obras, de inicio y fin de la obra, de primera ocupación o de la
presentación de la solicitud y la de calificación definitiva.
También incluirá instrucciones de uso y mantenimiento. Por
su parte, los propietarios tendrán la obligación de registrar
las obras de reforma o rehabilitación que acometan.
También, el resultado de
las inspecciones se incorporará en el Libro del Edificio, garantizando,
de esta manera, su continua actualización. Los promotores deberán
entregarlo al primer adquirente y, en posteriores transmisiones, el libro
deberá pasar al nuevo propietario. En caso de una comunidad, tendrá
que entregarse el libro a su presidente e informar de su existencia al
resto de propietarios.
En el plazo de un año desde
la fecha de entrada en vigor de esta ley, la Junta deberá aprobar
el decreto por el que se regulan las normas de calidad y diseño
de las viviendas protegidas.
Información. Respecto a la
protección de los adquirentes y arrendatarios de viviendas, el texto
considera necesario que los promotores o los propietarios faciliten información
e incluso les exige un «plus de información» en el caso
de que la vivienda sea de protección pública para conocer
el precio máximo de venta, los derechos y prerrogativas de la administración
o el conjunto de limitaciones y prohibiciones, aspectos todos ellos que
quedarán recogidos en un contrato de reserva.
En cuanto a las cantidades anticipadas
para la compra de viviendas, el texto indica que el promotor sólo
podrá percibir de los adquirentes como máximo el 20 por ciento
del precio total de la vivienda. No obstante, este porcentaje podrá
ser mayor, sin que pueda superarse el 40%, cuando lo autorice el órgano
competente.
En cuanto a los incentivos al arrendamiento,
el propietario puede ceder una vivienda a la Administración durante
cinco años y beneficiarse de seguros contra posibles impagos o desperfectos.
Mientras, el arrendatario obtiene la garantía de la propia Administración
de que la vivienda está en perfectas condiciones de uso.
EN DETALLE
La Ley de derecho a la vivienda
de Castilla y León, cuyo proyecto se aprobará próximamente
por el Consejo de Gobierno, reforzará los derechos de arrendatarios
y compradores, especialmente, de viviendas protegidas y garantizará
la calidad de las construcciones nuevas mediante la creación del
Libro del Edificio y las inspecciones técnicas. Esta iniciativa
de la Consejería de Fomento, que verá la luz este mandato,
acabará con la multiplicidad de normas existentes, según
recoge el anteproyecto que se analiza en el seno de la Mesa del Diálogo
Social.
En ese sentido, se marca como objetivo
prioritario que el acceso a la vivienda no obligue a los ciudadanos a dedicar
más de una tercera parte de sus ingresos. Los colectivos de especial
protección serán las familias numerosas, los jóvenes,
las personas con discapacidad, los mayores de 65 años, las víctimas
de la violencia de género y el terrorismo, los emigrantes retornados
o residentes en el exterior así como aquellos colectivos en riesgo
de exclusión.
Además, la Ley pretende asentar
los pilares con los que construir un mercado inmobiliario "transparente
y ágil", para que, por un lado los promotores conozcan de antemano
las reglas del juego y los distintos plazos para promover sus viviendas
y, por otro, para que los propios compradores o arrendatarios conozcan
sus derechos y estén lo más informados posible y así
puedan decidir de forma correcta si quieren comprar o alquilar una vivienda.
Calidad
Por ello, el texto diseñado
por Fomento dedica un gran número de páginas a la defensa
de la calidad de las viviendas. Su articulado –agrupado en ocho títulos,
siete regulaciones adicionales, cinco transitorias y dos finales- establece
que el Libro del Edificio recogerá información técnica
y jurídica y especificará su ubicación, las fechas
de la licencia de obras, de inicio y fin de la obra, de primera ocupación
o de la presentación de la solicitud y la de calificación
definitiva. También incluirá instrucciones de uso y mantenimiento.
Los propietarios tendrán la obligación de registrar las obras
de reforma o rehabilitación que acometan.
Igualdad
Otro de los retos a los que se enfrenta
esta norma es garantizar la igualdad de los ciudadanos para acceder a las
viviendas sujetas al régimen de protección. Para ello, otorga
carácter legal al Registro Público de Demandantes de Viviendas
de Protección Pública de la Comunidad. El texto distingue
entre titulares y destinatarios o usuarios y regula de forma clara cuáles
son los requisitos para poder acceder a este tipo de viviendas, distintos
de los necesarios para acceder a la financiación de éstas.
Las Comisiones Territoriales de Vivienda en las distintas provincias también
intervendrán en los procesos de selección de adquirentes
y arrendatarios de viviendas de protección pública.
Adquirentes y arrendatarios
Respecto a la protección
de los adquirentes y arrendatarios de viviendas, el texto considera necesario
que los promotores o los propietarios de las viviendas faciliten información
a los compradores o arrendatarios. En todo caso, exige un "plus de información"
en el caso de que la vivienda sea de protección pública para
conocer el precio máximo de venta, los derechos y prerrogativas
de la administración o el conjunto de limitaciones y prohibiciones.
Todas estas condiciones deberán –según el figura en el borrador-
estar reguladas en un contrato de reserva, que debe especificar el plazo
dentro del cual deberá formalizarse la compraventa.
En cuanto a las cantidades anticipadas
para la construcción de viviendas, el texto indica que el promotor
sólo podrá percibir de los adquirentes como máximo
el 20 por ciento del precio total de la vivienda. No obstante, este porcentaje
podrá ser mayor, sin que pueda superarse el 40 por ciento, cuando
lo autorice el órgano competente para dictar la calificación
provisional de las viviendas. Las cantidades entregadas serán garantizadas
mediante aval concedido por una entidad financiera o por seguro de caución.
También, obliga a entregar al adquirente el dos por ciento de aquellos
materiales, que en caso de rotura o deterioro, puedan ser fácilmente
sustituidos por el propietario de la vivienda.
Para los arrendatarios, considera
obligatorio la firma de un contrato y la entrega de una fianza, que deberá
depositarse en las oficinas de la administración autonómica,
en las cámaras de la Propiedad Urbana o en una empresa autorizada.
La devolución deberá producirse en el plazo de un mes desde
que la fecha de solicitud.
El texto enumera los incentivos
tanto para arrendadores como para arrendatarios. Contempla entre otros
la cesión de la vivienda por su propietario a la administración
durante al menos cinco años. A cambio, los propietarios podrán
beneficiarse de la contratación de seguros contra posibles impagos
o desperfectos. Los arrendatarios también podrán suscribir
un seguro “multirriesgo” del hogar y la administración les garantizará
que la vivienda se encuentra en perfectas condiciones de uso y habitabilidad.
Planes municipales
El nuevo Plan de Vivienda de Castilla
y León se considera el instrumento estratégico para el desarrollo
e implementación de la norma. El texto da protagonismo a las entidades
locales en materia de vivienda así propone dotar de los planes a
los municipios de más de 20.000 habitantes y prevé la posibilidad
crear otros de ámbito supramunicipal para aquellos que no alcancen
los 20.000 habitantes.
El borrador de la Ley de derecho
a la vivienda de Castilla y León defiende una arquitectura bioclimática
que tenga en cuenta el clima, tan variado en el territorio de Castilla
y León, y las condiciones del entorno, con el fin de conseguir un
confort térmico interior. Así propone el uso de materiales
autóctonos con propiedades térmicas, aprovechar el abrigo
del suelo u orientar adecuadamente los ventanales.
TEXTO
COMPLETO DEL PROYECTO
ANTECEDENTES
EDIFICACIÓN, CASTILLA LEÓN,
LIBRO DEL EDIFICIO
Valor añadido: Edificación,
Castilla León, Libro del Edificio. Curso inmoley.com relacionado:
Libro del Edificio. Novedad Ley Vivienda. El Libro del Edificio, con los
datos del inmueble y que se entregará a los adquirentes, es una
de las novedades de la próxima Ley de Vivienda de Castilla y León,
cuyo anteproyecto se espera que esté listo en julio para ser elevado
al Consejo del Diálogo Social, antes de continuar con su tramitación.
Se desarrollará el Libro del Edificio, que recogerá los datos
técnicos y jurídicos del edificio que se entregará
a los adquirentes y que facilitará el mejor ejercicio de sus derechos,
derechos de los usuarios pero también las obligaciones de los agentes
intervinientes. El Libro deberá ser depositado por el promotor ante
el correspondiente notario. Asimismo, se configurará a la Inspección
Técnica de los Edificios como instrumento que permitirá mantenerlos
en perfectas condiciones de uso y habitabilidad. Se regulará de
forma exhaustiva el régimen legal de protección pública
y se dará rango legal al Registro Público de demandantes
de Viviendas Protegidas de Castilla y León.
Tal y como anunció
el presidente de la Junta, Juan Vicente Herrera, en el debate del estado
de la Comunidad, el Consejo de Gobierno ha conocido el estado de
este texto y ha sido informado del consenso alcanzado en el seno de la
Comisión de Vivienda del Diálogo Social sobre las bases del
futuro texto legal que velará por los intereses de los castellanos
y leoneses ante el derecho a una vivienda.
Tras ser elevado al Consejo del
Diálogo Social, el anteproyecto, que pondrá las bases para
que el comprador no dedique más de un tercio de los ingresos a la
compra de una vivienda protegida, saldrá a información pública
y pasará por dictamen de los Consejos Consultivo y Social, antes
de que sea aprobado definitivamente como proyecto de ley por el Consejo
de Gobierno.
Posteriormente será enviado
a las Cortes de Castilla y León para su tramitación y aprobación
definitiva, según ha explicado el portavoz de la Junta, José
Antonio de Santiago-Juárez, en rueda de prensa posterior al Consejo
de Gobierno.
En la nueva ley, destacará
el impulso a la actuación rehabilitadora, el principio de igualdad
frente a la actuación pública en materia de vivienda y una
especial atención a los municipios rurales, con una nueva tipología
de vivienda adaptada a las necesidades y demanda de esta población.
Igualmente, establece las bases
para lograr que los castellanos y leoneses no dediquen más de una
tercera parte de sus ingresos en el acceso a una vivienda protegida.
Además, según recoge
la referencia del Consejo de Gobierno, la futura Ley regulará las
competencias en materia de vivienda que corresponden a las distintas administraciones
públicas, concediendo un mayor protagonismo a los ayuntamientos.
Expresamente se regularán
los instrumentos de cooperación interadministrativa.
Se exigirá a los ayuntamientos
de más de 20.000 habitantes una planificación en materia
de vivienda para acceder a las ayudas de la Junta y se recogerá
la posibilidad de que la Junta realice planes supramunicipales de vivienda
agrupando a núcleos más pequeños.
La Ley dedicará también
un apartado especial a los derechos de los compradores y arrendatarios,
con incidencia en el contenido mínimo y en el carácter vinculante
de la publicidad que se realice sobre las viviendas.
Se desarrollará el Libro
del Edificio, que recogerá los datos técnicos y jurídicos
del edificio que se entregará a los adquirentes y que facilitará
el mejor ejercicio de sus derechos, derechos de los usuarios pero también
las obligaciones de los agentes intervinientes.
El Libro deberá ser depositado
por el promotor ante el correspondiente notario.
Asimismo, se configurará
a la Inspección Técnica de los Edificios como instrumento
que permitirá mantenerlos en perfectas condiciones de uso y habitabilidad.
Se regulará de forma exhaustiva
el régimen legal de protección pública y se dará
rango legal al Registro Público de demandantes de Viviendas Protegidas
de Castilla y León.
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