3 de julio
de 2012
NOTICIA ADAPTADA AL SISTEMA
EDUCATIVO inmoley.com
DE FORMACIÓN CONTINUA PARA PROFESIONALES INMOBILIARIOS. © |
INGENIERÍA DE LA EDIFICACIÓN.
REGLAMENTO DE INSTALACIONES TÉRMICAS DE EDIFICIOS (RITE)
Convertir conocimiento en valor
añadido: Guía práctica
inmoley.com de la edificación sostenible. Reglamento de Instalaciones
Térmicas de Edificios (RITE)
Herramienta práctica
> Guías prácticas:
Ingeniería
de la edificación. Pdf/E-Book
de Ingeniería
de la edificación.
El Código Técnico
de la Edificación representa la única esperanza del sector
empresarial concernido, que ya sabe que en la parte de nueva edificación
no hay nada que hacer en mucho tiempo, pero que veía que la parte
de rehabilitación podía ofrecer aún alguna posibilidad
de negocio en éste y el próximo ejercicio.
El CTE ofrece posibilidades a causa
de las obligaciones y plazos que regula para efectuar adecuaciones y cambios
en el parque de edificios existente, en relación especialmente con
la eficiencia y el ahorro energéticos, así como otras cuestiones
derivadas de una mayor eficiencia en consumos energéticos exigidas
por la UE, ya que la edificación es, de largo, el segmento usuario
que más energía consume en nuestro país, dada la vastedad
de ese parque y la obsolescencia en muchos de los edificios de los sistemas
instalados hace años y el uso aún intenso de combustibles
fósiles e, incluso carbón, singularmente contaminante.
Sin embargo no siempre la administración
está dispuesta a facilitar las cosas. Una prueba de ello en los
últimos días es el texto del proyecto de Real Decreto por
el que se modifican algunos artículos del Reglamento de Instalaciones
Térmicas de Edificios (RITE) que ha elaborado el Ministerio de Industria,
Energía y Turismo y cuyo plazo de alegaciones ha concluido el pasado
22 de junio.
De nuevo, como ya ha pasado en demasiadas
ocasiones, el Gobierno omite su obligación de trasponer una Directiva
comunitaria, siendo esta trasposición el motivo principal de este
proyecto de RD como consta en su exposición de motivos, en la que
cita la necesidad de trasponer la Directiva 2010/31/UE del Parlamento y
el Consejo europeos, relativa a la eficiencia energética de
los edificios. Pero en el texto del proyecto no es posible encontrar ninguna
alusión explícita a la utilización prioritaria de
fuentes renovables en los edificios, objetivo prioritario de la mencionada
Directiva.
Por lo tanto, la modificación
del RITE que se quiere acometer, debe asumir e implementar definitivamente
en España, por imperativo de la UE, la utilización prioritaria
de fuentes renovables en el sector de la edificación, esencial para
nuestro país, no solo para cumplir con el plazo de trasposición
de la citada Directiva, sino porque nuestra singular dependencia energética
de combustibles fósiles no autóctonos ni renovables implica
una factura elevadísima, tanto económica como medioambiental,
que no puede permitirse España en estos momentos.
Según el Ministerio de Industria,
Energía y Turismo, la diferencia entre exportaciones e importaciones
de productos energéticos por parte de nuestro país fue en
2011 de -31.148 millones de euros sobre un total de -35.483 millones contabilizando
todos los sectores de nuestra economía, nada menos que el 87,8%
de ese total. Además, España es actualmente el segundo país
del mundo en compra de derechos de emisión, tras Japón, con
770 millones de euros. Según Eurostat la dependencia energética
de España es muy elevada (y muy por encima de la media de los países
UE-27, que es el 53,9%) puesto que alcanza el 74,2%, solo detrás
de Portugal, Italia, Irlanda, Luxemburgo y Malta.
Y mientras que, por ejemplo, en
los últimos años ha habido un continuado crecimiento de la
producción de biomasas en el conjunto comunitario como fuente limpia
y autóctona de energía para edificación, en España
esta magnitud está estancada en niveles prácticamente simbólicos,
a pesar de ser un país que dispone de recursos de este tipo muy
por encima de muchos de los restantes países europeos, y que tiene
una enorme necesidad de revitalizar los sectores agrícola, forestal
y ganadero, a los cuales afectaría muy positivamente una mayor atención
al aprovechamiento y puesta en valor de esos recursos.
Es necesario que en el nuevo RITE
no se obvie la integración de las energías renovables en
la edificación sino que, por el contrario, debe establecer explícitamente
que su uso sea prioritario frente a la utilización de tecnologías
basadas en el consumo de combustibles fósiles, como se establece
en la Directiva mencionada, que persigue que los distintos estados miembros
fomenten en sus ámbitos territoriales la utilización de energía
procedente de fuentes renovables al planificar, diseñar, construir
y reformar zonas residenciales e incluso industriales.
El propio Plan de Energías
Renovables (PER) vigente para el período 2011-2020 establece como
medida a llevar a cabo que se acometa el desarrollo normativo y regulatorio
acorde con el fomento de la introducción de instalaciones de biomasa
en los edificios por medio de la realización de las correspondientes
modificaciones y ampliaciones del Código Técnico de la Edificación,
en la certificación energética de los edificios y en el RITE.
Por tanto no parece que tenga mucho sentido tener que esperar cinco años
más, en la próxima revisión del RITE, para hacerlo.
Dado que las tecnologías
energéticas renovables disponibles en el mercado actualmente tienen
sobrada capacidad para atender las necesidades energéticas de cualquier
edificio, debería eliminarse la actual limitación del RITE
por la que únicamente se puede utilizar estas tecnologías
para cubrir una parte de las necesidades energéticas totales de
un edificio. Por el contrario, en nuevo RITE debe vincular la selección
y el diseño de la solución a adoptar en cada caso exclusivamente
a criterios de balance de energía y rentabilidad económica,
no solo por su evidente conveniencia, sino porque sería la única
forma de que el espíritu y contenido de la Directiva 2010/31/UE
sea efectivamente traspuesto a nuestro ordenamiento jurídico, cosa
a la que está obligado el Gobierno español para cumplir sus
compromisos como estado miembro de la UE.
Hay que recordar -y no es baladí
en estos tiempos de penurias de las cuentas públicas- que tanto
la parte de rehabilitación dentro de la actividad constructora,
como la generación de energía renovable a través de
las biomasas, inducen importantes retornos al erario público, de
modo que cualquier cambio retributivo favorable, inversión pública
o apoyo a través de cambios positivos en la fiscalidad que les afecta,
costaría a corto plazo menos de la mitad del nominal que las administraciones
públicas pudieran invertir, pudiendo además a largo plazo,
generar ingresos públicos mucho mayores de lo invertido.
|