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31 de mayo de 2012
 
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OBRA PÚBLICA. EL FINAL DEL CASO DEL TÚNEL DE BELATE
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El Tribunal Supremo ha desestimado el recurso interpuesto por la empresa constructora del túnel de Belate, la Unión Temporal de Empresas (UTE) formada por Construcciones Laín SA, Auxini SA y Potasas de Subiza SA, contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Navarra que le condenó en 2011 a hacer frente al pago, solidariamente con la encargada de la asistencia técnica a la dirección de obra,Elsamex SA,  de la cantidad de 9,03 millones de euros por los daños, perjuicios y costes originados por las incidencias registradas en la infraestructura desde su puesta en servicio en 1997, al considerarla culpable de las deficiencias constructivas y estructurales de la misma.

Se abrieron dos procedimientos uno ante la empresa constyruictora que es el que ahora  ha finalizado con la desetimación del recurso por parte del Tribunal Supremo; y el otro ante Elsamezx que aún sigue abierto.

EN DETALLE

El Tribunal Supremo ha desestimado el recurso interpuesto por la empresa constructora del túnel de Belate, la Unión Temporal de Empresas (UTE) formada por Construcciones Laín SA, Auxini SA y Potasas de Subiza SA, contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Navarra que le condenó en 2011 a hacer frente al pago, solidariamente con otra entidad (Elsamex SA), de la cantidad de 9,03 millones de euros por los daños, perjuicios y costes originados por las incidencias registradas en la infraestructura desde su puesta en servicio en 1997, al considerarla culpable de las deficiencias constructivas y estructurales de la misma.

Mediante la Orden Foral 133/2007, de 26 de octubre, la consejera de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones del Gobierno de Navarra, Laura Alba, declaró a Belate UTE, encargada de la ejecución de la obra, y a Elsamex SA, encargada de la asistencia técnica a la dirección de obra, responsables solidarias por las incidencias ocurridas en el túnel, consistentes en los desprendimientos localizados en el hormigón proyectado del sostenimiento del túnel, ocurridos entre el 12 de julio de 1997 y el 12 de febrero de 2000.

El Ejecutivo foral requería el pago de 9.035.127,03 euros en concepto de resarcimiento de los daños, perjuicios y costes que tales incidencias habían ocasionado a la Administración de la Comunidad Foral de Navarra. Aunque las empresas recurrieron la Orden Foral, el Gobierno de Navarra desestimó los recursos interpuestos por los representantes de dichas empresas mediante Acuerdo de Gobierno con fecha 19 de mayo de 2008.

Las empresas decidieron recurrir entonces a los tribunales de lo Contencioso-Administrativo, que abrieron dos procedimientos, uno ante la empresa constructora (Belate UTE) y otro ante la empresas de asistencia técnica a la dirección de obra (Elsamex SA). El Tribunal Superior de Justicia de Navarra desestimó mediante sentencia del 9 de marzo de 2011 el recurso interpuesto por Belate UTE contra la citada Orden Foral, dando la razón a la Administración de la Comunidad Foral de Navarra en su requerimiento de pago de los 9,03 millones de euros, mientras que el procedimiento de Elsamex SA aún sigue abierto.

Belate UTE interpuso posteriormente un recurso de casación ante el Tribunal Supremo, que en sentencia fechada el pasado día 16 de mayo ha acordado desestimar las alegaciones realizadas contra la resolución del TSJN, confirmando íntegramente su contenido y, por lo tanto, el requerimiento de pago de los 9,03 millones de euros reclamados por el Gobierno de Navarra. El alto tribunal, además, condena a la constructora del túnel de Belate al pago de las costas procesales.
 
 


 

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