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24 de abril de 2012
 
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INGENIERÍA DE LA EDIFICACIÓN. INSPECCIÓN TÉCNICA DE EDIFICIOS (ITE) EN CASTILLA LEÓN
Convertir conocimiento en valor añadido:  Guía práctica inmoley.com de la inspección técnica de edificios (ITE) en Castilla León. Inspección técnica de edificios (ITE) en Castilla león
Herramienta práctica > Guías prácticas: Ingeniería de la edificación. EBooks de Ingeniería de la edificación. 

La Consejería de Fomento tiene previsto dar un nuevo impulso a la Ley de Derecho a la Vivienda que aprobara hace dos años con un decreto que modificará el Reglamento de Urbanismo de Castilla y León. Esta  nueva regulación de Castilla y León plantea que las revisiones no se limiten a los edificios con usos residenciales y rebaja la edad máxima de las construcciones a 40 años. Además, incluye la condición de la habitabilidad y la hace obligatoria en 101 municipios de la Comunidad, ya que incluye todos los que tienen más de 5.000 habitantes y las unidades con más de 1.000 habitantes situadas en áreas urbanas. Hasta ahora, la Junta sólo exigía estas revisiones en municipios mayores de 20.000 habitantes y los que disponían de PGOU (Plan General de Ordenación Urbana), por lo que sólo debían aplicarlo sesenta ayuntamientos, informa Ical. También, los municipios que lo consideren pueden acordar la obligatoriedad de las inspecciones, siguiendo el modelo planteado por la Consejería de Fomento, aunque se les impone un plazo de cuatro años para que las ‘ITV’ se apliquen. Las segundas revisiones se llevarán a cabo a los diez años de las primeras en todos los casos.

El departamento que dirige Antonio Silván pretende que las inspecciones no sólo evalúen periódicamente el estado de conservación de las construcciones, su adecuación a las condiciones de seguridad, salubridad, habitabilidad, y el cumplimiento de los deberes de uso y dotación de servicios, sino también las obras y trabajos necesarios para mantener los edificios en buenas condiciones. Además, se precisará el plazo en que deben acometerse las reformas planteadas.

Así, el técnico que realice la revisión, deberá reflejar en el informe que elabore el estado general de conservación, especialmente de elementos vinculados con la estructura y la cimentación, así como las fachadas exteriores, interiores y medianeras, y las cubiertas, azoteas, voladizos, marquesinas, antenas y demás elementos susceptibles de desprendimiento. La Junta quiere asimismo que los informes técnicos incluyan un calendario con los plazos para la ejecución de las obras y trabajos exigidos, aunque en su defecto éste será de seis meses. 

De los 1.008 edificios que debían pasar la revisión en la Comunidad el pasado año –solo cuentan con reglamentos los municipios de León, Zamora, Salamanca, Valladolid, Ávila y Segovia- se tramitaron 713, lo que supone el 66 por ciento. De ellas, el 77 por ciento (546) fueron favorables y el resto contaron con un informa negativo (167), según datos provisionales del Observatorio de la ITE (Inspecciones Técnicas de la Edificación).

Respecto a los municipios en los que será obligatoria la inspección, además de los que tiene más de 5.000 habitantes, deberán pasarla los edificios que tengan más de 40 años de Coreses, Morales del Vino y Villaralbo. 

La Consejería pretende que las inspecciones no sólo evalúen periódicamente el estado de conservación de las construcciones, su adecuación a las condiciones de seguridad, salubridad, habitabilidad, y el cumplimiento de los deberes de uso y dotación de servicios, sino que debe también determinarán las obras y trabajos necesarios para mantener los edificios en buenas condiciones. Además, se precisará el plazo en que deben acometerse las reformas planteadas. 

De esta forma el técnico que realice la revisión, deberá reflejar en el informe que elabore el estado general de conservación, especialmente de elementos vinculados con la estructura y la cimentación, así como las fachadas exteriores, interiores y medianeras, y las cubiertas, azoteas, voladizos, marquesinas, antenas y demás elementos susceptibles de desprendimiento. 

Además, la Junta quiere que los informes técnicos incluyan un calendario con los plazos para la ejecución de las obras y trabajos exigidos, aunque en su defecto éste será de seis meses.  

 
 
 
 

 


 

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