13 de febrero
de 2012
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URBANISMO.
URBANISMO CANTABRIA. SUELO RÚSTICO DE PROTECCIÓN ABSOLUTA
(NUPA)
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inmoley.com del urbanismo de Cantabria. Zona de alto valor ambiental y
paisajístico dentro del área de protección del litoral
y calificada como suelo rústico de protección absoluta (NUPA)
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urbanismo.
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urbanismo.
El Ayuntamiento de
Santa Cruz de Bezana ha impuesto una multa de 30.050,61 euros a un vecino
de dicho municipio por una infracción urbanística muy grave
relacionada con unas obras de derribo y posterior reconstrucción
en un inmueble situado dentro del área de protección del
litoral y calificada como suelo rústico de protección absoluta.
Por acuerdo del Pleno
de la Corporación, la sanción se ha publicado en el Boletín
Oficial de Cantabria (BOC) para que estos hechos no vuelvan a repetirse.
Según consta
en el acuerdo, consultado por Europa Press, el 28 de mayo del año
2008, el alcalde del municipio acordó imponer la sanción
al implicado por una infracción urbanística muy grave.
En concreto la sanción,
confirmada judicialmente en abril de 2011 por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo
número 3 de Santander, tiene su origen en la ejecución de
unas obras de derribo y reconstrucción en un inmueble en situación
fuera de ordenación, ubicado en una zona de alto valor ambiental
y paisajístico dentro del área de protección del litoral
y calificada como suelo rústico de protección absoluta (NUPA),
en la calle Arnía de Soto de la Marina.
Las obras consistieron
en la reconstrucción de la planta y cubierta derruidas; obras --señala
el acuerdo-- contrarias al planeamiento urbanístico y a la resolución
administrativa que denegó la licencia para realizar las solicitadas
previamente, unido al incumpliendo de la orden de paralización y
ejecución de medidas de restauración, y que han supuesto
la ampliación sustancial en altura y configuración de la
planta bajocubierta y, en consecuencia, la del espacio habitable en el
interior con un coste aproximado de reposición 120.000 euros.
Dado que el Pleno de
la Corporación es competente para ordenar la publicación
de las sanciones impuestas por infracciones urbanísticas muy graves,
dicho órgano acordó, en sesión ordinaria celebrada
el pasado 25 de enero, publicar la sanción impuesta.
Al respecto el acuerdo
señala que, dada la gravedad de los hechos y la necesidad de evitar
que los mismos puedan llegar a repetirse, "existen razones más que
fundadas para proceder a la publicación de la sanción, como
ejemplo de lo que no debe hacerse en edificios en situación urbanística
de fuera de ordenación, y ubicados en terrenos ambientalmente protegidos".
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