La
primera "regla de oro"
en publicidad.
|
-
Llevar su mensaje al público
que usted desea alcanzar.
-
En este caso, el sector
inmobiliario, en todas sus vertientes y categorías.
|
Llegar al público
objetivo.
|
-
Porque la publicidad
es carísima (se lo decimos por experiencia,
inmoley.com se anuncia semanalmente en todos los medios de prensa),
pero está comprobada la eficacia de
los medios especializados como “vehículo-
coste - efectividad” para la promoción de productos altamente específicos.
-
Si necesita tener la garantía de que sus
anuncios se verán por profesionales del sector inmobiliario
y de la construcción: INSERTE SU PUBLICIDAD
EN inmoley.com
-
Desde inmoley.com,
ofrecemos la posibilidad de que su empresa se anuncie en nuestra web.
-
Tienen ventajas especiales las AGENCIAS
DE PUBLICIDAD y los MEDIOS
DE COMUNICACIÓN de reconocido prestigio.
|
Solicitar
precios /Formulario.
|
Hay diferentes precios, dependiendo de la página
en que se publique:
1. Páginas principales: Asesoramiento
legal (http://www.inmoley.com/esp/esp53.htm), Noticias inmobiliarias (http://www.inmoley.com/noticias.htm)
y Cursos inmobiliarios (http://www.inmoley.com/CURSOS.html).
2. Páginas secundarias: Todas las relativas
a secciones de noticias (ej. Andalucía)
Condiciones: La duración mínima
del anuncio es por un 1 mes y la forma de pago es anticipada.El banner
es un anuncio rectangular que puede ser estático o dinámico.
Su tamaño estandar es de 468x60 pixels. Pueden ser GIF o JPEG. Es
la creatividad tradicional y más usada hasta la fecha. El material
debe de ser entregado con una orden de contratación, en el que deberán
aparecer todos los datos del cliente, la fórmula de contratación,
el formato, la sección y la dirección URL a la que se debe
de redirigir.La creatividad se enviará a nuestra dirección
de correo electrónico, en un disquete formateado para PC. La imagen
debe de estar realizada en formato GIF (estático o animado), JPG
o JPEG. 12 KB máximo para el Banner de 468x60 píxeles. |
Solicitar
precios /Formulario.
|