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> Subvenciones > Extremadura>
Propiedad Horizontal > Hoy Digital
Valor
añadido > Las subvenciones
a las que pueden optar las comunidades de vecinos de Extremadura para realizar
obras de accesibilidad tienen como normativa de referencia el decreto 41/2004,
de 5 de abril, por el que se aprueba el Plan de Viviendas y Suelo de Extremadura
2004-2007. Y también la orden de 14 de junio de 2004, por la que
se desarrollan las actuaciones protegidas del Plan de Vivienda y Suelo
de Extremadura. Las comunidades pueden aspirar a obtener subvenciones tanto
estatales como de la Junta de Extremadura, que son compatibles y oscilan
entre el 10% y el 35% de la obra. En la rehabilitación integral
de un edificio cuando éste conste de una sola vivienda, la subvención
se otorgará según la ctuación predominante en la rehabilitación.
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NOTICIA
> Subvenciones > Madrid
> rehabilitación > revista de prensa > El Mundo
Valor
añadido > existen
subvenciones para las obras que hay que acometer en los edificios derivadas
de la ITE. La cuantía de estas ayudas es del 15%, para los Edificios
Catalogados con nivel 1 de protección o nivel 2, en su grado estructural.
Para el resto de inmuebles es del 10 %. Hay, por otro lado, una subvención
adicional del 10% para situaciones específicas.> La cuantía
máxima de la ayuda es de 3.606,07 euros, para vivienda o local de
negocio; y de 7.212,15 euros, para los titulares que puedan acogerse a
la subvención adicional del 10%. Para obtener la subvención,
hay que dirigirse a la EMV (c/ Palos de la Frontera, 13), y el proceso
es muy similar al anteriormente comentado. > Por último, para otro
tipo de rehabilitaciones, existen las Oficinas Comarcales de Rehabilitación
de Edificios (Ocres). Se trata de un servicio de la CAM, que se encarga
de la concesión de ayudas para la rehabilitación dispersa
de edificios y viviendas (c/ Capitán Haya 61; teléfono: 91
571 41 85). >Estas ayudas pueden consistir en la concesión de préstamos
a bajo interés o en subvenciones de hasta un máximo de 3.720
euros.
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> Subvenciones > Galicia
Valor
añadido > Instituto Galego
de Vivenda,> subvenciona > alojamientos en alquiler para jóvenes
y mayores. > línea de ayudas que suponen al promotor una subvención
del 40% del coste de construcción >condiciones >ofertar los pisos
a precios limitados y construirlos con capacidad mínima para dos
personas. Por su parte, los beneficiarios habrán también
de cumplir una serie de requisitos, como ser menores de 35 años
o mayores de 60 y contar con ingresos bajos.
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> Subvenciones > Andalucía
Valor
añadido > El ICO fomentará
con subvenciones la instalación de empresas 'líneas de cooperación'
con la Junta para financiar los nuevos espacios tecnológicos
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> Prensa
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> Subvenciones > Madrid > Aviso
por fecha
Valor
añadido > Consejería
de Obras Públicas, Urbanismo y Transportes >Bases para la concesión
de la financiación cualificada prevista en el Decreto 228/1999 (BOCM
15.01.1999), por el que se regula el régimen jurídico de
las ayudas en materia de viviendas con protección pública
y rehabilitación con protección pública del Plan de
Vivienda de la Comunidad de Madrid 1997- 2000.Para particulares. A la promoción,
adquisición, adjudicación y arrendamiento de viviendas de
protección pública: préstamos cualificados concedidos
por Entidades de crédito públicas y privadas y ayudas económicas
directas. A la promoción de actuaciones de Rehabilitación
con protección pública: subvenciones. B.O. de la Comunidad
de Madrid-25 05 1999 B.O. de la Comunidad de Madrid-11 01 2000 B.O. de
la Comunidad de Madrid-04 09 2000 Plazo de Presentación de Instancias:
30 09 2004.: Las solicitudes se presentarán en el Registro General
de la Consejería de Obras Públicas, Urbanismo y Transportes
o a través de los medios previstos en la Ley 30/1992. BOCM 4.09.2000,
se modifica el Decreto 228/1998.
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> Subvenciones > Madrid >
Valor
añadido > Consejería
de Obras Públicas, Urbanismo y Transportes > Decreto 12/2001. Ayuda
económica a la adquisición de vivienda libre y vivienda protegida
en segundas o posteriores transmisiones para el período 2001-2004.
> particulares > Requisitos: Que entre la celebración
del contrato de opción de compra, compraventa o escritura pública
y la solicitud de ayuda y vidado de dicho título de adquisición,
no hayan transcurrido más de dos meses. Que el adquiriente tenga
ingresos familiares que no excedan de 3,5 veces el salario mínimo
interprofesional. Que se trate del primer acceso a la vivienda en propiedad.>
El 5 por 100 si el adquiriente tiene ingresos familiares inferiores a 2,5
millones de pesetas. El 4 por 100 si el adquiriente tiene ingresos familiares
entre 2,5 y 3,5 millones de pesetas. B.O. de la Comunidad de Madrid-30
01 2001 B.O. de la Comunidad de Madrid-08 02 2001 B.O. de la Comunidad
de Madrid-08 03 2002 > Plazo de Presentación de Instancias: 31 12
2004 > BOCM 8.03.2002, se modifican algunos aspectos, entre ellos los requisitos.
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> Subvenciones >Madrid
Valor
añadido > Consejería
de Obras Públicas, Urbanismo y Transportes >Ayuda económica
a la adquisición de vivienda libre y vivienda protegida en segundas
o posteriores transmisiones para el período 2001-2004, establecida
en el Decreto 12/2001, de 25 de enero (BOCM 30.01.2001) > particulares
> entre la celebración del contrato de opción de compra,
compraventa o escritura pública y la solicitud de ayuda y vidado
de dicho título de adquisición, no hayan transcurrido más
de dos meses. Que el adquiriente no supere los 3,5 millones de pts. de
ingresos familiares. Que se trate del primer acceso a la vivienda en propiedad.
Que el precio máximo de venta de la vivienda, no supere los 20 millones
de pesetas.> El 5 por 100 si el adquiriente tiene ingresos familiares inferiores
a 2,5 millones de pesetas. El 4 por 100 si el adquiriente tiene ingresos
familiares entre 2,5 y 3,5 millones de pesetas. B.O. de la Comunidad de
Madrid-08 02 2001 B.O. de la Comunidad de Madrid-16 07 2001. >Plazo>: Convocatoria
abierta. La solicitud de ayuda deberá presentarse en el plazo máximo
de dos meses a contar desde la fecha de celebración del contrato
de opción de compra o de compraventa o de otorgamiento de escritura
pública. Consultar bases. >: BOCM 16.07.2001, se modifican los artículos
9 y 10 de esta Orden.
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> Subvenciones > Cataluña
Valor
añadido > Departamento
de Bienestar Social > Ayudas personalizadas para alojamiento: se establece
una línea de ayudas a fondo perdido para personas que acrediten
no poder satisfacer los recibos impagados del alquiler o las cuotas de
amortización de un préstamo hipotecario no amortizado de
una vivienda de promoción privada, con el fin de posibilitar la
permanencia continuada del solicitante y de su familia en la vivienda.>
particulares > Residir en Cataluña. Ser titular contractual de la
vivienda promovida por un promotor privado o cesionario del contrato de
arrendamiento con el consentimiento escrito del arrendador o encontrarse
incluido en los supuestos regulados en los arts. 15 o 16 de la LAU, de
24 de noviembre de 1994; pertenecer a una familia con unos ingresos mensuales,
inferiores en dos veces al salario mínimo interprofesional. > La
cuantía máxima de la ayuda será de 1.500 euros.>D.O.:
de la Generalidad de Cataluña-13 03 2002
Plazo de Presentación de Instancias: 29
11 2002
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> Subvenciones > Cataluña
Valor
añadido > Departamento
de Bienestar Social > tramitación telemática del procedimiento
de concesión de ayudas personalizadas al alojamiento. (Plan de actuación
e-Europe 2002 de las Comunidades Europeas) > particulares > Además
de los específicos recogidos en la normativa reguladora, la persona
solicitante deberá realizar una declaración responsable sobre
los siguientes extremos: a) No ser propietario de ninguna otra vivienda
ni de otro derecho de uso; b) Los ingresos mensuales de la unidad familiar;
c) La inexistencia de parentesco por vínculo de matrimonio u otra
relación estable análoga, por consanguinidad o adopción
hasta el segundo grado.>D.O.: de la Generalidad de Cataluña-05 07
2002. >Plazo Convocatoria abierta. La presentación de solicitudes
y comunicaciones de documentos mediante los medios telemáticos o
telefónicos del Portal de la Administración Abierta de Cataluña
podrá realizarse todos los días del año durante las
veinticuatro horas del día. A efectos de cómputo de plazos,
la recepción por el Registro de la Administración Abierta
de Cataluña en un día inhábil se entenderá
efectuada en el siguiente primer día hábil. Las solicitudes
de ayudas personalizadas al alojamiento pueden realizarse a través
de los medios telemáticos y telefónicos del Portal de la
Administración Abierta de Cataluña.
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> Subvenciones > C. Valenciana
Valor
añadido > Consellería
de Obras Públicas, Urbanismo y Transportes > DECRETO 92/2002, de
30 de mayo, del Gobierno Valenciano, sobre actuaciones protegidas en materia
de vivienda y suelo para el periodo 2002-2005. > particulares >: Podrán
ser promotores de las actuaciones protegidas las personas físicas
o jurídicas, públicas o privadas. Consultar bases. D.O.:
de la Generalidad Valenciana-04 06 2002.>Plazo de Presentación de
Instancias: Convocatoria abierta.
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> Subvención >
Fomento > supresión tendidos eléctricos urbanos
Valor
añadido > convenio municipal
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> Prensa
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> Subvención >
Fomento > supresión tendidos eléctricos urbanos
Valor
añadido > convenio municipal
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> Prensa
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> Subvención >
Fomento > supresión tendidos eléctricos urbanos
Valor
añadido > convenio municipal
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> Prensa
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> Subvenciones >Promotores
de energía eólica de la región defienden las ayudas
del Gobierno ante la propuesta de la CNE de eliminarlas
Valor
añadido > propuesta de
la Comisión Nacional de la Energía de retirar las ayudas
gubernamentale en formas de primas sobre el premio de kilowatios hora
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> Prensa