NOTICIAS INMOBILIARIAS PROFESIONALES.
NOTICIAS DE LA CONSTRUCCIÓN, URBANISMO E INMOBILIARIO.

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¿CÓMO LEGALIZAR LAS VIVIENDAS ILEGALES DE LA COMUNIDAD VALENCIANA?
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¿Qué debe saber un profesional en un caso práctico como el de la noticia?
  • En la Comunidad Valenciana hay 306.000 viviendas si regularizar
  • Ley 1/2019, de 5 de febrero, de la Generalitat, de modificación de la Ley 5/2014, de 25 de julio, de ordenación del territorio, urbanismo y paisaje de la Comunitat Valenciana.
El conseller de Urbanismo, Arcadi España, participó en una jornada de trabajo en el Colegio de Arquitectos en Alicante. Señaló que en la Comunidad Valenciana existen en estos momentos censadas un total de 306.000 viviendas sin regularizar, muchas de las cuales ocupan, además, suelo susceptible de sufrir inundaciones en caso de situaciones como la DANA de septiembre o la borrasca "Gloria" del pasado enero. La regularización es uno de los objetivos de la nueva Ley de Ordenación del Territorio (Lotup). "El objetivo de la ley es minimizar el riesgo, y para ello vamos a crear la Agencia Valenciana de Protección del Territorio a la que los municipios podrán ceder sus competencias en disciplina urbanística si no tienen medios". En otra jornada en el Colegio de Ingenieros Vicente Joaquín García Nebot, Director General de Urbanismo de la Generalitat Valenciana afirmó que "este año se aprobarán tres nuevos reglamentos, el primero dirigido a generar instrumentos de ayuda a los municipios, un segundo capaz de minimizar impactos en la regularización ambiental y un tercero que contemple la creación de la agencia de protección del territorio'.

 
Prensa inmobiliaria / edificación / urbanismo.
Con lo que tarda un planeamiento municipal y lo fácil que es anularlo (el mundo)
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Manuel Benabent, ex director general de Urbanismo de la Junta, señala que el plazo medio para tramitar un PGOU es de 8 años, y deben pedirse más de 30 informes. Aún peor, dado su carácter de reglamento, la anulación judicial de un solo punto tumba todo, sin margen para la enmienda. 

 
CLAVES DE LA REFORMA DE LA LEY DE URBANISMO DE CATALUÑA
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  • Modificaciones en el texto refundido de la Ley de Urbanismo de Cataluña, derivadas del Decreto-ley 17/2019, de 23 de diciembre, de medidas de refuerzo urgentes para mejorar el acceso a la vivienda. 
  • Los planes de ordenación urbanística municipal deben reservar como mínimo el 30% del techo que se califique para uso residencial de nueva implantación. El DL 17/2019 incluye ciertas medidas para reservar un porcentaje específico de suelo de uso residencial para la construcción de Viviendas de Protección Oficial: Regla general: 30% del límite calificado para uso residencial de nueva implantación
  • Los planes de ordenación urbanística municipal deben reservar como mínimo el 30% del techo que se califique para uso residencial de nueva implantación. Aumento del porcentaje para los municipios con demanda residencial fuerte y acreditada
  • Medidas  para  incrementar  el  patrimonio  público  de  suelo  y  de  vivienda  con  destino  a  viviendas de protección pública 
Planeamiento urbanístico y calificación del suelo para vivienda protegida. Se añade un apartado 2 bis al art. 8 de la Ley 18/2007 en que se reconoce que en el marco de  las competencias de promoción y gestión de la vivienda de protección pública los entes locales  ejercen las funciones siguientes: a) el encargo de los proyectos de edificación sobre suelos de  titularidad municipal o sobre los que tenga disponibilidad para la construcción de viviendas de  protección  pública,  la  licitación  y  la  ejecución  de  las  obras;  b)  la  definición  de  los  criterios  y  procedimientos de adjudicación de las viviendas promovidas por los entes locales y la selección  de las personas adjudicatarias de las viviendas; c) la gestión de las viviendas promovidas por los  entes locales en régimen de alquiler y su mantenimiento; y d) la ejecución de los programas y  líneas  de  actuación  que  define  la  Ley  18/2007  o  los  planes  de  vivienda,  con  la  finalidad  de  incrementar el parque de viviendas de titularidad o gestión municipal.  Se modifica el art. 17 de la Ley 18/2007 en relación con el planeamiento urbanístico, que deberá,  mediante el establecimiento de la calificación urbanística de vivienda de protección pública y la  determinación de los porcentajes de techo que los sectores de planeamiento derivado tienen que  reservar para esta destinación, vincular el suelo al régimen de protección oficial. 

 
RIESGOS URBANÍSTICOS Y MEDIOAMBIENTALES DE VERTEDEROS Y DEPÓSITOS DE RESIDUOS A CIELO ABIERTO
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¿Qué debe saber un profesional en un caso práctico como el de la noticia?
  • La implantación de depósitos de residuos debe ajustarse a la planificación sectorial conforme a la Ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados
  • Debe contar con una específica evaluación ambiental estratégica en la que intervenga la participación ciudadana, y se analicen todas las alternativas de emplazamiento. Sin esta evaluación la autorización del depósito de residuos es nula.
  • Además de esta evaluación medioambiental deben respetarse las normas de planeamiento territorial para categorías de suelo en sistema de espacios abiertos mediante un riguroso estudio de alternativas de emplazamiento, en la integridad del ámbito espacial y descartar cualquier posibilidad de emplazamiento de aquéllas en suelos de menor protección territorial.
  • Y debe seguirse el trámite de compatibilidad urbanística, por ejemplo, la cercanía a zonas pobladas.
  • Todas estas precauciones obedecen a las consecuencias del vertido de toneladas de residuos durante largos periodos de tiempo. En el caso de  instalaciones promovidas por la iniciativa privada no es ningún secreto que son actividades muy lucrativas. Con un mínimo acondicionamiento del suelo,  impermeabilización incluida, el promotor realiza una actividad para la que hay muchísima demanda, tanto de constructoras como de industrial.
Es frecuente que lleguen a juicio autorizaciones e instrumentos de planeamiento que dan cobertura al emplazamiento de la actividad sin atender a la declaración de evaluación ambiental, así como a la sujeción a la ordenación urbanística y territorial. En muchos casos se ha sancionado la pretensión de  promotor y Administración autorizante de hacer pasar el depósito de residuos por un programa de restauración de actividad minera, cuestión muy diferente porque en la minería se trata de un mismo recurso natural con sus propios programas de restauración. Lamentablemente no son infrecuentes los casos en que servicios técnicos del órgano ambiental competente no vigilan adecuadamente el acondicionamiento imprescindible en garantía de las exigencias de seguridad y prevención de riesgos naturales.

 
NUEVA LEY MEDIOAMBIENTAL DE CASTILLA LA MANCHA
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  • Ley 2/2020, de 7 de febrero, de Evaluación Ambiental de Castilla-La Mancha 
La Ley 2/2020, de 7 de febrero, regula la evaluación ambiental de los planes, programas y proyectos que puedan tener efectos significativos sobre el medio ambiente, con el fin de garantizar en la región un elevado nivel de protección ambiental y promover un desarrollo sostenible. Aspectos medioambientales en la elaboración de planes, programas y proyectos. Se incorporan los aspectos medioambientales en la elaboración de planes, programas y proyectos y establece medidas que permitan prevenir, corregir o compensar los efectos adversos sobre el medio ambiente y otras de vigilancia, seguimiento y sanción. La Ley 2/2020 se aplica a los planes y programas que se aprueben en Castilla-La Mancha por la Administración regional o local que serán objeto de una evaluación ambiental estratégica ordinaria o simplificada, así como los proyectos que pretendan realizarse en la Comunidad que tendrán que ser objeto de una evaluación de impacto ambiental, tanto ordinaria como simplificada. No serán objeto de evaluación ambiental estratégica los planes y programas que tengan como único objeto la defensa nacional o la protección civil en casos de emergencia y los de tipo financiero o presupuestario. Además, el órgano sustantivo podrá determinar, caso por caso, que la evaluación de impacto ambiental no se aplique a proyectos o partes de proyectos que tengan como único objetivo la defensa y a los proyectos que tengan como único objetivo la respuesta a casos de emergencia civil. El Consejo de Gobierno también podrá excepcionalmente excluir un proyecto determinado de la evaluación de impacto ambiental cuando su aplicación pueda tener efectos perjudiciales para la finalidad del proyecto, así como aquellos proyectos que consistan en obras de reparación o mejora de infraestructuras críticas.

 
LAS CIUDADES INTELIGENTES ESTÁN EN AUMENTO, ¿ESTAMOS PREPARADOS?
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  • La ONU estima que para 2050 dos tercios de la población mundial vivirán en ciudades, en comparación con poco más de la mitad en la actualidad. 
  • Frost and Sullivan ha pronosticado que habrá al menos 26 ciudades inteligentes importantes de pleno derecho en los próximos años.
  • Las ciudades de todo el mundo están buscando las mejores formas para hacer más con menos a través de tecnologías de automatización. 
  • La creación de estas "ciudades inteligentes" tiene el potencial de impulsar la eficiencia y mejorar los servicios.
  • Su implementación debe combinarse con soluciones y prácticas de ciberseguridad sólidas para mitigar las vulnerabilidades que los convertirían en objetivos atractivos para los actores de amenazas.
Tentados por las posibilidades de poder controlar y monitorear de manera remota los activos y procesos en todos sus distritos, los gestores de la ciudad están implementando tecnologías inteligentes en una gran cantidad de servicios. Estos incluyen alumbrado público, transporte, control de tráfico y servicios públicos.  A través de una mayor conectividad existe un mayor riesgo y los resultados de un ciberataque exitoso en la infraestructura de la ciudad inteligente pueden ser catastróficos. Por ejemplo, un ataque contra la red eléctrica de una ciudad podría cortar la energía durante un período prolongado, lo que provocaría que las empresas no pudieran operar y los residentes tuvieran que estar sin instalaciones de calefacción, iluminación y cocina. Otro ejemplo podría ser que los sensores de IoT (internet de las cosas) que se utilizan para notificar a los recolectores de basura cuando se recogen los desechos se eliminan. El resultado sería que la basura se acumula durante semanas creando un riesgo para la salud pública. Además del impacto físico de un ataque cibernético, estos sistemas se ejecutan en una cantidad significativa de datos, incluida la información personal, que presenta otro objetivo tentador para el Big Data.

 
LOS CONVENIOS URBANÍSTICOS SON UNA HERRAMIENTA IMPORTANTÍSIMA PARA LOS PROMOTORES INMOBILIARIOS.
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¿Qué debe saber un profesional en un caso práctico como el de la noticia?
  • Se puede conseguir mucho más con un convenio urbanístico que siguiendo el trámite ordinario. Por eso es tan importante no cometer errores al redactar un convenio urbanístico, porque el diablo está en los detalles.
Según los promotores experimentados en firmar convenios urbanísticos sólo tienen una pega, que del otro lado está la administración y que como no cumpla y haya que ir a juicio ser tarda años y las garantías de recuperar el dinero aportado quedan en el aire. Y lo que es peor te enemistas con ese ayuntamiento y por contagio con todos los de la zona. Por eso es tan importante empezar a poner ladrillos el mismo día que se firma el convenio urbanístico. El incumplimiento del convenio por parte de la Administración da lugar a responsabilidad patrimonial administrativa. Otras veces el incumplimiento de los convenios urbanísticos viene de los promotores o propietarios que no ejecutan los derechos urbanísticos reconocidos en un convenio, pero atención que el incumplimiento del promotor no es obstáculo para el cumplimiento de las obligaciones contraídas por la administración. Si se frustra el convenio, una facultad del promotor es solicitar su resolución y consiguiente indemnización, al menos el reintegro de las cantidades abonadas (sobre otros conceptos indemnizatorios). En estos casos, es habitual que el promotor haya adelantado una serie de cantidades que pueden ser elevadas, pese a que finalmente la Administración se ha quedado con ellas sin cumplir con su parte del convenio. 

 
CONVENIOS URBANÍSTICOS

 
LA AUDITORÍA URBANÍSTICA DEBERÍA SER OBLIGATORIA Y NO TARDARÁ EN SERLO. ¿POR QUÉ? 
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¿Qué debe saber un profesional en un caso práctico como el de la noticia?
  • Porque en el urbanismo hay muchos intereses, se mueve mucho dinero y porque es tan complejo que se pueden cometer errores humanos.
Al referirnos a intereses queremos ser positivos y pensar en el interés de los promotores inmobiliarios en que se agilicen las licencias urbanísticas. ¿Por qué se forman cuellos de botella en las concesiones de licencias? El único medio para saberlo es realizar una auditoría urbanística que señale tiempos máximos de tramitación, que alerte de posibles ineficiencias, evite tiempos muertos en la tramitación señale los expedientes y que proponga mejoras para reducir el riesgo de prescripción de expedientes, por ejemplo, evitar partidas de cobros no ejecutados. Cuando decimos que se mueve mucho dinero en el urbanismo nos referimos a que se producen escándalos por comportamientos irregulares en algunos ayuntamientos que no hacen sino confirmar la necesidad de potenciar las auditorías urbanísticas en el marco del análisis del sector local. Dicho objetivo, no obstante, exige una adecuada formación de los auditores públicos y privados, teniendo en cuenta que el riesgo en este tipo de auditorías está principalmente en lo que queda fuera de la documentación y las cuentas analizadas. Pero a pesar de que sea necesaria una auditoría urbanística en caso de sospechas de fraude, no se debe calificar la auditoría urbanística como un instrumento sancionador, sino como descubridor y analizador de la realidad urbanística municipal.

 
AUDITORÍA URBANÍSTICA

 
LA TRAMITACIÓN DE LAS LICENCIAS URBANÍSTICAS DEBE ENFOCARSE DESDE UNA PERSPECTIVA EMINENTEMENTE PRÁCTICA. 
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¿Qué debe saber un profesional en un caso práctico como el de la noticia?
  • Hay dos cuestiones que preocupan especialmente a los promotores inmobiliarios y constructores: (i) los retrasos en el proceso de tramitación de licencias y (ii) la  caducidad de la licencia urbanística con lo que cuesta conseguirla. 
La mejor forma de evitar retrasos en la tramitación de licencias urbanísticas es anticiparse a los aspectos administrativos y técnicos fundamentales a considerar en la elaboración de la documentación técnica y la tramitación de licencias urbanísticas. Conseguir una licencia urbanística no es fácil y conlleva mucha responsabilidad. Hay que llegar al ayuntamiento con todo preparado y asegurarse que todo está en orden antes de presentar la solicitud. No se puede malgastar tiempo presentando documentaciones incompletas o proyectos que claramente no encajan. No basta con que todo esté bien, es que tiene que estar hecho a la medida de cada ayuntamiento, o casi de cada funcionario, porque en materia de licencias todo es práctica y conocer los criterios de cada ayuntamiento por casos anteriores es llevar mucho andado. En el caso de la caducidad de licencias hay que estar especialmente atento porque se puede producir como consecuencia de no iniciar las obras en el plazo concedido en la licencia o bien por no terminarlas, una vez iniciadas, dentro del plazo de ejecución. Es frecuente el caso en que concedida una licencia de obras, resulta que después de la concesión de una prórroga a la misma, las obras no han terminado. Cuando el Ayuntamiento se plantea iniciar expediente para declarar la caducidad de la licencia hay que conocer los efectos que conlleva y cómo evitarla.

 
LA REHABILITACIÓN URBANÍSTICA DEL BID DE AZCA MADRID REVALORIZARÁ LA ZONA UN 15% 
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¿Qué debe saber un profesional en un caso práctico como el de la noticia?
  • El pasado año se firmó un convenio público-privado de dos millones de euros entre el ayuantamiento de Madrid y Merlin Properties. Las obras para rehabilitar tanto el espacio público como el espacio privado de uso público, en el entorno del edificio Picasso y la plaza principal de Azca, que lleva el mismo nombre, comenzarán en breve y tendrán un plazo de ejecución de cinco meses, aunque el «tiempo total dependerá, finalmente, de las constructoras», aseguran fuentes de la compañía inmobiliaria.
  • Merlin y GMP crean una empresa rehabilitadora de Azca denominada Renazca
La principal actuación consistirá en la demolición de la rampa que conecta los tres niveles de Azca (Ruiz Picasso, avenida de la Vaguada y Carlos Trías Bertrán) y que está situada en la esquina noroeste de la plaza de Pablo Ruiz Picasso. Actualmente, ese pasadizo «es el principal escollo para la recuperación» de la City madrileña, ya que crea zonas «inseguras e insalubres». En este sentido, la propuesta que ultima Merlin sustituye la rampa por un ascensor público y una escalera nueva que conectará Ruiz Picasso con la avenida de la Vaguada, «una conexión limpia y directa que permitirá en todo momento que el peatón sepa adonde se dirige, sin ningún obstáculo visual». El proyecto tiene como objetivo crear accesos despejados, evitar los recovecos y mejorar la iluminación para hacer el espacio más diáfano. «Azca será completamente permeable hacia la calle de Orense», aseguran desde Merlin. Asimismo, se cambiará el pavimento y se arreglarán falsos techos. También se crearán zonas ajardinadas y se plantarán árboles –seguramente abedules– en alcorques, creando una zona estancial y no de paso.

 
LA CONCENTRACIÓN PARCELARIA COMO RESPUESTA A LAS PROTESTAS DEL CAMPO
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  • La concentración parcelaria es la ordenación de las fincas rústicas, con la finalidad de promover la constitución y el mantenimiento de explotaciones agrarias de estructura y dimensiones adecuadas. Se trata de alcanzar tamaños de explotación económicamente más rentables. Con la concentración parcelaria se ubican en una sola finca las diferentes fincas que existían previamente, lo que permite adaptar la estructura de las explotaciones y reordenar e identificar la propiedad del suelo rústico.
  • Las concentraciones parcelarias son imprescindibles cuando están vinculadas a actuaciones de modernización o transformación de nuevos regadíos.
  • Las actuaciones de concentración parcelaria son una de las actuaciones más eficaces en el medio rural para potenciar la actividad y el empleo y constituyen una herramienta contrastada de lucha contra el despoblamiento y los desequilibrios territoriales.
Entre los principales beneficios está la mejora de la rentabilidad de las explotaciones al hacerlas más eficientes, permitir la diversificación de las producciones, el aumento de la eficiencia y la vida útil de la maquinaria, la mejora de la comunicación en el medio rural y la multiplicación de las funciones y los usos potenciales del suelo rústico. Proporciona, además, el saneamiento jurídico de la propiedad (se realiza la inmatriculación registral de las nuevas fincas), beneficios socioeconómicos como la mejora del nivel de vida de los agricultores, la atracción de jóvenes y mujeres a la producción agraria, potencia el desarrollo de la industria agroalimentaria y facilita la comunicación en el medio rural, pues se da a las nuevas fincas acceso directo a las vías de comunicación, para lo cual se establece la red viaria necesaria. La alta atomización o número de parcelas por agricultor hacen inviable las explotaciones agrarias, por ello surge el proceso de concentración parcelaria. En aquellos municipios donde se han realizado estos procesos ha emergido aún más el desarrollo. Donde existe una alta división de la propiedad y no se realizan las concentraciones parcelarias están hipotecando el futuro agrario de ese municipio o comarca.

 
CONCENTRACIÓN PARCELARIA

 
GESTIÓN MEDIOAMBIENTAL DE VERTEDEROS EN EL PAÍS VASCO
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¿Qué debe saber un profesional en un caso práctico como el de la noticia?
  • El Gobierno vasco otorga las autorizaciones y también se encarga del control de las instalaciones. 
  • Los vertederos, controlados o no, pueden plantear un serio problema, debido a la llegada al medioambiente de importantes volúmenes de lixiviados, de características químicas muy dispares y que, en muchos casos, pueden ser dañinos para la salud humana, para las aguas superficiales y subterráneas y para los ecosistemas.
  • Realización del inventario ambiental de la zona del vertedero
Aguas abajo de estos emplazamientos de acumulación de una gran variedad de residuos tanto urbanos como industriales, en ocasiones es habitual encontrar irisaciones o colores extraños en las aguas, con fuertes olores de origen químico o con conductividades eléctricas que poco tienen que ver con aguas de origen natural. Estos suelen ser signos ligados a fugas de lixiviados que, por diferentes motivos, alcanzan lugares más allá de los límites de algunos vertederos. La normativa actual sobre vertederos exige a las instalaciones de vertido una serie de requisitos técnicos en cuanto a barreras de protección e impermeabilización y recogida de lixiviados, con el fin de evitar daños al medio ambiente. No obstante prevé en algunos casos la posibilidad de no disponer de dicha impermeabilización, previa realización de un informe de  evaluación de riesgos de cara a demostrar la inexistencia de afección del vertedero al medio circundante (suelo, ecosistema, aguas subterráneas y superficiales). Ante esta situación, resulta necesario definir una metodología para el control/seguimiento de los lixiviados y los gases en vertederos no impermeabilizados, anteriores a la entrada en vigor de las normativas reguladoras. 

 
INFORME DE INVERSIÓN INMOBILIARIA LOGÍSTICA EN ESPAÑA
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  • Snapshot Logística T2 2019 - Junio 2019 de Knight Frank.
  • Tendencias de ocupación e inversión del segundo trimestre de 2019 en el mercado logístico español.
  • Durante el primer semestre de 2019 la absorción en Madrid se sitúa en casi 155.000 m², habiéndose contratado durante el segundo trimestre del año más de 87.500 m². En Barcelona, el take-up alcanza los 345.000 m² en el primer semestre.
  • La rentas prime permanecen estables tanto en la capital como en la ciudad condal, manteniéndose en 5,50 €/m²/mes y en 6,85 €/m²/mes respectivamente.
  • Mercado de usuarios
  • En el segundo trimestre más del 65% de la superficie contratada en la capital ha tenido lugar en la primera corona, coincidiendo con la tendencia de la demanda de los operadores a situarse en la última milla y dar respuesta a la revolución de reducir al máximo los tiempos de entrega.
  • En el segundo trimestre del año la inversión ha alcanzado los 326 M€, cinco veces más que la inversión realizada en el mismo periodo del año anterior. El volumen nacional en el primer semestre se sitúa por encima de los 530 M€.
  • Debido al interés que siguen generando los activos logísticos en el mercado de inversión, durante este segundo trimestre las yields se han comprimido ligeramente pasando del 5,25% al 5%.
  • La inversión en Madrid ha sido superior a la de Barcelona durante el segundo trimestre, aproximadamente 170 M€ en la capital versus los más de 107 M€ en Barcelona.
  • Una de las operaciones más relevantes ha sido la venta de una plataforma logística de Invesco en P.I. Los Gavilanes (Getafe). Al 85% de ocupación, cuenta con inquilinos como Mercadona, Ader o ATDL, y se encuentra en una localización privilegiada para dar respuesta a las necesidades de la última milla. 
El pasado año, el mercado inmobiliario logístico en España siguió su tendencia de crecimiento, hasta alcanzar cifras históricas, según recoge el último Snapshot Logístico elaborado por la consultora inmobiliaria Knight Frank. Así, la inversión logística realizada durante 2019 en nuestro país llegó a casi 1.800 M€, más de un 44% de incremento respecto al año anterior, y alcanzando en 2019 el 24% del total de inversión en terciario, cifra que hace cuatro años tan solo suponía el 8%.

 
LAS LICENCIAS URBANÍSTICAS EN LA FUTURA LEY DEL SUELO DE MADRID
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  • La futura ley del suelo de Madrid podría coincidir en soluciones novedosas en materia de licencias urbanísticas.
  • El anteproyecto de ley del suelo de Madrid va a impactar a todos los niveles, tanto facilitando la consecución de suelo finalista como para la uniformización de la tramitación de licencias. Hasta ahora cada Ayuntamiento tenía su propio modo de actuar pero la nueva ley del suelo de Madrid va a suponer la unificación de los procesos. De este modo los procedimientos quedarán cotejados por la nueva ley del suelo de Madrid sin dejar margen a discrecionalidades municipales como sucede en la actualidad. 
  • Esta es una de las cuestiones que queremos plantear en la entrevista que desde inmoley.com hemos solicitado a la Consejería. 
  • Ya hace 20 años inmoley.com publicó  el primer libro de la ley del suelo con los prólogos del entonces consejero de la Comunidad de Madrid y el secretario general de Asprima.
Hay que partir de la base de que la Comunidad de Madrid se enfrenta a tres realidades municipales diversas en materia de licencias urbanísticas. En el caso de Madrid capital ya casi no queda suelo, tan solo en el sudeste, Operación Chamartín y Castellana. En el resto de la Comunidad hay un segundo cinturón que está atendiendo la demanda de suelo que no puede ofrecer la capital. Estas ciudades satélites tienen mucha demanda de vivienda pero claro a precios razonables y una de las causas del encarecimiento de la vivienda es el retraso en las licencias urbanísticas. En el tercer cinturón hay pueblos pequeños sin la adecuada vigilancia urbanística y con arquitectos contratados por días que van a un ritmo de otros tiempos. Es decir, que en Madrid están los tres casos de urbanismo municipal que hay en toda España. En este escenario municipal, merece especial mención la reforma que se acomete de la licencia urbanística como instrumento tradicional de intervención en el uso del suelo, así como las novedades relativas a las sanciones administrativas y las reglas para determinar su cuantía, confiriendo a la Administración la posibilidad de decomisar el beneficio obtenido por el infractor. Una cuestión urgente es la coordinación del régimen de licencias (art. 151 LSM) con la intervención de las Entidades colaboradoras en la gestión de licencias urbanísticas (ECLU), incorporadas por la Ley 2/2012, de 12 de junio, de Dinamización de la Actividad Comercial en la Comunidad de Madrid. A modo de ejemplo, las obras de acondicionamiento de locales comerciales no se rigen por la LSM sino por la Ley 2/2011. Se establece la posibilidad de que la sanciones impuestas pueda reducirse en un 60% cuando el responsable inicie inmediatamente los trámites necesarios para legalizar los actos sancionados o para restaurar la legalidad; además de la posibilidad de reducir en un 50% de la cuantía de la sanción si éstas son abonadas en el plazo de periodo voluntario y, en el mismo plazo, el infractor muestra por escrito su conformidad con las mismas y renuncia expresamente al ejercicio de toda acción de impugnación en el referido plazo. 

 
¿TIENE ALGÚN SENTIDO TENER QUE ESPERAR 12 MESES A OBTENER UNA LICENCIA URBANÍSTICA CUANDO EN PARÍS LA DAN EN 6? 
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  • La media nacional en la concesión de licencias urbanísticas está entre los 10 y los 12 meses de espera. En París, 6 meses.
  • No es de extrañar que los promotores inmobiliarios digan que los ayuntamientos son el muro que frena la construcción y una de las principales causas de falta de vivienda. 
  • Es ilógico que no se utilice software de comprobación administrativa, similar al de las compliance legales, y que permite validar las normas urbanísticas partiendo del modelo digital del edificio (BIM)
Lo razonable sería conceder una licencia urbanística en menos de tres meses, puesto que se trata de un acto reglado en el que el ayuntamiento está obligado a otorgar la licencia en un plazo determinado que no se cumple. Y si el ayuntamiento no cumple pues habrá que poder exigir responsabilidades por lucro cesante. El problema de las licencias urbanísticas es que hay una gran cantidad de gestiones que involucran a varios organismos diferentes y sus intervenciones se solapan con el proceso que realiza el ayuntamiento. Imaginemos una promoción inmobiliaria de 36 meses, de los cuales un tercio se dedica a obtener las licencias de obra y primera ocupación, por lo que un 33% del tiempo que lleva un periodo de construcción no aporta ningún valor a la industria y resta productividad a las constructoras y a las promotoras inmobiliarias.

 
INFORME INMOBILIARIO DE POLÍGONOS LOGÍSTICOS
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  • Según el último informe de JLL, el volumen de inversión récord en 2019 ha sido un 31,4% más que en 2018
  • Fundamentales Mercado Logístico 4T 2019
La contratación logística en el mercado de Madrid durante el cuarto trimestre del año fue de, aproximadamente, 115.000 m2. Una de las operaciones más grandes del trimestre se ha producido en la en el polígono Los Gavilanes de Getafe, donde Mercadona ha contratado más de 45.000 m2 para dar cobertura a la zona sur de Madrid. En el total de 2019, se ha alcanzado una contratación de más de 550.000 m2, lo que equivale a un descenso del 40% con respecto al año anterior, principalmente debido a la falta de grandes operaciones en el mercado. Mientras que en 2018 se produjeron 13 operaciones por encima de los 20.000m2, el cual fue un año excepcionalmente positivo en términos de contratación, en 2019 tan solo se han cerrado 5. A pesar de este dato, la demanda de naves logísticas sigue activa en el mercado madrileño. La contratación en Barcelona en el cuarto trimestre del 2019 fue de 110.000 m2 con 12 operaciones de alquiler, de las cuales 5 eran pre-let. La operación más grande la realizó Alliance Healthcare alquilando casi 26.000 m2 en el polígono industrial Can Alemany, en Viladecans. En total, se han contratado más de 580.000 m2, tan solo un 4,3% por debajo del nivel del 2018, debido, sobre todo, a la falta de espacio en los principales parques logísticos del mercado catalán. Al igual que en Madrid, se han producido menos operaciones de mayor tamaño. En 2018 se produjeron 10 operaciones de 20.000 m2 o más, mientras que en 2019 se han producido únicamente 3. Durante el trimestre se realizó la entrega de 87.826 m2 en Madrid y 112.443 m2 en Barcelona de proyectos, y con ello la tasa de disponibilidad se situó en el 7,65% en Madrid y el 3,19% en Barcelona. Prevemos que en 2020 se entregarán alrededor de 850.000 m2 en Madrid (siendo un 79% especulativo) y 260.000 m2 en Barcelona (28% especulativo). El volumen de inversión durante el cuarto trimestre de 2019 ha sido de 658 M€, que, junto con el acumulado del año, el 2019 se sitúa con un volumen de inversión récord, con 1.875 M€, un 31,4% más que en 2018. Aproximadamente, el 50% del total de los activos transaccionados se localizaron en Madrid, un 25% en el mercado catalán y el restante en mercados como Zaragoza o Bilbao, los cuales cada vez están ganando mayor protagonismo en nuestro país. Los fondos representaron alrededor del 85% de la inversión total, por lo que siguen siendo los más activos en el mercado, destacando la presencia de fondos internacionales. Debido al auge del sector logístico, las yield prime cae 25 puntos básicos en Madrid y 40 en Barcelona desde 4T 2018 y se sitúan en un 4,75%, tanto en ambos mercados. Esta bajada de la yield prime, junto con una subida de rentas en Madrid (+4,7% a/a hasta 5,5€/m2/mes) y en Barcelona (+0,7% a/a hasta 6,8€/m2/mes), han provocado incrementos en los valores de mercado cercanos al 10% en ambos mercados. Para 2020 esperamos un volumen de inversión en línea con el de los últimos tres años y prevemos que la yield prime, tanto en Madrid como en Barcelona, seguirá bajando, al menos, hasta el 4,6%. De cara a los próximos años, el sector logístico se seguirá consolidando en España, donde tenderá hacia el uso intensivo de las nuevas tecnologías, con espacios dotados de calidad constructiva para sus actividades relacionadas con el e-commerce, entre otras.

 
¿QUÉ ES LA SIMPLICIDAD DEL ANTEPROYECTO DE LA LEY DEL SUELO DE ANDALUCÍA?
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¿Qué debe saber un profesional en un caso práctico como el de la noticia?
  • «Hay que simplificar la normativa y los procedimientos y establecer seguridad jurídica a la hora de fijar competencias autonómicas y municipales porque las líneas no están muy claras», asegura la directora general de Urbanismo de la Junta de Andalucía, María del Carmen Compagni.
La cuestión es muy polémica. La Junta de Andalucía plantea una ley del suelo más simple que dará mayor autonomía a los ayuntamientos, pero ¿están preparados los ayuntamientos para asumir mayores competencias? ¿Cómo se va a controlar desde la Junta el posible incumplimiento municipal? Si analizamos las problemática de las viviendas ilegales en Andalucía y en el resto de España, la causa siempre está del lado municipal que o bien concede licencias inadecuadas o no cumple con sus obligaciones de disciplina urbanística cuando se ha construido sin licencia. Incluso se podría añadir que tampoco informa adecuadamente de los riesgos a los compradores de buena fe. Por no decir las contradicciones de cobrar IBI en parcelaciones ilegales y no dar servicios, o cuando se toleran viviendas en zonas inundables de alto riesgo para la vida de las personas. De estos temas ya hemos tratado recientemente al analizar la posible inconstitucionalidad planteada por el gobierno del estado en relación al decreto andaluz de viviendas ilegales. El caso se complica en zonas de costa, especialmente en zonas en que las viviendas ilegales se utilizan para el contrabando. No parece que los ayuntamientos estén demasiado bien preparados ni vigilados para asumir nuevas labores urbanísticas por lo que la Junta debería explicar el sistema de vigilancia al respecto. Esperamos tener la oportunidad de formular estas cuestiones en una solicitud de entrevista solicitada desde inmoley.com 

 
¿ES INCONSTITUCIONAL LA LEGALIZACIÓN DE VIVIENDAS ILEGALES ANDALUZAS?
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  • Recurso de inconstitucionalidad contra el Decreto-ley 3/2019, de 24 de septiembre, de medidas urgentes para la adecuación ambiental y territorial de las edificaciones irregulares en la Comunidad Autónoma de Andalucía.
  • Se está a la espera de convocatoria de la comisión bilateral Gobierno-Junta. En caso de que no haya acuerdo entre las dos administraciones, el Gobierno central denunciará el decreto al Tribunal Constitucional.
  • El gobierno cuestiona los artículos 2, 3, 10 a 15, 20, 24 y la disposición adicional primera del Decreto-ley 3/2019, de 29 de septiembre, de medidas urgentes para la adecuación ambiental y territorial de las edificaciones irregulares en la comunidad autónoma de Andalucía. 
  • Debate: En la práctica esto supone un doble planeamiento en el municipio: uno (PGOU) normal (para edificaciones que han seguido las exigencias del ordenamiento urbanístico del municipio y la legislación regional) y otro (el de los Planes Especiales) para “asimilar” a las edificaciones que, reconociendo que son ilegales, se les trata a un mismo nivel que pero por un procedimiento mucho más sencillo y en emplazamientos que normalmente son de mejor calidad por ser menos densos, y no estar en los circuitos urbanos.
La consejera de Fomento, Marifrán Carazo, ha afirmado en la sede parlamentaria que "confía" en la legalidad del decreto andaluz que regulariza las edificaciones. En su opinión, el decreto no invade la Ley de Costas ni las competencias del Estado", ha dicho taxativamente Carazo durante su comparecencia en la Comisión de Fomento. El decreto ley pretende regularizar la mayor parte de las 327.000 viviendas ilegales que todavía hoy existen en Andalucía. Se trataba de permitir a los alcaldes modificar sus PGOUs e incluir en sus términos municipales como urbanos suelos que hasta entonces no lo eran pero que llevan años albergando colonias residenciales o barrios enteros a los que, además, han tenido que ir dando servicios, como la recogida de basuras. Desde la Consejería de Fomento defienden que esta regularización es el camino para encontrar un equilibrio entre el interés general y la preservación del Medio Ambiente, y los derechos que asisten a los propietarios de estos inmuebles que los compraron de buena fe. Es, además, un problema que se repite en todas las provincias andaluzas. No obstante, no podrán legalizarse las viviendas que tengan menos de 6 años o aquellas que tengan una sentencia firme de los tribunales, ni tampoco las que se asienten sobre suelos de especial protección. Sin embargo, el Gobierno central considera que hay «discrepancias legales» en este decreto que chocan con la Ley de Costas.

 
LAS SENTENCIAS DEL PATIVEL CONDICIONAN EL URBANISMO VALENCIANO
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  • Esta legislatura está condicionada urbanísticamente a las sentencias relativas a los numerosos recursos contencioso-administrativos contra el Decreto número 58/2018, de 4 de mayo, del Consell, por el que se aprueba el Plan de acción territorial de la infraestructura verde del litoral y el Catálogo playas de la Comunitat Valenciana, Pativel
  • Los recursos contenciosos-administrativos presentados por ayuntamientos y propietarios de terrenos en el litoral reclaman la anulación total del Plan de Actuación Territorial de la Infraestructura verde del Litoral (Pativel).
  • La mayoría solicitan la nulidad del Pativel por incorrecta tramitación y la ausencia de determinados documentos necesarios como el documento económico-financiero y el informe de impacto de género. 
El Plan de Actuación Territorial de la Infraestructura verde del Litoral (Pativel) se tramitó sin participación ciudadana. Es un plan que ha privado a los propietarios de sus derechos adquiridos y además carece de informe de viabilidad económica real, ya que desde la Generalitat dicen que no conlleva ningún tipo de indemnización, y eso es cuestionable al contar muchos proyectos con licencia. El Pativel ha afectado a los Planes Generales de Ordenación Urbana de algunos municipios costeros y muchos de ellos han recurrido, como el Ayuntamiento de Oropesa, La Vila, Alcalà de Xivert y Peñíscola. El plan propone la conservación de más de 7.500 hectáreas en la Comunidad que van de la costa a dos kilómetros hacia el interior, afectando los planes de constructoras que tenían terrenos y de ayuntamientos que seguramente deberán indemnizas. Por provincias, el suelo preservado es aproximadamente de 2.100 hectáreas en Valencia 2.500 hectáreas en Castellón y 2.900 en Alicante.

 
APORTACIONES DEL PROCESO PARTICIPATIVO DEL REGLAMENTO GENERAL DE LA LEY 11/2018 DE ORDENACIÓN TERRITORIAL Y URBANÍSTICA SOSTENIBLE DE EXTREMADURA (LOTUS) 
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  • El Reglamento general de la ley 11/2018 de ordenación territorial y urbanística sostenible de Extremadura (LOTUS) está en proceso de recogida de aportaciones, acorta plazos en las comunicaciones previas y clarifica el régimen de autorizaciones urbanísticas. 
  • Apertura de un plazo de presentación de sugerencias, en relación con el proyecto de Decreto por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Ordenación Territorial y Urbanística Sostenible de Extremadura.  (Publicado en  el portal de Transparencia el 18/10/2019)
La Ley de Ordenación Territorial y Urbanística Sostenible de Extremadura (Lotus) ha supuesto para la Junta un «importante cambio de paradigma» en cuanto a la simplificación y agilización administrativas, reconociendo regímenes especiales para los pequeños municipios que también redundan en la lucha contra la despoblación. Así lo explicó la directora general de Urbanismo y Ordenación del Territorio, Eulalia Moreno, en el Foro de Derecho Urbanístico Local celebrado en Badajoz. La Ley de Ordenación Territorial y Urbanística Sostenible de Extremadura (LOTUS) supone “un importante cambio de paradigma en cuanto a la simplificación y agilización administrativa, reconociendo regímenes especiales para los pequeños municipios”, que a su vez redundan en la lucha contra la despoblación. Así lo ha destacado la directora general de Urbanismo y Ordenación del Territorio, Eulalia Moreno, en Badajoz, donde ha presentado y moderado la mesa ‘El control administrativo de las actividades urbanísticas, licencias urbanísticas y comunicaciones previas’, enmarcado en el Foro de Derecho Urbanístico Local organizado por Audiencia Provincial y Diputación pacense, con la participación de más de 350 personas que trabajan en diversos campos relacionados con el urbanismo.

 
RECALIFICACIÓN URBANÍSTICA MASIVA DEL SUELO INDUSTRIAL DE MADRID
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  • Reordenar los usos de tres millones de m2 de suelo industrial 
  • Un significativo número de parcelas industriales se localiza en ámbitos en los que el planeamiento admite la implantación directa como uso alternativo de las diferentes clases y categorías de uso terciario
  • El ayuntamiento está estudiando la reactivación de algunas de estas áreas industriales, con la idea de atraer nuevas actividades más innovadoras, recalificar ambientalmente los polígonos y también poder combinar en los usos, pero no todo tendrá una recalificación directa a residencial, sino que dependerá de cada ámbito.
  • ¿Cuál será la fórmula que se seguirá con un suelo terciario que es de propiedad municipal desde hace 25 años? La venta, la permuta o el derecho de superficie.
  • Una solución es que el suelo industrial madrileño pueda ser cedido y explotado en una colaboración público-privada para el sector residencial. 
El Ayuntamiento de Madrid tiene 67 parcelas de suelo industrial y la gran mayoría de ellas se sitúa en el sur de la capital. Los distritos de La Latina, Carabanchel, Villaverde, Villa de Vallecas y Vicálvaro lideran este ranking industrial, que se presenta clave para resolver el problema de la vivienda de la ciudad. La excepción consiste en dos entornos ubicados en el sector Este de la ciudad: al sur del distrito de Ciudad Lineal (Avda Daroca – Barrio Bilbao) y en el Eje de la A2, donde se localizan los suelos Iveco-Pegaso y dos parcelas más. El ayuntamiento de Madrid está dispuesto a recalificar gran parte de estos terrenos en suelo residencial. En el inventario del Patrimonio Municipal del Suelo del área de Desarrollo Urbano se incluyen un total de 67 parcelas de propiedad municipal calificadas por el planeamiento con uso industrial. La superficie conjunta es de 385.218,76 m2. No obstante, de esta cifra, ocho parcelas son de titularidad en régimen de proindiviso con diferentes porcentajes de propiedad municipal, reduciéndose a 59 las parcelas de propiedad municipal al 100%. La edificabilidad total de las parcelas industriales es de 684.667,09 m2, de los que 667.848,25 m2 son de propiedad municipal. 

 
EL DERECHO DE SUPERFICIE EN EL SECTOR ENERGÉTICO (SOLAR, FOTOVOLTAICO, EÓLICO).
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  • El derecho de superficie en el sector energético (solar, fotovoltaico, eólico).
Dentro del sector energético (y más en concreto en el caso de las energías renovables), a la hora de iniciar un proyecto energético, resulta generalmente necesario iniciar una relación contractual previa. El contrato de cesión de un derecho de superficie representa una buena alternativa a los contratos de compraventa y de arrendamiento en el sector energético. De forma excepcional al derecho de propiedad, el derecho de superficie permite a su titular edificar, plantar o sembrar en suelo ajeno (haciendo suya la propiedad de lo edificado, plantado o sembrado) en un lapso temporal determinado, que no puede ser superior a 99 años (la reversión de lo edificado se produce una vez transcurrido ese plazo, salvo pacto en contrario, y quedando resueltos cualesquiera derechos personales o reales existentes sobre la finca).

 
¿QUIÉN PAGA LAS EXPROPIACIONES URBANÍSTICAS DE LA MANGA DEL MAR MENOR?
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  • La recuperación del dominio público es una de las prioridades del plan de protección litoral, pero no hay memoria económica para pagar el coste de las expropiaciones. Costas sostiene que la mayoría de municipios ribereños no disponen de planeamiento urbanístico adaptado a la ley del suelo regional y que "las directrices de ordenación del litoral de la Región de Murcia, aprobadas en 2004, no parecen haber garantizado una adecuada ordenación de la zona.
  • El gobierno estatal ha preparado un plan que requiere expropiaciones pero no aporta la memoria económica.
  • Si la Comunidad autónoma de Murcia y los ayuntamientos no pueden pagar estas expropiaciones, ¿colaborará el estado económicamente o se limitará a publicar el plan de protección litoral de la Manga del Mar menor?
El Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico ha publicado el informe actualizado sobre las actuaciones urgentes y estructurales proyectadas para lograr la recuperación integral del Mar Menor, en el ámbito de sus competencias. Dentro de las mismas, el Ministerio está trabajando en la preparación de un Programa Verde integrado de actuaciones para la recuperación del Mar Menor, que ordena, selecciona y prioriza las propuestas del Plan de Vertido 0. Se está actuando en paralelo en la ejecución de las medidas identificadas como urgentes - de las que se actualiza su estado de ejecución­-, y también en la definición de los proyectos que aporten soluciones estructurales y su acompañamiento presupuestario, de forma que se garantice su viabilidad y el compromiso con la recuperación de esta laguna salada, única por su alto valor ecológico. La Dirección General de Sostenibilidad de la Costa y del Mar cuenta ya con el Plan de Protección de Borde Litoral del Mar Menor, redactado por el Centro de Estudios de Puertos y Costas del Centro de Estudios y Experimentación de Obras Públicas (CEDEX), que contempla actuaciones de adaptación como la reconsideración de la línea de deslinde o el tratamiento de las golas, y en el que se prevén acciones en el perímetro litoral sobre las causas de la degradación. Entre las operaciones propuestas, el plan da especial prioridad a la detección de posibles proyectos de restauración de ecosistemas litorales del Mar Menor que contribuyan a su resiliencia y capacidad de autodepuración. A fin de consolidar el alcance de las soluciones planteadas, el documento será sometido de inmediato al contraste del grupo de expertos que vienen haciendo el seguimiento de la laguna, y se dará traslado del mismo a las corporaciones locales y al Gobierno de la Región de Murcia.

 
URBANIZACIÓN: UNA FUERZA AMBIENTAL A TENER EN CUENTA
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  • Los seres humanos se han convertido en una fuerza ambiental cada vez más poderosa. El crecimiento de la población mundial ha enmascarado lo que puede ser una interacción humano-ambiental aún más importante: si bien la población mundial se duplica, la población urbana del mundo se triplica. En los próximos años, más de la mitad de la población mundial vivirá en zonas urbanas. 
El nivel y el crecimiento de la urbanización difieren considerablemente según la región. Entre los países en desarrollo, los países latinoamericanos tienen la mayor proporción de su población que vive en áreas urbanas. Pero es probable que el este y el sur de Asia tengan las tasas de crecimiento más rápidas en los próximos 30 años. Casi todo el crecimiento futuro de la población mundial se realizará en pueblos y ciudades. Es probable que tanto el aumento como la redistribución de la población afecten los sistemas naturales de la tierra y las interacciones entre los entornos urbanos y las poblaciones. En solo 200 años, la población urbana mundial ha crecido del 2 por ciento a casi el 50 por ciento. Los ejemplos más llamativos de la urbanización del mundo son las megaciudades de 10 millones o más de personas. En 1975 solo existían 4 megaciudades y en 2000 había 18. En 2020 ya había 33 y en 2030 se llegará a las 40. Efectos ambientales de la urbanización. Las poblaciones urbanas interactúan con su entorno. Las personas urbanas cambian su entorno a través del consumo de alimentos, energía, agua y tierra. Y a su vez, el ambiente urbano contaminado afecta la salud y la calidad de vida de la población urbana.

 
DECLARACIÓN DE IMPACTO MEDIOAMBIENTAL EN OBRAS Y URBANISMO

 
NUEVA LEY MEDIOAMBIENTAL EN EL URBANISMO DE GALICIA
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  • Decreto 7/2020, de 9 de enero, de inspección ambiental de Galicia
El Decreto 7/2020, de 9 de enero, tiene por objeto desarrollar el régimen jurídico de la inspección ambiental en Galicia, la cual ejercerá sus funciones respecto a las instalaciones y a las actividades de cualquier tipo que sean susceptibles de afectar negativamente al medio ambiente y que se encuentren o desarrollen en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Galicia. El decreto establece que la dirección general competente en materia de calidad ambiental asegurará la adecuada y suficiente dotación de medios personales y materiales para el sistema de inspección ambiental, velando por la aptitud profesional del personal que lo integre y proporcionando los recursos necesarios para la prestación del servicio en condiciones de seguridad y eficacia. Además, deberán elaborarse planes de inspección ambiental que incluyan dichas actividades e instalaciones susceptibles de afectar negativamente al medio ambiente con el objetivo de articular, programar y racionalizar las inspecciones ambientales. En ellos se adoptarán medidas para incluir el análisis de todos los efectos ambientales relevantes de las instalaciones y actividades cubiertas por los mismos y se tendrán en cuenta los criterios fijados al respecto en la legislación básica estatal y, especialmente, la implantación por los titulares de las instalaciones y actividades de un sistema de gestión ambiental.

 
EL DERECHO DE SUPERFICIE ESTÁ DE MODA
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  • El derecho de superficie está de moda gracias a su utilidad en la cesión pública de suelo industrial y para vivienda social.
Los organismos públicos quieren promover vivienda en alquiler asequible en suelo público pero de gestión privada. Esta medida contemplaba la movilización de suelo público para levantar vivienda en alquiler social o asequible, mediante la colaboración público-privada. El objetivo era ceder el derecho de superficie sobre el suelo público durante unos 50 años y pasado este tiempo, el uso revertía de nuevo a las administraciones. En materia de vivienda social, el derecho de superficie se está utilizando en Barcelona en solares municipales en los que se está promoviendo vivienda por cooperativas. Este sistema residencial cooperativo se enmarca en las políticas para favorecer nuevas formas de creación de vivienda asequible que recoge el Plan por el derecho a la vivienda de Barcelona. El suelo donde se edifica es de propiedad municipal y nunca deja de ser público. La cooperativa será la titular del derecho de superficie por un plazo máximo de 75 años y cederá a las personas asociadas el uso de la vivienda como domicilio habitual y permanente. Al finalizar dicho plazo, el suelo y la edificación volverá a ser de titularidad pública. Otra aplicación más moderna es la vinculación de la promoción delegada con el derecho de superficie. La novedad es que se licita un solar municipal en régimen de derecho de superficie para alquiler social y se abre a sociedades mercantiles con ánimo de lucro, para corresponsabilizarlas también en la generación de vivienda protegida. 

 
DERECHO DE SUPERFICIE.

 
LA INVERSIÓN INMOBILIARIA EN POLÍGONOS INDUSTRIALES SE DISPARA POR EL COMERCIO ELECTRÓNICO
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  • La inversión inmobiliaria en polígonos industriales, parques empresariales y logísticos se está viendo favorecida por la aparición del comercio electrónico que está afectando a todo tipo de naves, desde las grandes de logística general hasta las pequeñas o de cercanía de logística de última milla.
La evolución de los polígonos logísticos es especialmente importante en las regiones que contienen puertos o aeropuertos importantes, o que albergan concentraciones de industria, pero lo que realmente ha disparado la inversión en polígonos logísticos ha sido la modernización de las cadenas de suministro. A medida que los minoristas, los fabricantes y los distribuidores adoptan nuevos modelos de negocio, como el comercio electrónico, están repensando las formas en que los productos van de la fábrica al consumidor. Estos esfuerzos están estimulando la construcción de bienes inmuebles logísticos en áreas clave, es decir, más cerca de grandes concentraciones de consumidores o de nodos de distribución vitales. Otros factores, como la disponibilidad de suelo, el coste de la mano de obra y los niveles de apoyo e incentivos del gobierno, pueden influir en la inversión en polígonos industriales y logísticos. Estados Unidos es el mercado logístico más desarrollado del mundo. En Europa, donde los clústeres son impulsados principalmente por la reconfiguración estructural de la cadena de suministro del continente, la actividad de construcción es relevante pero menor que en los EE. UU. La mayoría de los clústeres europeos tienen menos de la mitad del stock moderno de clústeres comparables de los EE. UU. ¿La razón? Que Europa va por detrás en la implantación del comercio electrónico, una realidad que ha afectado a los centros comerciales y que ha revolucionado el mercado inmobiliario industrial y logístico.

 
POLÍGONOS INDUSTRIALES, PARQUES EMPRESARIALES Y LOGISTICOS.

 
Prensa inmobiliaria / edificación / urbanismo.
El nuevo negocio de gestionar suelos y hacerlos finalistas (el economista)
¿Qué guía práctica soluciona este tipo de casos?
Vía Ágora será además la encargada de desarrollar estos terrenos, ya que ha firmado un contrato de gestión de los mismos con Coral Homes. De este modo, la compañía del expresidente de Vía Célere, compartirá las plusvalías del negocio de gestión del suelo. Los terrenos suman más de 200.000 metros cuadrados, con capacidad para levantar unas 2.300 viviendas y se encuentran situados en la zona de los Desarrollos del Sureste, en Los Cerros y Los Ahijones, y en la localidad de Villanueva del Pardillo. Este último será, seguramente, el primero en estar listo para construir, dentro de unos dos años, mientras que los otros dos podrían extenderse a tres años.

 
LA FUTURA LEY DEL SUELO DE ANDALUCÍA CIERRA ESTE MES EL PLAZO DE ALEGACIONES
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  • La Junta creó en diciembre una comisión de expertos para la redacción de la nueva Ley Andaluza del Suelo. 
  • El actual marco legislativo lo configuran la Ley 1/1994, de 11 de enero, de Ordenación del Territorio de Andalucía, y la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía.
La comisión, formada por expertos en materia de Urbanismo, asesora en la redacción de la nueva Ley Andaluza del Suelo, que sustituirá la Ley de Ordenación Urbanística de Andalucía (LOUA) y que tiene como principal cometido la simplificación y unificación de los diferentes textos normativos existentes en materia urbanística. Sería esencial que se eliminen las diferencias entre la regulación legal y reglamentaria actuales. Esta nueva Ley nace con el propósito de recortar de manera sustancial los plazos de tramitación de los instrumentos de planeamiento, sin olvidar la necesidad de conjugar tal agilización con las medidas de control y seguridad jurídica que deben regir la planificación y desarrollo de las actuaciones urbanísticas. El actual marco legislativo ha sido objeto de sucesivas modificaciones que han ido adaptando parcialmente su contenido a las necesidades coyunturales de cada momento. El resultado es un cuerpo normativo disperso que ha perdido su coherencia interna y que no ofrece seguridad jurídica a los principales operadores, ayuntamientos y particulares. En este contexto se considera necesario y oportuno unificar, en un único texto legal, la Ley de Ordenación del Territorio de Andalucía, y la Ley de Ordenación Urbanística de Andalucía.

 
REFORMA DE LA LEY DEL SUELO DE GALICIA
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  • Modificación de la Ley de suelo de Galicia y de su reglamento por la Ley 7/2019, de 23 de diciembre, de medidas fiscales y administrativas.
  • Se modifican la Ley del suelo de Galicia y sus desarrollos con la finalidad, entre otras, de definir el suelo rústico de protección de espacios naturales teniendo en cuenta la nueva regulación y reforzar la seguridad jurídica y dotar de mayor estabilidad el tráfico inmobiliario.
Se permite cumplir con el deber de cesión del 10% del aprovechamiento tipo del área de reparto mediante su monetarización. Se permite cumplir con el deber de cesión del 10% del aprovechamiento tipo del área de reparto mediante su monetarización, lo que significa que este deber de cesión podrá cumplirse por su valor en metálico, que deberá integrarse en el patrimonio público del suelo, excepto cuando pueda cumplirse con suelo destinado a vivienda sometida a algún régimen de protección pública en virtud de la reserva que pudiere resultar exigible. Para permitirlo se modifica la letra d) de los artículos 21 —deberes de los propietarios de suelo urbano no consolidado- y 29 — deberes de los propietarios del suelo urbanizable-

 
EDIFICACIONES IRREGULARES ANDALUZAS EN SITUACIÓN DE AFO
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  • Consultas de la Junta de Andalucía. Preguntas y respuestas sobre las edificaciones irregulares en situación de AFO (asimilado a fuera de ordenación) tras el Decreto-Ley 3/2019, de 24 de septiembre, de medidas urgentes para la adecuación ambiental y territorial de las edificaciones irregulares en la comunidad autónoma de Andalucía.
Edificaciones terminadas sin declaración de AFO. ¿En qué situación se encuentra la edificación irregular para la que hubiera transcurrido el plazo para el ejercicio de la potestad de protección de la legalidad urbanística, mientras NO se declare en situación de asimilado a fuera de ordenación (AFO)? La situación de AFO se produce por el transcurso de los plazos para el ejercicio de la potestad de protección de la legalidad urbanística pero, mientras NO se declare el AFO, esa edificación irregular terminada y para la que hubiera transcurrido el plazo para el ejercicio de la potestad de protección de la legalidad urbanística, se encuentra en la siguiente situación: - NO puede acceder a los servicios básicos, ni siquiera de forma autónoma - NO pueden realizarse obras de ningún tipo, ni siquiera las de conservación y mantenimiento. En las edificaciones irregulares para las que hubiera transcurrido el plazo para el ejercicio de la potestad de protección de la legalidad urbanística NO se puede hacer ningún tipo de obras mientras no se Declaren AFO.

 
Prensa inmobiliaria / edificación / urbanismo.
Retrasos en las licencias de obra (ejeprime)
¿Qué guía práctica soluciona este tipo de casos?
Entrevista a Juan Velayos (Alantra) > Las grandes promotoras tuvieron problemas con las entregas en 2019. ¿Fue un problema de oferta o de demanda?R.: Los retrasos son una consecuencia de los plazos que hay en España para tener una licencia de obras, que son dramáticos. Posiblemente se puso en construcción mucha oferta y las constructoras no pudieron absorberla. Además, la demanda es mucho más exigente, cosa que es bueno. El sector ha llegado a la velocidad de crucero y el cuello de botella que generan las administraciones es ridículo. Los retrasos son síntoma de la maduración del sector: oferta y demanda están en proceso de adaptarse la una a la otra.

 
Prensa inmobiliaria / edificación / urbanismo.
Urbanismo > Costas (el país)
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  • La guía práctica inmoley.com de urbanismo
Teresa Ribera, vicepresidenta para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico > "Yo gestioné hace 10 años la dirección general de costas y todo el mundo pedía, sin ningún cuestionamiento, su paseo marítimo. Ahora, cuando vemos las olas pasando por encima de los edificios de la primera línea, te preguntas: ¿Tiene sentido volver a gastar los mismos millones en lo mismo? En algunos puntos del litoral mediterráneo llevamos tres restauraciones en un año. ¿Seguir haciendo restauraciones es la manera más inteligente de abordar el problema? Probablemente, no. Hay que empezar a trabajar en un enfoque de medio y largo plazo y eso requiere de mucho consenso. Nos estamos planteando una reflexión más estratégica y de conjunto sobre algunos términos municipales, sobre qué se debe hacer con la primera línea, si hay que construir diques o replantear la ordenación…"

 
Prensa inmobiliaria / edificación / urbanismo.
Urbanismo > Costas (el país)
¿Qué guía práctica soluciona este tipo de casos?
  • La guía práctica inmoley.com de urbanismo
Rafael Sardà, investigador del CEAB - CSIC  >"Si colocas un paseo donde deberían estar las dunas, haces que la arena se pierda”. El Gloria, combinado con “un modelo de ocupación del territorio anárquico”, ha tenido importantes consecuencias humanas y económicas que “no han sido peores por los servicios de emergencias. Sería irresponsable no aprender lecciones de este episodio”, sostiene.

 
LA REHABILITACIÓN URBANA COMO UN DESAFÍO PARA EL DESARROLLO URBANO EN EL SIGLO XXI
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  • La rehabilitación urbana o la regeneración urbana es un término amplio que se refiere a acciones y programas especiales de desarrollo local destinados a mejorar las áreas urbanas deterioradas. Más recientemente, el término también ha llegado a cubrir los objetivos generales de 'integración' o 'inclusión social', aunque la interpretación precisa de estas nociones puede variar de un contexto a otro.
Podría decirse que los conceptos relacionados con el desarrollo urbano rara vez han sido tan controvertidos como la rehabilitación urbana. Por un lado, el mismo término podría usarse para designar un desarrollo inmobiliario voluntario que resulte en la limpieza y reconstrucción completa de un área urbana, o, por otro lado, podría referirse a iniciativas de base de residentes locales que revitalicen sus vecindarios. Su primera aparición se remonta a principios del siglo XIX, el nacimiento de la ciudad industrial y las sociedades urbanas industriales. En este sentido, la intervención en París durante la década de 1840 puede considerarse como una forma de rehabilitación o regeneración urbana, ya que trajo consigo la reconfiguración de la infraestructura urbana en el centro de la ciudad (a través de la creación de nuevos ejes para el desarrollo y nuevos espacios públicos, el sistema de alcantarillado, un nuevo modelo de construcción urbana, etc.). Sin embargo, hasta el final de la Segunda Guerra Mundial, no se puede hablar de la rehabilitación urbana como una herramienta típica del desarrollo urbano. Las intervenciones físicas solo ocurrieron esporádicamente, en muchas ciudades capitales europeas a fines del siglo XIX, y estaban más relacionadas con la modernización simbólica de las ciudades que con la revitalización / reintegración de barrios deteriorados como se entiende hoy en día. Tal como se concibe hoy, la rehabilitación urbana designa una intervención específica relacionada con la revitalización de una parte limitada de la ciudad, un vecindario y, como tal, puede considerarse como una herramienta específica de la política pública urbana. Los programas estratégicos de rehabilitación urbana como parte de las políticas públicas urbanas se implementan con mayor frecuencia en áreas donde la proporción de viviendas públicas y sociales es relativamente alta. La mayoría de los programas de rehabilitación urbana se implementan a través de la cooperación de las dos esferas (asociaciones público-privadas), y los casos en que la esfera pública o privada es el único actor en la rehabilitación de un área son relativamente poco comunes. En las últimas décadas, la posición específica de la rehabilitación urbana dentro de las políticas urbanas en los países europeos se ha enfatizado y reformado continuamente, y en paralelo también se ha convertido en un objetivo claro de las políticas espaciales europeas. 

 
REHABILITACIÓN URBANÍSTICA

 
‘LA NUEVA NORMALIDAD DEL SECTOR INMOBILIARIO’ 5º ENCUENTRO IESE DEL SECTOR INMOBILIARIO
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  • El 5º Encuentro del Sector Inmobiliario organizado por IESE, Tinsa y Savills Aguirre Newman bajo el título ‘La nueva normalidad del sector inmobiliario’ congregó a más de 250 representantes de promotoras, fondos de inversión, entidades financieras y profesionales vinculados al sector inmobiliario.
El CEO de Aedas Homes ha recordado que “la decisión de la compra de suelo es la más importante para un promotor; es crítica para nuestra sostenibilidad económica”. Tras la crisis, muchos fondos extranjeros compraron bolsas de suelo o préstamos con terrenos. “El sector necesita suelo, pero no se desarrolla lo suficiente”, ha sentenciado David Martínez. El importe de la parcela en grandes ciudades puede llegar a suponer el 40% del coste de una vivienda, según el directivo de Aedas, quien cree que si se llegan a acuerdos en que haya cesiones de suelo público a promotoras e inversores a cambio de gestionar alquileres asequibles y tasados a largo plazo. “Los ayuntamientos, comunidades autónomas y Estado tienen muchísimo suelo ocioso para levantar vivienda a precios razonables”, opina. Este tipo de acuerdos que se proponen desde el sector consisten en cesiones durante 60 o 70 años, a cambio de que las empresas construyan y gestionen los alquileres a un precio tasado y con rentabilidades que pueden alcanzar el 3% o el 4%. El consejero delegado de Merlin, Ismael Clemente, aseguró que en el segmento de las oficinas “existe una gran demanda que no está acompañada por la oferta, especialmente en Madrid”. Este desequilibrio provoca que, según el directivo, “tengamos por delante un periodo interesante con respecto a las rentas”. Por otro lado, aunque los CBD de Madrid y Barcelona tienen una tasa de disponibilidad casi nula, el presidente de Colonial, Juan José Brugera, puntualizó que “no resulta ningún problema descentralizar la oferta de oficinas”. “Actualmente estamos cobrando rentas más altas en el 22@ que en la zona prime de Barcelona”, subrayó el dirigente. Ambos ejecutivos coincidieron también en asegurar que el futuro del sector pasa por mejorar los espacios de trabajo existentes para “crear valor”. “Se ha acabado comprar varios edificios y esperar retorno con el cobro del alquiler”, comentó Clemente.

 
INSPECCIÓN URBANÍSTICA Y VIVIENDAS ILEGALES
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  • La Inspección Urbanística tiene como finalidad asegurar el cumplimiento de la legislación vigente en materia de ordenación del territorio y urbanismo, donde se integran las determinaciones contenidas en el planeamiento urbanístico.
  • En cuanto a la legalización de viviendas sin licencia, éste es uno de los problemas más habituales y complicados de resolver. Algunos de los ejemplos más típicos serían dos apartamentos que se han unido por dentro, una casa aislada en una parcela rural, el cierre de una pequeña terraza para ampliar la vivienda o, incluso un piso reconvertido en oficina que se decide alquilar de nuevo como vivienda. Además, este problema suele aparecer en el momento más inoportuno: durante una compraventa, en mitad de una herencia o al solicitar el alta de la luz para nuestra nueva vivienda.
Para garantizar la protección de la legalidad urbanística la actividad inspectora se dirige a comprobar que los actos de parcelación, urbanización, construcción, y uso del suelo o el subsuelo se ajustan a la legislación y al planeamiento vigente. La protección de la legalidad urbanística es una competencia atribuida por la legislación vigente a los Ayuntamientos y a las Comunidades autónomas. La actividad inspectora se realiza de forma coordinada mediante la cooperación con los Ayuntamientos de la Comunidad Autónoma, así como otras instituciones públicas como el Poder Judicial, Fiscalía, Defensor del Pueblo, Registros de la Propiedad y Guardia Civil. En este marco la inspección urbanística se realiza las siguientes funciones: Controlar el cumplimiento de la ordenación urbanística, especialmente en relación con los actos de edificación y uso del suelo. Adoptar medidas para el restablecimiento de la legalidad urbanística alterada, así como la tramitación de procedimientos sancionadores por la comisión de infracciones urbanísticas. Informar y asesorar a las Administraciones y autoridades competentes.

 
INSPECCIÓN URBANÍSTICA Y LAS OBRAS SIN LICENCIA.

 
¿QUÉ HACER CON LOS EDIFICIOS EN RUINA Y LOS SOLARES ABANDONADOS?
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¿Qué debe saber un profesional en un caso práctico como el de la noticia?
  • Los ayuntamientos se preguntan qué hacer con sus edificios en ruina y abandonados que, con el tiempo, pueden convertirse en un grave peligro. Los edificios en ruinas no sólo rompen la estética de la ciudad, sino que pueden dañar el valor de las propiedades circundantes y convertirse en lugares propicios para la delincuencia. Los ayuntamientos saben que también son barreras importantes para revitalizar las zonas urbanas, como los distritos comerciales del centro y los barrios marginales.
Los edificios en ruina y abandonados son problemas tan graves que algunos gobiernos locales aplican fuertes multas si los propietarios dejan que sus edificios no utilizados se deterioren o se conviertan en un peligro para la seguridad. Ante la dificultad para los propietarios de solares y edificaciones ruinosas de cumplir con el deber de edificar y conservar, muchos ayuntamientos acuden a la venta forzosa mediante subasta. Este procedimiento permite aplicar la expropiación forzosa por incumplimiento de la función social de la propiedad. Además, el ayuntamiento también tiene la potestad de aplicar la expropiación para la ampliación del Patrimonio Municipal de Suelo o la obtención de suelos destinados en el planeamiento a la construcción de viviendas sujetas a cualquiera de los regímenes de protección pública así como resto de usos de interés social. En cuanto a la venta forzosa, se puede llevar a cabo con los inmuebles incluidos en el Registro de Solares y Terrenos sin urbanizar que serán adjudicados mediante concurso con un precio a satisfacer por el adjudicatario que en ningún caso podrá ser inferior al valor urbanístico real. Además, este adjudicatario tendrá un plazo máximo para la realización de las obras de urbanización y edificación. En teoría no podrá transcurrir más de un año desde la inclusión del inmueble en el registro municipal de solares y terrenos sin urbanizar hasta la convocatoria del concurso de adjudicación. Sin embargo, el procedimiento retrasa los procedimientos que atañen a edificaciones ruinosas o solares abandonados. El derribo de una edificación se hace necesario, básicamente, cuando su rehabilitación resulta inviable debido a un estado de deterioro demasiado avanzado. Existen diversas formas de abordar esta cuestión y valorarla, dependiendo de la magnitud de la inversión necesaria o del nivel de degradación existente. Los más graves son los casos de ruina inminente de una edificación. Este tipo de ruina se declara cuando el inmueble se encuentra en un estado tal que presenta un peligro para los habitantes o usuarios y para el patrimonio. Es decir, no se trata de una medida urbanística, sino de seguridad pública. Este tipo de ruina suele implicar el hundimiento del suelo, la existencia de grietas o grave desgaste de diversos elementos estructurales, entre otros.

 
RUINA URBANÍSTICA

 
¿CUÁL ES LA RESPUESTA URBANÍSTICA A LA DESAPARICIÓN DE LAS PLAYAS?
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  • La guía práctica inmoley.com de Urbanismo
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¿Qué debe saber un profesional en un caso práctico como el de la noticia?
  • A medida que las playas desaparecen, los países están recurriendo a programas de reposición de arena cada vez más caros que arrojan miles de toneladas de arena dragada en las playas erosionadas existentes.
  • Pero estas playas artificiales generalmente erosionan al menos el doble de rápido que las playas naturales y solas pueden ser una solución temporal.
  • Tenemos la mentalidad de reconstruir todo después de una tormenta. La solución más simple sería mover la infraestructura hacia atrás pero aunque hubiese voluntad política faltaría financiación y sobrarían trabas burocráticas. 
  • Hay poblaciones que han recibido subvenciones por los mismos daños en tres ocasiones en los últimos meses debido a las últimas borrascas. 
  • El urbanismo provoca daños recurrentes cada vez que hay borrascas, ¿qué hacer corregir el urbanismo o seguir subvencionando?
A modo de ejemplo, un pueblo mediterráneo ya ha gastado varios millones de euros este año en un programa de reposición de playas que incluso los expertos dicen que no durará, pero el alcalde insiste en que el gasto vale la pena. Más pueblos a lo largo de la costa mediterránea han comenzado proyectos de reposición de playas en los últimos años a medida que una serie de devastadoras tormentas de invierno han reducido las playas a franjas de menos de 10 metros de ancho en algunos lugares. Los defensores dicen que tales proyectos protegen bienes inmuebles valiosos y aseguran el turismo. Pero el coste es tan alto que otros expertos empiezan a advertir de que la reposición de playas no es la mejor manera de proteger las playas erosionadas porque la arena añadida se pierde rápidamente. Todas las playas se erosionan, pero las que son afectadas por tormentas invernales o presionadas por el desarrollo inmobiliario excesivo se erosionan más rápidamente que otras.

 
JORNADA INMOBILIARIA. REAL ESTATE FUTURE TRENDS 2020
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¿Qué debe saber un profesional en un caso práctico como el de la noticia?
  • 3g Smart Group se ha celebrado este jueves el Real Estate Future Trends 2020 en el Colegio de Arquitectos de Madrid. Un evento imprescindible en sector, donde se han dado cita más de 50 directivos de referencia para dar respuesta a los retos del futuro del sector del real estate, marcados por los cambios tecnológicos. 
  • 50 CEOS y directivos de compañías relacionadas con las áreas de Workplace, Retail, Residencial, Hospitality e Investors, así como expertos en el análisis de tendencias relacionadas con la aparición de mercados alternativos. 
  • La transformación de la industria inmobiliaria de los últimos años, la confluencia de actividades como el co-working, el flex-working y el co-living, el impacto del e-commerce o la convivencia de espacios de venta físicos y digitales serán algunos de los temas a abordar.
Francisco Vázquez Médem, fundador y presidente de 3g Smart Group daba la bienvenida a todos los asistentes al evento. Fueron invitados expertos en todos los campos del sector inmobiliario, formando un evento con más de 50 ejecutivos de primer nivel. El propósito de la conferencia fue reflexionar desde un punto tecnológico y hablar del sentimiento de urgencia respecto a la sostenibilidad. Como novedad se incorporó un portavoz para facilitar a los asistentes realizar algunas preguntas mediante un hashtag en la red social twitter con el propósito de poder realizar una conversación. 

 
Prensa inmobiliaria / edificación / urbanismo.
Urbanismo Cataluña > riesgo de zonas inundables (el periódico)
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el problema es que el 15 % del terreno urbanizado está en zona inundable en Catalunya y eso supone 35.000 hectáreas [equivalente a 35.000 manzanas del Eixample barcelonés] con viviendas, almacenes, polígonos y fábricas

 
Prensa inmobiliaria / edificación / urbanismo.
Urbanismo > Mala planificación e inundaciones (la vanguardia)
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  • La guía práctica inmoley.com de urbanismo
Los Alcázares es uno de los mejores ejemplos que existen en España de cómo la mala planificación urbanística ha agravado los efectos del cambio hasta arruinar la ciudad.

 
PROMOCIÓN EN SUELOS CONTAMINADOS
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  • Puede haber hasta 2.5 millones de suelos potencialmente contaminados en toda Europa, que deben investigarse. De estos, se espera que aproximadamente el 14% (340.000 suelos) estén contaminados y probablemente requieran intervención. Aproximadamente un tercio de estos sitios contaminados ya han sido identificados y alrededor del 15% han sido revisados. La solución tradicional implica excavar el suelo contaminado y desecharlo en otro lugar.
La gestión de suelos contaminados en Europa cuesta unos 6.500 millones de euros al año. Gran parte es pagado por las empresas, pero también hay un alto coste público. La principal causa de la contaminación del suelo es la mala gestión de los residuos, por lo que prevenir el desperdicio reduciría el coste para la sociedad y las empresas. La eliminación y el tratamiento de residuos municipales e industriales causan alrededor de un tercio del problema de contaminación del suelo en Europa. Las industrias del metal y las estaciones de servicio también son fuentes comunes de contaminación del suelo, mientras que la minería es una fuente importante en algunos países. Los contaminantes más frecuentes son los aceites minerales y metales pesados. La estrategia del suelo de la UE ofrece orientación sobre la protección de las funciones del suelo y la prevención de la degradación del suelo. Los suelos contaminados en España están regulados en la Ley 22/2011, de 28 de julio, de Residuos y suelos contaminados y en el Real Decreto 9/2005, de 14 de enero, por el que se establece la relación de actividades potencialmente del suelo y los criterios y estándares para la declaración de suelos contaminados. 

 
SUELOS CONTAMINADOS

 
NUEVA NORMATIVA DE SUELOS CONTAMINADOS EN EL PAÍS VASCO
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  • Decreto 209/2019, de 26 de diciembre, por el que se desarrolla la Ley 4/2015, de 25 de junio, para la prevención y corrección de la contaminación del suelo.
Este decreto desarrolla la Ley de 25 de junio de 2015 para la prevención y corrección de la contaminación del suelo, un nuevo texto que desarrolla la citada ley y establece las normas reguladoras de los procedimientos en materia de calidad del suelo y el contenido y alcance de los instrumentos para conocer y controlar su calidad. El decreto detalla la documentación que deberá presentarse para el inicio de los procedimientos de la calidad del suelo y de aptitud de uso del suelo, junto con el contenido de las diferentes resoluciones que emita el órgano ambiental de la Comunidad Autónoma del País Vasco en el marco de ambos procedimientos, haciendo "especial hincapié" en la colaboración interadministrativa y en la participación pública. Asimismo, regula "en detalle" los supuestos de exención de los procedimientos de declaración en materia de la calidad del suelo, así como las obligaciones y los efectos en relación con la recuperación de los suelos declarados como contaminados o alterados, una vez adoptadas las medidas exigidas por el órgano ambiental de la Comunidad Autónoma del País Vasco.

 
INGENIERÍA FRENTE AL MAR Y REVISIÓN AMBIENTAL. EL URBANISMO MARÍTIMO
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¿Qué debe saber un profesional en un caso práctico como el de la noticia?
  • Las playas se quedan sin arena y los paseos marítimos se destrozan con cada temporal. ¿Qué hacer? Construir nuevas infraestructuras para evitar la inundación. Nueva York aporta nuevas ideas con su plan de resiliencia contra el cambio climático.
  • La ciudad de Nueva York aprueba su plan de resiliencia para proteger el Bajo Manhattan del cambio climático
  • Cinco años después de que el huracán Sandy devastara Nueva York y con informes científicos recientes que apuntan a inundaciones de la misma magnitud cada cinco años debido a la subida del nivel del mar provocada por el cambio climático, la mayor ciudad de Estados Unidos busca soluciones de resiliencia.
  • City New York lanzó el Estudio de resiliencia climática del Bajo Manhattan, una visión integral de los riesgos e impactos climáticos actuales y futuros en el Bajo Manhattan como parte del proyecto de Resiliencia Costera del Bajo Manhattan (LMCR). 
  • El estudio Stantec ha sido elegido diseñador principal para el proyecto de resistencia costera Battery en el Bajo Manhattan en Nueva York
Las inundaciones de cerca de tres metros provocadas por Sandy en 2012 solían producirse en el pasado una vez cada 500 años, pero la subida el nivel del mar prevista por los científicos para Nueva York debido al deshielo del Ártico en verano y de la capa de hielo de la Antártida occidental habla de que estos episodios podrían ocurrir cada cinco años. Las recomendaciones incluyen el desarrollo de un plan para extender la línea costera de Manhattan hacia el East River para proteger el área de puertos y distrito financiero bajo y altamente restringido. Además, la ciudad avanzará $ 500 millones para cuatro proyectos de capital para reforzar las áreas costeras del Bajo Manhattan y proporcionar protecciones provisionales contra inundaciones para el puerto marítimo, partes del distrito financiero y los vecindarios de Two Bridges, para comenzar la construcción entre 2019 y 2021. El proyecto de cuatro años implicará elevar la explanada frente al mar en Battery Park para proteger contra las mareas crecientes y garantizar la usabilidad en los próximos 80 años. La Corporación de Desarrollo Económico de la Ciudad de Nueva York (NYCEDC) nombró a Stantec para el proyecto, que abarca un tercio de una milla de costa a lo largo del parque. El proyecto es uno de varios en curso o en planificación como parte de la iniciativa de Resiliencia Costera del Bajo Manhattan de la ciudad.

 
Prensa inmobiliaria / edificación / urbanismo.
Urbanismo > Asturias (lne)
¿Qué guía práctica soluciona este tipo de casos?
  • La guía práctica inmoley.com de urbanismo
A Enrique de Balbín le duele la "situación de extrema hiperregulación" que detecta en España, con sus "100.000 disposiciones legales vigentes" donde Alemania apenas cuenta 6.000 

 
Prensa inmobiliaria / edificación / urbanismo.
Promoción inmobiliaria (el confidencial)
¿Qué guía práctica soluciona este tipo de casos?
¿Por qué motivo la Administración ha de movilizar el suelo público para aumentar la oferta de vivienda cuando disponemos de una abundantísima oferta de suelo privado no urbanizado cuyos propietarios estarían deseosos de urbanizar si contrataran con mucha más simplicidad normativa y se enfrentaran a unas menores cargas parasitarias (como ceder gratuitamente a la Administración hasta el 50% del suelo transformado)? ¿Por qué el Estado ha de reemplazar al mercado allí donde es el propio Estado quien impide que el mercado funcione?

 
Prensa inmobiliaria / edificación / urbanismo.
Urbanismo e inundaciones (iagua)
¿Qué guía práctica soluciona este tipo de casos?
introducción de sistemas de drenaje urbano sostenible en los nuevos desarrollos urbanísticos y que esto se ?desarrolle en la normativa específica de las administraciones con competencias en materia de urbanismo y ordenación del territorio.

 
Prensa inmobiliaria / edificación / urbanismo.
Delitos urbanísticos (cope)
¿Qué guía práctica soluciona este tipo de casos?
Trece condenados por la aprobación y construcción de un vial que contravenía el Plan General de Castro

 
Prensa inmobiliaria / edificación / urbanismo.
Urbanismo > Vídeo
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  • La guía práctica inmoley.com de urbanismo
¿Cuántos sistemas de actuación urbanística existen en España? ¿Cuáles son los más utilizados a nivel práctico?

 
SUELO FINALISTA, EL PROTAGONISTA INMOBILIARIO DE LA DÉCADA DE LOS 20
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¿Qué debe saber un profesional en un caso práctico como el de la noticia?
  • Hay escasez de suelo finalista y esto impide solucionar el problema de la vivienda en España.

  • Debido a la dispersión normativa del urbanismo, la solución a este problema no es estatal, lo que dificulta solucionar el gran problema de la escasez de vivienda.
  • La falta de suelo finalista y bien localizado ya está afectando a las valoraciones y cotizaciones de las promotoras inmobiliarias de vivienda. A modo de ejemplo, hay planes de negocio de inmobiliarias cotizadas que reconocen que tendrán suelo en desarrollo durante los próximos cinco u ocho años. Esto es demasiado riesgo para el inversor.
  • La calificación de suelo 'fully permitted' es una bendición para las inmobiliarias cotizadas porque significa que no hay riesgos regulatorios.  Se trata de suelos finalistas con todos los permisos para edificar. Pero hay tan poco suelo finalista y lo que hay está tan caro, que las grandes inmobiliarias están aumentando las opciones de compra sobre suelo en desarrollo a través de un desembolso parcial del 10% que solo ejecutan cuando los terrenos reciben la calificación legal y se convierten en suelo finalista. 
  • El urbanismo autonómico ha consolidado el urbanismo especulativo, un suelo con el planeamiento aprobado puede revalorizarse entre un 30% y un 35% en la fase de gestión. Pero aún así lo promotores inmobiliarios no quieren arriesgarse por  los altos costes de urbanización y de gestión de la Junta de Compensación durante los años y años que dura el proceso. La media urbanística suele estar en 24-36 meses para los planeamientos de desarrollo, en 12-18 meses para los proyectos de reparcelación urbanización y, para un sector de tamaño medio, 24 meses para la ejecución de la obra de urbanización. Son plazos inimaginables en otros países europeos.
  • Entre 1981-2010 se construyeron de media en España cerca de 75.000 viviendas anuales a precios asequibles, una cifra que fue un estabilizador de acceso social a la vivienda. La cifra cayó a partir de 2010 y en 2015 apenas se consiguió la calificación de protegida para 5.300 en toda España y 10.000 unidades en 2018. De esas 75.000 viviendas sociales que se construían cada año en España, el 85% las ha levantado la iniciativa privada (cooperativas y promotores privados), mientras que apenas un 15% las construían empresas municipales de la vivienda. 
La nueva década iniciada en 2020 podría traer la tan necesaria colaboración público-privada, pero el funcionamiento del urbanismo local y la lentitud del urbanismo autonómico son un impedimento práctico a cualquier medida estatal vía planes estatales de vivienda. La burocracia urbanística y la dispersión regulatoria son un “tapón” a la promoción de vivienda social y a la creación de suelo finalista. Si de verdad se quiere solucionar el problema de la vivienda en España no queda más remedio que convocar una mesa estatal con todos los actores, incluyendo ayuntamientos y promotores inmobiliarios, e imponer sanciones a los municipios que no ejecuten los planes de colaboración público privada abriendo la espita a la creación de suelo finalista. Es imprescindible la colaboración y apoyo de las administraciones públicas, la agilidad en la tramitación urbanística y sectorial, y el compromiso de los propietarios para desarrollar el suelo y pagar los costes de urbanización. Pero tanto la iniciativa privada como la pública deben acelerar los procesos de transformación de suelo de urbanizable a urbano de forma que siga llegando al mercado más cantidad de suelo finalista.

 
DIRECTOR DE SUELO.

 
DECRETO-LEY N.º 2/2019, DE 26 DE DICIEMBRE, DE PROTECCIÓN INTEGRAL DEL MAR MENOR.
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  • Decreto-Ley n.º 2/2019, de 26 de diciembre, de Protección Integral del Mar Menor.
La protección ha dado lugar a la declaración de diferentes figuras de protección: en torno al Mar Menor existe un parque regional (Salinas y Arenales de San Pedro del Pinatar) y dos paisajes protegidos (el Paisaje Protegido del Cabezo Gordo, y el Paisaje Protegido de los Espacios Abiertos e Islas del Mar Menor); se han declarado diversas Zonas de Especial Protección para las Aves (ZEPA) y Zonas Especiales de Conservación (ZEC); el Mar Menor ha sido también declarado Humedal de Importancia Internacional (sitio Ramsar); y está asimismo incluido en la Zona Especialmente Protegida de Importancia para el Mediterráneo (ZEPIM) del Área del Mar Menor y zona oriental mediterránea de la costa de la Región de Murcia. La planificación de estos espacios se instrumenta a través del Plan de gestión integral de los espacios protegidos del Mar Menor y la franja litoral mediterránea de la Región de Murcia. En las inmediaciones del Mar Menor la densidad de población es alta todo el año, aunque aumenta espectacularmente en verano, siendo muy destacados los usos turísticos, recreativos y pesqueros, sin olvidar la importancia que para la economía de la zona representa la actividad agrícola. El proceso de transformación económica, social y urbanística que ha afectado al Mar Menor en el último medio siglo (y aun antes, en el caso de la minería) ha supuesto multitud de impactos en el medio físico y natural y hace del Mar Menor un área necesitada de una especial protección.  A partir de los años 60, se inició en el entorno de Mar Menor una profunda transformación urbanizadora-turística, que amplió muy considerablemente la zona ocupada en el área litoral en torno al Mar, reduciendo la capacidad natural de retención de aguas y sedimentos. El proceso ha supuesto una gran demanda de recursos y la generación de residuos con un marcado carácter estacional, habiéndose vertido al Mar Menor parte de las aguas residuales hasta fechas recientes, si bien actualmente los vertidos se reducen a defectos en las redes de saneamiento.

 
¿QUÉ HACE UN DIRECTOR DE SUELO?
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¿Qué debe saber un profesional en un caso práctico como el de la noticia?
  • ¿Qué hace un Director de suelo?
  • ¿Qué funciones tiene el director de suelo de una promotora inmobiliaria? ¿Captar suelo? 
  • ¿Buscar suelo/edificios siguiendo criterios de oportunidad? 
  • Todo esto y mucho más. 
El Director de suelo ayuda a identificar nuevas oportunidades de adquisición de terrenos que se alinean con la estrategia y los objetivos del plan comercial de una inmobiliaria o inversor inmobiliario.  Debe realizar investigaciones, proporcionar análisis y administrar datos de terrenos con el fin de maximizar la ganancia de los activos inmobiliarios. Manejará perfectamente los mapas de la zona para recopilar información sobre sitios o áreas específicas. La información incluirá servicios públicos, zonificación, topografía, estado de servidumbres y otra información relacionada con el desarrollo para evaluar cada sitio. El director de suelo llevará un registro de seguimiento de las operaciones viables y transacciones comparables. Debe conocer el mercado del suelo como la palma de su mano. No se le puede escapar ningún solar. Para cumplir esta finalidad el Director de suelo debe mantenerse en contacto directamente con los propietarios en áreas específicas de inversión, estar bien relacionado con los propietarios de suelo, agentes inmobiliarios, funcionarios municipales, ingenieros, promotores e inversores inmobiliarios, abogados, urbanistas, etc. Todos los que pueden dar lugar a una oportunidad de compra. Tiene que ser sociable y asistir a eventos inmobiliarios para generar nuevos contactos y encontrar ofertas. El director de suelo debe contar con la ayuda de los gestores de suelo independientes ya que están especializados en la localización de todo tipo de terrenos y en su venta a un inversor o promotor. Vamos que tiene que apretar muchas manos si quiere ser el primero en saber donde hay un suelo en venta.

 
DIRECTOR DE SUELO.

 
PROYECTOS DE INTERÉS ESTRATÉGICO DE ANDALUCÍA. 
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  • Decreto-ley 4/2019, de 10 de diciembre, para el fomento de iniciativas económicas mediante la agilización y simplificación administrativas en la tramitación de proyectos y su declaración de interés estratégico para Andalucía, para la creación de una unidad aceleradora de proyectos de interés estratégico y por el que se modifica la Ley 1/1994, de 11 de enero, de Ordenación del Territorio de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía.
  • Se simplifica y clarifica la documentación que tiene que presentar el promotor del proyecto. 
Además, se reducen los trámites administrativos para su declaración, aclarándose los efectos de la declaración. También se pone a disposición del promotor del proyecto declarado una Unidad Aceleradora que permitirá impulsar y realizar una labor de seguimiento de la tramitación de las autorizaciones e informes en los distintos departamentos de la Administración de la Junta de Andalucía. Por último, busca potenciar los efectos de la declaración mediante reformas de otros marcos normativos. Para dar cabida a nuevas potenciales inversiones, se amplía el ámbito objetivo de las actividades que pueden acceder a la declaración. Así, se amplía la tipología de proyectos, incluyendo iniciativas de economía circular, eco innovación o que contribuyan al desarrollo energético sostenible en Andalucía, así como a impulsar inversiones en materia de atención a la dependencia o de carácter social. Las inversiones empresariales podrán ser declaradas de interés estratégico por la Comisión Delegada para Asuntos Económicos, órgano al que se le atribuye en el Decreto-ley la competencia para aprobar dichas declaraciones, en coherencia con lo dispuesto en el artículo 5 del Decreto 484/2019, de 4 de junio, por el que se regula la composición y funciones de las Comisiones Delegadas del Gobierno.

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