NOTICIAS INMOBILIARIAS PROFESIONALES.
NOTICIAS DE LA CONSTRUCCIÓN, URBANISMO E INMOBILIARIO.

NOTICIAS DE LA CONSTRUCCIÓN, URBANISMO E INMOBILIARIO.


 
PROYECTOS DE INTERÉS ESTRATÉGICO DE ANDALUCÍA. 
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¿Qué debe saber un profesional en un caso práctico como el de la noticia?
  • Decreto-ley 4/2019, de 10 de diciembre, para el fomento de iniciativas económicas mediante la agilización y simplificación administrativas en la tramitación de proyectos y su declaración de interés estratégico para Andalucía, para la creación de una unidad aceleradora de proyectos de interés estratégico y por el que se modifica la Ley 1/1994, de 11 de enero, de Ordenación del Territorio de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía.
  • Se simplifica y clarifica la documentación que tiene que presentar el promotor del proyecto. 
Además, se reducen los trámites administrativos para su declaración, aclarándose los efectos de la declaración. También se pone a disposición del promotor del proyecto declarado una Unidad Aceleradora que permitirá impulsar y realizar una labor de seguimiento de la tramitación de las autorizaciones e informes en los distintos departamentos de la Administración de la Junta de Andalucía. Por último, busca potenciar los efectos de la declaración mediante reformas de otros marcos normativos. Para dar cabida a nuevas potenciales inversiones, se amplía el ámbito objetivo de las actividades que pueden acceder a la declaración. Así, se amplía la tipología de proyectos, incluyendo iniciativas de economía circular, eco innovación o que contribuyan al desarrollo energético sostenible en Andalucía, así como a impulsar inversiones en materia de atención a la dependencia o de carácter social. Las inversiones empresariales podrán ser declaradas de interés estratégico por la Comisión Delegada para Asuntos Económicos, órgano al que se le atribuye en el Decreto-ley la competencia para aprobar dichas declaraciones, en coherencia con lo dispuesto en el artículo 5 del Decreto 484/2019, de 4 de junio, por el que se regula la composición y funciones de las Comisiones Delegadas del Gobierno.

 
Prensa inmobiliaria / edificación / urbanismo.
Urbanismo Murcia (la verdad)
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Una zona de exclusión limitará el urbanismo durante cinco años junto al Mar Menor
El decreto ley del Gobierno regional también prevé crear un corredor ecológico alrededor de la albufera, libre de edificaciones

 
Prensa inmobiliaria / edificación / urbanismo.
Urbanismo Murcia (la opinión)
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Por ejemplo, el plan parcial de El Vivero en La Manga, con más de 600 viviendas previstas, lo siguen dejando urbanizable», lamenta Ecologistas.

 
Prensa inmobiliaria / edificación / urbanismo.
De local a vivienda > Zaragoza (el heraldo)
¿Qué guía práctica soluciona este tipo de casos?
¿Qué trabas hay en Zaragoza? La normativa actual en Zaragoza es bastante restrictiva a la hora de acometer este tipo de obras. Se exige una altura mínima de la puerta, que no puede en ningún caso estar a ras de acera. Las entradas de luz y la ventilación juegan también un papel esencial, unas limitaciones que vienen delimitadas en el Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) vigente. Este mismo documento determina que ninguna vivienda de la ciudad puede tener una dimensión inferior a los 38 metros cuadrados.

 
Prensa inmobiliaria / edificación / urbanismo.
Planeamiento urbanístico (interempresas)
¿Qué guía práctica soluciona este tipo de casos?
Felipe Iglesias, consultor de Uría Menéndez, ha destacado en su intervención la importancia de actualizar el Plan General a escala nacional, modificar el régimen de usos prohibidos, reducir el catálogo de inmuebles protegidos y flexibilizar los límites de la edificación, entre las 10 medidas que ha presentado durante su intervención.

 
Prensa inmobiliaria / edificación / urbanismo.
Urbanismo C. Valenciana (el economista)
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La nueva ley valenciana de urbanismo -la Ley 1/2019 de 5 de febrero, que modifica la Ley 5/2014 de 25 de julio de Ordenación del Territorio, Urbanismo y Paisaje de la Generalitat Valenciana, más conocida como la Lotup-, materializa una reivindicación de los promotores para aligerar el embudo que existe actualmente con las licencias de obra en ciudades como Valencia. Se trata de "la ampliación del alcance de la declaración responsable con el fin de simplificar los procedimientos urbanísticos, de tal forma que determinadas actuaciones urbanísticas, antes sujetas a licencia, estarán sujetas ahora a una declaración responsable". En definitiva, una novedad importante que solicitan desde hace años los empresarios del sector a modo de 'desatascador' burocrático para su actividad.

 
REFORMA DE LA LEY DE ORDENACIÓN DEL TERRITORIO DE ANDALUCÍA
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¿Qué debe saber un profesional en un caso práctico como el de la noticia?
  • Decreto ley para el Fomento de Iniciativas Económicas mediante la Agilización y Simplificación Administrativa en la tramitación de Proyectos y su Declaración de Interés Estratégico para Andalucía 
  • Este decreto ley también introduce cambios en la Ley de Ordenación del Territorio de Andalucía, derogando el artículo 41 y modificando los artículos 38 y 39. De esta forma se le da a la regulación existente una mayor claridad y seguridad jurídica, sobre todo en actuaciones relacionadas con el urbanismo.
  • La declaración de interés estratégico implica el impulso preferente en la tramitación administrativa de los permisos y autorización necesarios para su implantación, todo ello con el objetivo de que la inversión no pierda su oportunidad de desarrollarse en Andalucía y no se deslocalice a otros entornos.
El consejero de la Presidencia, Administración Pública e Interior y portavoz del Gobierno andaluz, Elías Bendodo, ha anunciado que el Consejo de Gobierno ha aprobado el decreto ley para el Fomento de Iniciativas Económicas mediante la Agilización y Simplificación Administrativa en la tramitación de Proyectos y su Declaración de Interés Estratégico para Andalucía, con el que se pretende favorecer la inversión privada en la comunidad. También recoge, por un lado, la creación de la Unidad Aceleradora de esta tipología de proyectos empresariales, que se encargará de que su tramitación ante la Administración autonómica se realice con agilidad y eficacia; y por otro, modifica la Ley de Ordenación del Territorio de Andalucía (LOTA) en algunos aspectos que otorgan seguridad jurídica en el desarrollo de la inversión. La norma elimina requisitos y evita duplicidades en los trámites, tanto para las edificaciones como para las empresas, además de declarar ‘inversiones de interés estratégico’ las iniciativas de aprovechamiento de fuentes renovables que corresponden a la comunidad autónoma en el marco de las dos últimas subastas convocadas por Administración central. De este modo, se eliminarán obstáculos para el desarrollo estas iniciativas y se favorecerá el cumplimiento de los objetivos de la Estrategia Energética de Andalucía 2020, que marca en el 25% la aportación de las renovables al consumo final bruto de energía en ese año, frente al 17,6% actual. En relación con la simplificación administrativa, se derogan diversas disposiciones que en su momento fueron pioneras en España pero cuyos trámites repiten normas estatales aprobadas posteriormente, en aplicación de directivas europeas en materia de eficiencia energética y renovables. Así, con el fin de evitar duplicidades de requisitos para las edificaciones y las empresas, el decreto ley modifica el artículo 25 y suprime el 26 y el 27 de la ley autonómica sobre estas materias, en vigor desde 2007, además de derogar el reglamento de desarrollo aprobado en 2011 salvo en lo referido al Registro de Certificados Energéticos.

 
GESTIÓN DE LOS RESIDUOS DE CONSTRUCCIÓN Y DEMOLICIÓN EN LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE EXTREMADURA. 
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¿Qué debe saber un profesional en un caso práctico como el de la noticia?
  • Decreto 20/2011, de 25 de febrero, por el que se establece el régimen jurídico de la producción, posesión y gestión de los residuos de construcción y demolición en la Comunidad Autónoma de Extremadura. 
Residuo de construcción y demolición (RDC). Cualquier sustancia u objeto que cumpla las siguientes condiciones: Condición de residuo (establecida por el art. 3 de la Ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados): Que su poseedor lo deseche o tenga la intención u obligación de desechar. Que se genere en una obra de construcción y demolición. Obra de construcción o demolición.  A efectos de la normativa en materia de RCD se define obra de construcción o demolición cualquier actividad consistente en: La construcción, rehabilitación, reparación, reforma o demolición de un bien inmueble, tal  como un edificio, carretera, puerto, aeropuerto, ferrocarril, canal, presa, instalación deportiva o de ocio, así como cualquier otro análogo de ingeniería civil. La realización de trabajos que modifiquen la forma o sustancia del terreno o del subsuelo,  tales como excavaciones, inyecciones, urbanizaciones u otros análogos, con exclusión de aquellas actividades a las que sea de aplicación la Directiva 2006/21/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de marzo, sobre la gestión de residuos de industrias extractivas. 

 
Prensa inmobiliaria / edificación / urbanismo.
Licencias urbanísticas (metros2)
¿Qué guía práctica soluciona este tipo de casos?
Guillermo San Román, presidente de la Comisión de Urbanismo de Asprima, ha sido muy crítico con los ayuntamientos en la jornada organizada por Uría y Menéndez y la propia Asprima. “El problema son los tiempos”, ha afirmado. San Román ha destacado la “grave anomalía” que representa la “tragedia” en los plazos de concesión de licencias de obra y de primera ocupación a las promotoras. “Todos conocemos cientos de casos en los cuales han pasado 24, 36 y hasta 48 meses para obtener una licencia de obras; es irracional”, ha resaltado. En su exposición, Guillermo San Román ha explicado que las promotoras se enfrentan a muchas incertidumbres. Con la competencia urbanística en manos municipales, ha lamentado que “no es posible tardar 12 meses en revisar un documento” elaborado por arquitectos de acuerdo a la normativa vigente.

 
Prensa inmobiliaria / edificación / urbanismo.
Suelos contaminados (elespañol)
¿Qué guía práctica soluciona este tipo de casos?
Este compromiso se ha renovado en la Ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados, que junto con el Real Decreto 9/2005, de 14 de enero, implican a toda la ciudadanía en la descontaminación de los suelos. No podemos desconocer que no sólo están obligados a la limpieza de los suelos de titularidad privada los causantes de la contaminación, sino también de modo subsidiario sus propietarios y poseedores de modo sucesivo. Esta responsabilidad subsidiaria de los propietarios y ocupantes obliga a la existencia de un régimen de publicidad registral que dote de seguridad al tráfico jurídico y permita calcular adecuadamente las inversiones, dado que el adquirente puede verse obligado a realizar a su costa la limpieza del suelo. Todo análisis económico de la viabilidad de una transacción debe contemplar el hipotético coste de la limpieza del territorio si está potencialmente contaminado.

 
PROYECTO DE LEY DE ORDENACIÓN DEL TERRITORIO DE GALICIA.
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¿Qué debe saber un profesional en un caso práctico como el de la noticia?
  • Sustituirá a la Ley 10/1995, de 23 de noviembre, de Ordenación del Territorio de Galicia.
  • La nueva Ley de Ordenación del Territorio simplificará trámites urbanísticos  al integrar la evaluación ambiental estratégica en el mismo procedimiento. A partir de su aprobación, cuando una edificación se construya "a caballo" entre dos o más municipios, será el ayuntamiento "más afectado" por la misma --en el que se levante la mayor parte-- el que "tenga prevalencia" para decidir sobre la concesión de licencia. La norma también persigue "transparencia", por lo que "todo instrumento de ordenación en vigor estará a disposición de los ciudadanos en un registro público". Se trata de ordenar y prever todas las actuaciones supramunicipales. El Gobierno gallego incide en que la revisión y actualización de la norma autonómica no solo está "justificada" en la necesidad de revisar las debilidades y fortalezas de una norma con años de aplicación, sino que también es necesaria debido a la "consecución" de los objetivos señalados por la Estrategia europea de ordenación del territorio. Esta normativa europea contempla que las políticas de desarrollo territorial deben orientarse a alcanzar "un desarrollo equilibrado y sostenible del territorio de la UE", asegurando que se cumplen tres objetivos: "la cohesión económica y social, la conservación y gestión de los recursos naturales y del patrimonio cultural, y la competitividad más equilibrada del territorio europeo". 
El proyecto de ley de ordenación del territorio de Galicia establece un único procedimiento de tramitación para todos los instrumentos de ordenación del territorio. Y otra de las novedades, añadió, es que el documento aportación mayor seguridad a la figura de plan sectorial -el instrumento que ordena y regula la implantación de actividades sectoriales en el territorio-, concretando y actualizando su definición para diferenciarla del concepto de proyecto sectorial. En definitiva, la ley contempla 4 figuras de ordenación diferenciando entre: las directrices de ordenación del territorio; los planes territoriales integrados y especiales; los planes sectoriales; y los proyectos de interés autonómico, una figura que sustituye a los proyectos sectoriales de incidencia supramunicipal. “Estos serían los cuatro instrumentos que tenemos a nuestra disposición para ordenar el territorio de forma igualitaria y coherente en los 313 ayuntamientos gallegos”, abundó, y sobresalió que esto es “una garantía para la inversión, para el crecimiento ordenado, para un urbanismo con principios y para que todo el mundo sepa exactamente qué se puede hacer”. La nueva ley refuerza una serie de objetivos para mejorar la calidad de vida de los habitantes como: procurar un desarrollo equilibrado de toda la Comunidad, garantizar la accesibilidad de toda la población a las infraestructuras y servicios, mejorar la relación del medio urbano y el rural, y potenciar el desarrollo económico sostenible.

 
RESUELTA LA CUESTIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD ANTE LA LEY DEL SUELO DE LA COMUNIDAD VALENCIANA. REFORMA DE LA LEY DEL SUELO DE LA COMUNIDAD VALENCIANA
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¿Qué debe saber un profesional en un caso práctico como el de la noticia?
  • Acuerdo entre el Gobierno y la Generalitat para levantar la cuestión de inconstitucionalidad ante la Ley 1/2019, de 5 de febrero, de la Generalitat, de modificación de la Ley 5/2014, de 25 de julio, de ordenación del territorio, urbanismo y paisaje de la Comunitat Valenciana.
  • El acuerdo conlleva la reforma de la Ley del suelo de la Comunidad Valenciana para clarificar, en las actuaciones urbanísticas en suelos urbanos ya edificados, los casos en que procede exigir las cesiones por aprovechamiento urbanístico a la Administración con destino a mejorar las dotaciones públicas.
El Gobierno de España mostró sus discrepancias respecto a la ley de urbanismo valenciana, más conocida como Lotup al considerar que ciertos preceptos que incluye el texto valenciano invaden competencias estatales. Ante esta situación, se citó a la Generalitat a una mesa de negociación bilateral. La comisión bilateral era el paso previo a la presentación de un recurso de inconstitucionalidad en caso de no alcanzar un acuerdo en el plazo de seis meses. Es esta comisión la que ha resuelto las discrepancias manifestadas en relación con el apartado 55 del anexo de la norma que modificó la ley ordenación del territorio, urbanismo y paisaje de la Comunitat Valenciana de 2014. En concreto, este apartado, que hace referencia al artículo 77 de la norma, detalla cómo se llevará a cabo el aprovechamiento resultante que le corresponde al ayuntamiento en cumplimiento del deber de participación pública en las plusvalías generadas por el planeamiento, que se materializará en terrenos cedidos a estas, libres de cargas de urbanización, así como cuantifica el porcentaje de cesión y cómo se compensa el excedente de aprovechamiento. Las discrepancias radican en que la norma puede interpretarse como la creación de nuevas cesiones de suelo o diferentes a las que prevé la normativa estatal, lo que entraría en conflicto con las competencias que tienen las autonomías.

 
PROYECTO DE DE LEI DE ORDENACIÓN DO TERRITORIO DE GALICIA
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¿Qué debe saber un profesional en un caso práctico como el de la noticia?
  • Sustituirá a la Ley 10/1995, de 23 de noviembre, de Ordenación del Territorio de Galicia.
  • Órgano ou entidade tramitadora: Consellería de Medio Ambiente, Territorio e Vivenda - Dirección Xeral de Ordenación do Territorio e Urbanismo
La Xunta aprobará en la sesión del jueves el texto de la Lei de Ordenación do Territorio, que comenzó a elaborar hace dos años, para dibujar el nuevo urbanismo de Galicia para las próximas décadas. La nueva Ley de Ordenación del Territorio simplificará trámites urbanísticos  al integrar la evaluación ambiental estratégica en el mismo procedimiento. A partir de su aprobación, cuando una edificación se construya "a caballo" entre dos o más municipios, será el ayuntamiento "más afectado" por la misma --en el que se levante la mayor parte-- el que "tenga prevalencia" para decidir sobre la concesión de licencia. La norma también persigue "transparencia", por lo que "todo instrumento de ordenación en vigor estará a disposición de los ciudadanos en un registro público". Se trata de ordenar y prever todas las actuaciones supramunicipales. El Gobierno gallego incide en que la revisión y actualización de la norma autonómica no solo está "justificada" en la necesidad de revisar las debilidades y fortalezas de una norma con años de aplicación, sino que también es necesaria debido a la "consecución" de los objetivos señalados por la Estrategia europea de ordenación del territorio. Esta normativa europea contempla que las políticas de desarrollo territorial deben orientarse a alcanzar "un desarrollo equilibrado y sostenible del territorio de la UE", asegurando que se cumplen tres objetivos: "la cohesión económica y social, la conservación y gestión de los recursos naturales y del patrimonio cultural, y la competitividad más equilibrada del territorio europeo". 

 
Prensa inmobiliaria / edificación / urbanismo.
Director de suelo (el economista)
¿Qué guía práctica soluciona este tipo de casos?
Por ejemplo, un promotor buscaba hacer 50 viviendas en Getafe (Madrid) y su intermediario le facilitó una parcela pero el promotor desconoce que ahora mismo en Getafe hay 26 parcelas de suelo urbanístico consolidado para empezar a construir y el promotor puede ver estas 26 parcelas con nuestra herramienta en minutos y ver toda la oferta.

 
Prensa inmobiliaria / edificación / urbanismo.
Urbanismo Cataluña (la vanguardia)
¿Qué guía práctica soluciona este tipo de casos?
La Generalitat ha reducido a la mitad las viviendas que se podrán construir en la Costa Brava con la aprobación inicial del Plan Director Urbanístico (PDU), al frenar la construcción de unas 15.000, casi la mitad de las previstas.

 
Prensa inmobiliaria / edificación / urbanismo.
Urbanismo Castilla León > Valladolid (la voz de Medina)
¿Qué guía práctica soluciona este tipo de casos?
Las Normas Urbanísticas Territoriales (NUT) de Valladolid presentadas hoy son el resultado de la colaboración entre la administración autonómica, a través de la Consejería de Fomento y Medio Ambiente, y la Diputación Provincial de Valladolid, interesadas ambas en ayudar a los pequeños municipios que carecían de medios suficientes para elaborar un instrumento urbanístico de planeamiento general propio. Junta y Diputación firmaron un convenio en febrero de 2017 para elaborar unas normas básicas de aplicación general al centenar de municipios de menos de quinientos habitantes que carecía de ellas.

 
Prensa inmobiliaria / edificación / urbanismo.
Urbanismo Castilla la Mancha > Talavera (Toledodiario)
¿Qué guía práctica soluciona este tipo de casos?
actuaciones urbanizadoras, tal y como ha señalado la regidora talaverana, como 88.000 metros cuadrados (m2) de suelo industrial en el polígono Injertillos, 93.000 m2 de uso terciario comercial junto al Centro Comercial Los Alfares, y más de 22.000 m2 de uso residencial en dos PAUs, uno en la antigua Ilta y otro que comunica la Plaza del Pan con Ronda del Cañillo

 
VALORACIONES INMOBILIARIAS Y TASACIONES RICS. PERITO TASADOR INMOBILIARIO.
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¿Qué debe saber un profesional en un caso práctico como el de la noticia?
  • ¿Qué son las Valoraciones RICS?
  • La tasación inmobiliaria y la Orden Ministerial ECO 805/2003.
La tasación inmobiliaria es un informe que determina el valor de tasación de bienes inmuebles, de cualquier tipología, y otros derechos que requieran la concesión de un préstamo hipotecario. Se realizan por un experto independiente y son supervisados por una sociedad de tasación homologada por el Banco de España, conforme a lo establecido por la Orden Ministerial ECO 805/2003. Una Tasación Inmobiliaria Orden ECO 805 es un informe obligatorio para: Garantía hipotecaria de créditos o préstamo. Cobertura de las provisiones técnicas de las entidades aseguradoras. Determinación del patrimonio de las instituciones de inversión colectiva inmobiliarias. Determinación del patrimonio inmobiliario de los Fondos de Pensiones. La tasación también es preceptiva para la valoración de los inmuebles propiedad de las Entidades Financieras, garantías inmobiliarias o inmuebles adjudicados. Son también necesarias para conocer el valor real de daciones en pago, operaciones de leasing, bienes en asesoramiento de compraventas, herencias o testamentarías, procesos fiscales o como garantía sobre impuestos, adjudicación en subastas, trámites en separaciones o divorcios, revisiones catastrales, IBIs y balances contables y garantía hipotecaria para personas de la 3ª edad (hipoteca inversa). ¿Qué son las Valoraciones RICS? Las Valoraciones RICS son valoraciones que se realizan de acuerdo con los estándares internacionales de la Royal Institution of Chartered Surveyors. RICS (Royal Institution of Chartered Surveyors) es la principal organización internacional que representa a los profesionales del sector inmobiliario y es reconocida globalmente por sus altos estándares de calidad. 

 
VALORACIONES INMOBILIARIAS Y TASACIONES RICS 

 
Prensa inmobiliaria / edificación / urbanismo.
Viviendas ilegales en Andalucía (el mundo)
¿Qué guía práctica soluciona este tipo de casos?
El decreto implica una notable carga de trabajo para los ayuntamientos. Pero más preocupa el coste económico que supone para los muchos propietarios de viviendas que no están dispuestos a asumirlos, como admiten expertos consultados. Una agrupación de viviendas ilegales, la clásica urbanización, según el decreto contará con infraestructuras, pero pagadas por los dueños. "No se trata de trasladar responsabilidades", explica la Consejería de Fomento, "pero sí que las cargas las asuman los responsables de la situación creada. Corresponde a los particulares asumir los costes de minimización de los impactos generados y de la implantación de los servicios urbanísticos básicos mínimos. Sin perjuicio de la posibilidad de participar el ayuntamiento en dichas cargas", o meramente imponerlas.

 
Prensa inmobiliaria / edificación / urbanismo.
Urbanismo de Andalucía (Sevilla) (diario de Sevilla)
¿Qué guía práctica soluciona este tipo de casos?
La redistribución aprobada en la parcela ha logrado concentrar la superficie destinada a servicios terciarios en una única parcela en la confluencia de la avenida de San Francisco Javier y la calle Santa Joaquina de Vedruna. Los técnicos entienden que “la ubicación del uso terciario en esta zona resulta coherente con la distribución de usos terciarios en el entorno, desarrollados mayoritariamente en la avenida de San Francisco Javier”.
Aclaración inmoley.com:Una serie de ejes de referencia determinan la posición de los edificios en relación con la jerarquia del viario público y la distribución de usos residenciales y terciarios. La necesaria fiexibilidad que debe presidir la aplicación de unas ordenanzas particulares, debe ser
porlo tanto compatible con el mantenimiento de ciertas alineaciones, áreas de movimiento y ejes de posición de la edificación, que garantice la consecución de los criterios generales de la ordenación, descritos en la Memoria del Plan. Las ordenanzas prevén distintos mecanismos jurldico-urbanisticos. para la intervención de los diferentes agentes sociales en el proceso edificatorio que culmina la ejecución del Plan. En función dellipo de parámetros que se deseen modificar, la dificultad de dichos mecanismos - medida en relación con el trámite de Licencia directa - crecerá amedida que las propuestas de variación de la edificación se alejen de la ordenación que se refleja en el Plano de Ordenación General.

 
Prensa inmobiliaria / edificación / urbanismo.
Urbanismo Cataluña > Barcelona (iustel)
¿Qué guía práctica soluciona este tipo de casos?
El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña ha anulado el Reglamento de Participación Ciudadana del Ayuntamiento de Barcelona al considerar que no respeta el artículo 71 de la Ley 7/1985 reguladora de las Bases del Régimen Local y solo contempla la aprobación de la iniciativa ciudadana por parte del consejo municipal sin necesidad de la aprobación por parte del gobierno de la nación.
Aclaración inmoley.com: En realidad no da solución legal al problema planteado que ha sido objeto de una constante controversia tanto a nivel doctrinal como jurisprudencial, no solo en este ámbito, sino también en el procedimiento de aprobación de planes de urbanismo, finalmente resulta en el sentido de considerar que la estimación de reclamaciones y sugerencias con la consiguiente modificación del texto que fue sometido a información pública no comporta la necesidad de un nuevo período de información pública, ya que si existe este trámite de información es para que el órgano competente a la vista de las reclamaciones y sugerencias pueda revisar el texto aprobado inicialmente, solución que ha sido mayoritariamente acogida en la jurisprudencia y que tiene como única salvedad, consagrada en el ámbito urbanístico en el art. 130 del Reglamento de Planeamiento, el supuesto en que las modificaciones introducidas fuesen de tal entidad que el proyecto que se sometiese a la aprobación definitiva fuese totalmente distinto o contuviese un cambio sustancial, en los criterios utilizados por el proyecto que se aprobó inicialmente y se expuso al público.

 
¿DARÁ TIEMPO A APROBAR LA NUEVA LEY DEL SUELO DE ANDALUCÍA EN ESTA LEGISLATURA?
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¿Qué debe saber un profesional en un caso práctico como el de la noticia?
  • Si se acota el calendario de la comisión de expertos daría el tiempo justo.
  • Muchas reformas de la ley del suelo quedan en el cajón. El año pasado vimos la de Andalucía y la de Madrid. Ahora, el nuevo gobierno andaluz quiere aprobarla en el curso de la legislatura, pero sólo será posible si acota los plazos de emisión de informes de la  comisión de expertos para la redacción de la nueva Ley Andaluza del Suelo. Una comisión, formada por expertos en materia de Urbanismo, asesorará en la redacción de la nueva Ley Andaluza del Suelo, que sustituirá la Ley de Ordenación Urbanística de Andalucía (LOUA) y que tiene como principal cometido la simplificación y unificación de los diferentes textos normativos existentes en materia urbanística. La consejera de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio, Marifrán Carazo, ha informado en el Parlamento de Andalucía de los últimos avances en la redacción de esta ley, que contará con un primer borrador antes de que finalice el año.
Marifrán Carazo ha ahondado en la necesidad de redactar un nuevo marco normativo “que derogue la LOUA que, tras 16 años de vigencia, ya no responde a los problemas actuales del urbanismo en la Comunidad Autónoma”, además de “perder coherencia debido a las sucesivas modificaciones introducidas”. “Los anteriores gobiernos socialistas nos han dotado de legislación urbanística enmarañada que hace muy difícil la aprobación de planes generales”, ha incidido. “No puede ser que un promotor en Andalucía que quiera iniciar un proyecto que genere empleo y riqueza en nuestra tierra tenga que sortear 235 textos legales entre leyes, reales decretos, decretos-leyes, órdenes y resoluciones” La consejera ha defendido que la nueva Ley Andaluza del Suelo se va a regir por un principio básico de seguridad jurídica y, además, establecerá un marco normativo claro, sencillo y estable que facilite la inversión en Andalucía. “La ley propiciará un modelo de planeamiento general menos rígido, que flexibilice el desarrollo urbanístico y tenga en cuenta la dinámica de los municipios, con especial atención a los de menor población y en defensa del mundo rural”.

 
REFORMA LEY DEL SUELO DE CATALUÑA
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  • Decreto Ley 16/2019, de 26 de noviembre, de medidas urgentes para la emergencia climática y el impulso a las energías renovables
Se admite la implantación de las instalaciones para el aprovechamiento de la energía solar mediante captadores solares térmicos o paneles fotovoltaicos, sin necesidad de modificar el planeamiento urbanístico, en los siguientes casos: a) Sobre la cubierta de las edificaciones y otras construcciones auxiliares de estas, incluidas las pérgolas de los aparcamientos de vehículos, cuando las instalaciones no superen el metro de altura desde la cubierta plana o, en caso de cubierta inclinada, cuando los captadores o paneles se ubiquen adosados en paralelo. b) En los espacios de las parcelas en suelo urbano, no ocupados por las edificaciones y otras construcciones auxiliares de estas, cuando las instalaciones se destinen a reducir la demanda energética de la edificación y no superen el metro de altura desde la rasante del suelo ni comporten un empleo de la parcela superior al 25% de su superficie no edificable. Los proyectos de obras para la rehabilitación de edificaciones preexistentes pueden comportar la autorización para ocupar, mientras subsista la edificación, suelos reservados a sistemas urbanísticos o terrenos privados inedificables que sean indispensables para instalar ascensores u otros elementos relacionados con la accesibilidad de las personas, o para reducir como mínimo el 30% de la demanda energética anual destinada a la calefacción o refrigeración del edificio de acuerdo con lo que establece la legislación en materia de suelo, siempre que: a) Sea inviable técnica o económicamente cualquier otra solución. b) No se perjudique sensiblemente la funcionalidad del sistema urbanístico afectado o las condiciones de ventilación, soleamiento y vistas de las edificaciones vecinas. En estos supuestos no es necesaria la modificación del planeamiento urbanístico.

 
NORMAS TÉCNICAS DE PLANEAMIENTO URBANÍSTICO DE GALICIA
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  • Orden de 10 de octubre de 2019 de aprobación de las normas técnicas de planeamiento urbanístico de Galicia (DOG de 25 de noviembre de 2019) 
Las normas técnicas de planeamiento tendrán por objeto unificar los criterios técnicos para la elaboración de los documentos de planeamiento urbanístico, la terminología y los conceptos urbanísticos generales, así como cualquier otra cuestión que necesite aclaración u orientación técnica en esta materia. Asimismo, facilitará la integración de la información del planeamiento en las infraestructuras digitales de datos espaciales y posibilitará un acceso sencillo a los documentos de planeamiento a todos los actores que participan en la planificación del territorio y al público en general. El contenido de los instrumentos de planeamiento urbanístico deberá desarrollarse siguiendo los principios de máxima sencillez, legibilidad y proporcionalidad en relación con las características del ámbito territorial del documento de planeamiento, conforme al artículo 83 del Reglamento de la Ley del suelo de Galicia.

 
Prensa inmobiliaria / edificación / urbanismo.
Expropiaciones urbanísticas > Andalucía (opinión de Málaga)
¿Qué guía práctica soluciona este tipo de casos?
El Ayuntamiento tiene previsto ceder los terrenos por 35 años a cambio del pago de un canon anual.

 
Prensa inmobiliaria / edificación / urbanismo.
Urbanismo Canarias > Reforma de la ley del suelo de Canarias (periódico ycoden)
¿Qué guía práctica soluciona este tipo de casos?
Problemas con el planeamiento urbanístico en proceso de tramitación.

 
REFORMA DE LA LEY DEL SUELO DE CANARIAS
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  • La consejería de Transición Ecológica, Lucha contra el Cambio Climático y Planificación Territorial del Gobierno de Canarias, ha elaborado un anteproyecto de la ley del suelo de Canarias que incluye la urgencia medioambiental y recuperar competencias urbanísticas perdidas con la actual Ley 4/2017, de 13 de julio, del Suelo y de los Espacios Naturales Protegidos de Canarias.
  • La Ley 4/2017 modificó el proceso de aprobación de los planes generales, antes dirigido por la Comisión del Territorio y Medio Ambiente de Canarias (Cotmac), y lo pasó a los ayuntamientos, que también asumían la responsabilidad de la evaluación ambiental de los planes. 
  • Actualmente hay ayuntamientos con dificultades para realizar la evaluación ambiental por lo que el anteproyecto recupera competencias a favor de la Administración autonómica para reforzar su papel en la ordenación del territorio ante la evidencia de que en este periodo no se han aprobado nuevos planes y que los ayuntamientos tienen muchas dificultades para sacar adelante las evaluaciones ambientales.
  • Esta recuperación de competencias urbanísticas choca con los cabildos y ayuntamientos canarias que no quieren que se vuelva a centralizas en el gobierno autonómico la tramitación y aprobación de los planes urbanísticos.
De momento la Consejería está trabajando en una la nueva ley del cambio climático que seguramente conllevará una reforma de la ley del suelo para que los planes urbanísticos tengan que prever una evaluación en cada municipio de las emisiones de gases de efecto invernadero en la ordenación urbanística, así como fijar los suelos urbanos neutros en emisiones.  Otro cambio afectará a las grandes infraestructuras que se han previsto pero no se han ejecutado, ya que según el nuevo gobierno, la ley del suelo de Canarias (Ley 4/2017) prioriza lo sectorial sobre la ordenación del territorio, lo que quiebra el urbanismo y la planificación territorial para permitir infraestructuras. A la ley del Suelo de Canarias se le añadirá el calificativo de “Ley del Territorio” como término más amplio que incluye también el mar y el aire y no solo el suelo, una denominación que figuraba ya desde la primera ley de Ordenación del Territorio de 1999 y que se mantuvo vigente hasta 2017. Durante los dos años de vigencia de la ley del suelo de Canarias (Ley 4/2017) no ha sido aprobado ningún plan general municipal en este tiempo y los trámites se han ralentizado por problemas de interpretación. Hay ejemplos como el Plan Insular de Lanzarote, que data de 1991, el plan general de San Bartolomé de Tirajana, que es el de 1996 o Mogán, aún con normas subsidiarias, que demuestran que la actual ley sigue sin resolver los principales problemas. La Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias (Cotmac) desapareció con la entrada en vigor la ley del suelo de Canarias (Ley 4/2017). Antes de esta norma, los planes se enviaban directamente al Cotmac y ahora el pleno municipal es el único que puede enviar un planeamiento a ese órgano. Con lo cual existe un trámite más porque es necesario primero tramitar un expediente para el pleno y pedir autorización; después el órgano ambiental propio emite un informe que hay que llevar de nuevo a pleno y, cuando pasan los 45 días de exposición pública, se lleva al pleno de nuevo. Esto supone pasar tres veces por el pleno, lo que antes se enviaba directamente a la Cotmac.

 
Prensa inmobiliaria / edificación / urbanismo.
Urbanismo hotelero en Canarias (elconfidencial)
¿Qué guía práctica soluciona este tipo de casos?
El hotel Oliva Beach, propiedad de Riu en las dunas de Corralejo (Fuerteventura), está en el epicentro de una pugna política, empresarial y ambiental. El Ministerio de Transición Ecológica lleva retrasando una licencia de remodelación y, según fuentes del sector, busca fórmulas para recortar la concesión que le dio el Gobierno de Rajoy hasta 2089. Para evitarlo, el Gobierno de Canarias (del PSOE) ha acelerado la reclamación de las competencias en costas, previsto en el estatuto de autonomía de 2017. 

 
Prensa inmobiliaria / edificación / urbanismo.
Gestión hotelera (hosteltur)
¿Qué guía práctica soluciona este tipo de casos?
El Grupo Ving anunció la adquisición de la cadena hotelera española AROE, incluyendo RMHI y Movables, que opera 12 hoteles con más de 2.000 habitaciones en Mallorca, Menorca y las Islas Canarias, asegurando así la continuidad de varios hoteles a largo plazo.

 
EL CONSTITUCIONAL LLEGA TARDE AL URBANISMO EXTREMEÑO DE MARINA ISLA VALDECAÑAS (CÁCERES)
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¿Qué debe saber un profesional en un caso práctico como el de la noticia?
  • Uno de los argumentos que llevaron primero al TSJEx y luego al Supremo a declarar ilegal el PIR (Proyecto de Interés Regional) de Marina Isla Valdecañas fue que infringía la prohibición de reclasificar un terreno no urbanizable. Esta ilegalidad podría no ser tal con la reforma de la LSOTEX y que ahora anula el TC. 
El Tribunal Constitucional ha declarado inconstitucional la reforma de la Ley del Suelo aprobada por la Asamblea de Extremadura en el año 2011 que permitió el complejo Marina Isla Valdecañas (Cáceres), el resort de lujo donde se ha invertido en la última década más de 130 millones de euros y que está construido sobre los terrenos de la Red Natura 2000 (espacio especial protegido). La reforma legal supuso la recalificación de los terrenos, pasando de suelo rústico a urbanizable. Esta medida se aprobó sólo 20 días después de que una sentencia ya advirtiera que las irregularidades del proceso y tras la calificación de la Junta del proyecto como de "interés regional". La resolución del Tribunal Constitucional estima de forma sustancial la cuestión de inconstitucionalidad planteada por el Tribunal Superior de Justicia de Extremadura (TSJEX), órgano que ya advirtió de las contradicciones de este cambio del artículo 11 la Ley del Suelo de Extremadura (LSOTEX) con la normativa nacional.

 
Prensa inmobiliaria / edificación / urbanismo.
Ventas de suelo expropiado por las eléctricas (el confidencial)
¿Qué guía práctica soluciona este tipo de casos?
Iberdrola puso a la venta los terrenos en los que estaba la antigua subestación eléctrica

 
Prensa inmobiliaria / edificación / urbanismo.
Urbanismo de Canarias > Ley del suelo de Canarias (el diario)
¿Qué guía práctica soluciona este tipo de casos?
una de las grandes dificultades de la Ley es precisamente que el suelo rural queda apartado del Cabildo. Desapareció la figura de las calificaciones territoriales y todo lo que se opere en el suelo rústico queda en manos de los ayuntamientos. Se trata de uno de los puntos donde mayor cantidad de dudas se produce ya que hay consistorios que no tienen suficiente personal para hacerle frente. También destaca la consejera otras contradicciones que existen en el texto, por ejemplo en el apartado de los proyectos de interés público y social. Y añade que en la parte de los planes insulares existe un vacío de contenido que puede ralentizar y que considera conveniente que se revise. 

 
¿CUÁL ES EL VERDADERO NEGOCIO DE LA REPARCELACIÓN URBANÍSTICA?
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¿Qué debe saber un profesional en un caso práctico como el de la noticia?
  • La reparcelación urbanística es el procedimiento mediante el cual se sustituyen unas parcelas iniciales afectadas por una actuación urbanística por unas parcelas aptas para su edificación. 
  • La reparcelación, como trámite urbanístico, sustituye las parcelas iniciales de un terreno, generalmente rústicas, por otras aptas para su edificación y determina cuánto debe aportar cada propietario para sufragar la ejecución de las obras de urbanización que permitan transformar los terrenos en solares susceptibles de edificación. En caso de no contar con fondos económicos para afrontar la inversión, ésta se compensa detrayendo superficie.
  • Por decirlo de un modo sencillo, la reparcelación urbanística es la transformación jurídica de unas parcelas rústicas a parcelas urbanas. 
  • Al final de la reparcelación, el dueño de una parcela rústica tiene una parcela urbana con calles, alcantarillado y luz. 
  • Esto es lo realmente importante: tenemos una parcela rústica y se convierte en una parcela edificable. Aquí está el negocio.
La reparcelación tiene por objeto repartir equitativamente los beneficios y cargas que resultan de la ordenación urbanística de unas fincas. También se va a regularizar la configuración de las fincas y el aprovechamiento urbanístico. Una vez que hemos reparcelado y quitado la parte que hay que ceder a la administración, ya se pueden adjudicar las nuevas parcelas resultantes a los propietarios en proporción a sus respectivos derechos. Estamos facilitando la urbanización y la edificación. Pero no nos olvidemos del verdadero valor económico de la reparcelación urbanística: una parcela rústica se transforma en edificable y ahí está el negocio. La guía práctica de la reparcelación urbanística trata estos temas de un modo práctico y profesional.

 
REPARCELACIÓN URBANÍSTICA

 
REPARCELACIÓN URBANÍSTICA EN MADRID
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¿Qué debe saber un profesional en un caso práctico como el de la noticia?
  • Iniciativa para desarrollar urbanísticamente la Unidad de Ejecución número 3 del ámbito AA-01 “El Rosón” según el vigente Plan General de Ordenación Urbana de Getafe, mediante el sistema de compensación.
  • Proyecto de compensación de la Junta de Compensación UE-1 del ámbito AA-01 El Rosón. 
  • De conformidad con lo establecido en la legislación vigente Ley 9/2001 del Suelo de la Comunidad de Madrid, a los propietarios de terrenos incluidos en la Unidad de Ejecución UE-1, solamente les corresponde el 90 % del aprovechamiento total, correspondiendo el 10 % restante al Ayuntamiento de Getafe.
El Ayuntamiento de Getafe ingresará 441.480 euros tras aprobar el proyecto de reparcelación del desarrollo urbanístico de unos terrenos en el antiguo polígono industrial de El Rosón, según el acta de la Junta de Gobierno local. El acuerdo de aprobación producirá la cesión de derecho, obligatoria y gratuita, al Ayuntamiento de Getafe, en pleno dominio y libre de cargas, de las parcelas dotacionales del proyecto de reparcelación aprobado, con una superficie de 2.079 metros cuadrados de uso de viario público, y 547 metros cuadrados de zona verde y espacio libre público. La sociedad propietaria de los terrenos deberá ingresar la cantidad de 441.480 euros en la Tesorería municipal en concepto de déficit de redes generales correspondientes a la unidad de ejecución Extremo Norte del Plan Parcial de Reforma Interior del Ámbito de Actuación AA-01 'El Rosón' de Getafe, en el plazo de un mes desde la aprobación definitiva del proyecto de reparcelación.

 
INFORME INVERSIÓN INMOBILIARIA LOGÍSTICA 3T 2019
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¿Qué debe saber un profesional en un caso práctico como el de la noticia?
  • Colliers ha llevado a cabo un estudio del mercado inmobiliario logístico. En  los meses transcurridos en  2019, se sigue observando un buen comportamiento del mercado logístico, tanto en inversión como en contratación, y se espera que esta tendencia continúe en el corto y medio plazo, en gran medida por el impulso que proporciona el e-commerce.
La disponibilidad, aunque de manera más contenida que en 2018, sigue reduciéndose a través de la absorción de las naves situadas fundamentalmente en las primeras coronas. Las rentas permanecen en un estado de contención, manteniéndose los niveles de 2018, salvo en los proyectos a futuro en zonas prime que registran un pequeño aumento. A corto plazo se espera una estabilidad en los niveles de rentas y una ligera compresión de yields en zonas prime. Aunque Madrid y Barcelona siguen siendo los principales destinos elegidos por los inversores, el mercado nacional se ha abierto, y plazas como Valencia, Málaga, Bilbao, Zaragoza y Sevilla son cada vez más demandadas por los inversores logísticos. 2019 registrará unos niveles de inversión superiores a los del año pasado ya que las operaciones que han firmado Colonial, Lar y Neinver ya representan más del 50% del total de volumen de inversión logística de 2018. Dado el escaso producto de inversión se incentivará la inversión en grandes parcelas o desarrollos de suelo, especialmente para proyectos de naves XXL situados en las terceras coronas. También se espera un gran desarrollo del modelo last-mile para satisfacer las necesidades del consumidor como último eslabón de la cadena de suministro.

 
Prensa inmobiliaria / edificación / urbanismo.
Urbanismo Madrid > Operación Chamartín (el confidencial)
¿Qué guía práctica soluciona este tipo de casos?
Fuentes financieras aseguran que la entidad estaría abierta a traspasar a la socimi en torno al 36% de las acciones de DCN, participación que le permitiría desconsolidar esta filial, pero sin desvincularse del proyecto. Al reducir su peso en la promotora, el banco también lograría rebajar los compromisos de inversión a los que deberá empezar a hacer frente DCN a partir de 2020, ejercicio en el que, según las fuentes consultadas por El Confidencial, la promotora deberá poner sobre la mesa más de 400 millones de euros en arrancar este desarrollo urbanístico.

 
Prensa inmobiliaria / edificación / urbanismo.
Urbanismo Madrid > Operación Campamento (idealista)
¿Qué guía práctica soluciona este tipo de casos?
Para Martínez-Almeida, este proyecto es “una herida” que debe cerrarse, según ha afirmado en varias ocasiones antes los medios de comunicación. Una operación que pone a disposición 1,5 millones de m2 en una zona que el Ayuntamiento de Madrid ha prometido regenerar con el soterramiento de la carretera A-5. De conseguir desbloquear esta situación, el nuevo Ejecutivo Local podrá presumir de haber aprobado la mayor operación residencial del norte de la ciudad (Madrid Nuevo Norte) y del sur (Operación Campamento y los Desarrollos del Sureste).

 
Prensa inmobiliaria / edificación / urbanismo.
Urbanismo Madrid > PAUs del sureste (idealista)
¿Qué guía práctica soluciona este tipo de casos?
En los PAUs del sureste de la capital también hay un importante desarrollo urbano que acaba de salir adelante. El Gobierno local ha anunciado avances en Los Cerros y Valdecarros, tras retirar la tramitación para modificar el Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) que había planteado el Consistorio cuando estaba liderado por Manuela Carmena. En los cinco PAUs del sureste (Los Cerros, Cañaveral, Los Ahijones, Los Berrocales y Valdecarros) hay previstas en torno a 100.000 viviendas, y la mitad de ellas tienen algún grado de protección pública.

 
Prensa inmobiliaria / edificación / urbanismo.
Director de suelo (idealista)
¿Qué guía práctica soluciona este tipo de casos?
Los planes de Landmark pasan por acelerar los trámites urbanísticos para convertirlos en urbanizables e ncrementar el valor de los suelos. Incluso no se descarta que Santander busque un socio o incluso un nuevo dueño para la sociedad, lo que permitiría al banco sacar todos esos activos tóxicos de su balance. 

 
MAPA URBANÍSTICO DE CATALUÑA (MUC)
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¿Qué debe saber un profesional en un caso práctico como el de la noticia?
  • Orden TES/195/2019, de 29 de octubre, sobre normalización de las claves urbanísticas y los requerimientos técnicos de presentación de los instrumentos de planeamiento urbanístico (DOGC de 5 de noviembre de 2019). 
  • Esta Orden tiene por objeto poder incorporar los datos correspondientes a las principales determinaciones de los instrumentos de planeamiento urbanístico en el Mapa urbanístico de Cataluña, que es el instrumento que permite a la ciudadanía la consulta telemática de estas determinaciones de manera integrada, continua, sintética y homogénea para todo el territorio. 
Uno de los elementos esenciales del sistema de información urbanística integrada de Cataluña es el Mapa urbanístico de Cataluña (MUC) que, de forma continua, homogénea y sintética, permite la consulta de las principales determinaciones del planeamiento urbanístico general vigente en Cataluña. Este instrumento orientado a la recogida, explotación, análisis y difusión de los mencionados datos urbanísticos requiere una actualización constante para incorporar las sucesivas modificaciones o revisiones del planeamiento. A fin de que esta actualización se pueda llevar a cabo de una manera inmediata a partir de la aprobación definitiva de cada instrumento de planeamiento urbanístico general, es fundamental que la presentación de la documentación en formato digital a los órganos urbanísticos de la Generalidad de estos instrumentos, a efectos de aprobación definitiva, incluya el compendio de determinaciones urbanísticas que deben representarse en el mapa, siguiendo los requerimientos tecnológicos y los códigos homogéneos utilizados por este sistema de información integrado.

 
INSTRUMENTOS DE ORDENACIÓN TERRITORIAL Y DE PLANEAMIENTO URBANÍSTICO DE NAVARRA
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¿Qué debe saber un profesional en un caso práctico como el de la noticia?
  • El Decreto Foral 253/2019, de 16 de octubre, regula el contenido documental y formato de presentación de los instrumentos de ordenación territorial y de planeamiento urbanístico municipal, para su tramitación y posterior acceso al Registro de Planeamiento de Navarra, así como el procedimiento de inscripción en el mismo de los instrumentos de ordenación territorial y de planeamiento urbanístico municipal aprobados definitivamente y de los instrumentos de gestión y de urbanización.
  • Registro de Planeamiento de Navarra
Navarra garantiza la publicidad de sus instrumentos de planeamiento urbanístico. A efectos de garantizar la publicidad de los instrumentos de ordenación del territorio y de planeamiento urbanístico y de su normativa, se creó el Registro de Planeamiento, actualmente regulado en el artículo 79 del Decreto Foral Legislativo 1/2017, de 26 de julio. Este Registro es público y en él se centralizan los instrumentos de ordenación del territorio y planes urbanísticos aprobados definitivamente por la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y por los Municipios.

 
ENTIDADES URBANÍSTICAS DE CONSERVACIÓN 
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¿Qué debe saber un profesional en un caso práctico como el de la noticia?
  • Lo primero que hay que dejar claro, es que las entidades urbanísticas de conservación no son Comunidades de Propietarios. La Ley de Propiedad Horizontal que rige las relaciones en las Comunidades de Propietarios NO es, en principio, de aplicación salvo a las entidades urbanísticas de conservación en los casos en que así lo dispongan sus estatutos.  Artículo 2. Artículo 2 redactado por Ley 8/1999, 6 abril («B.O.E.» 8 abril), de Reforma de la Ley 49/1960, 21 julio, sobre Propiedad Horizontal. 
Las entidades urbanísticas de conservación son Entidades de derecho Público que, aunque compuestas por propietarios particulares, se encargan del mantenimiento de la urbanización, dotaciones e instalaciones de carácter público que se encuentren dentro del ámbito territorial al que pertenecen, para que cumplan las condiciones necesarias tanto de seguridad como de salubridad. Tanto la creación de la Entidad Urbanística de Conservación como de sus estatutos, deben de estar aprobados por el Ayuntamiento. Esta Entidad de Conservación desde que se inscriben, en el Registro de Entidades Urbanísticas Colaboradoras, adquieren personalidad jurídica plena. La pertenencia a la Entidad de Conservación será obligatoria para todos los propietarios comprendidos en el ámbito de la unidad de ejecución o del polígono.

 
ENTIDADES DE CONSERVACIÓN, AGRUPACIONES DE INTERÉS URBANÍSTICO Y ASOCIACIONES DE PROPIETARIOS ASOCIACIÓN DE COOPERACIÓN URBANÍSTICA.

 
SI EL SUELO PERTENECE A VARIOS PROPIETARIOS LA SOLUCIÓN PERFECTA EN LA COMPENSACIÓN. 
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¿Qué debe saber un profesional en un caso práctico como el de la noticia?
  • Imaginemos que su ayuntamiento aprueba un planeamiento urbanístico para una zona, por ejemplo para hacer un nuevo barrio. 
  • Lo primero que debe decidir es el sistema para llevarlo a cabo. 
  • Si el suelo pertenece a varios propietarios la solución perfecta en la compensación. 
  • Es fácil de entender porque el propietario entrega su suelo sin urbanizar y al final del proceso recibirá suelo urbanizado. 
El problema es que urbanizar cuesta mucho dinero y no todos los propietarios pueden hacer el desembolso, con lo que se les expropiará. En el caso de que todos estén dispuestos a asumir los gastos de la urbanización, se pone en común todo el suelo, que finalmente se repartirá urbanizado en zonas edificables establecidas por el planeamiento. Una vez que el suelo ya se ha convertido en urbanizable y para evitar que cada uno haga su promoción de modo descoordinado, se aprueba un Proyecto de Compensación por el cual todos los propietarios ceden sus terrenos a la Junta, normalmente no transmiten, para que esta a cambio les dé proporcionalmente una serie de metros edificables, ubicados en una zona distinta de la que estos eran propietarios. Estas zonas con distintos usos y características, vienen determinadas, primero por el planeamiento y luego en el proyecto de urbanización. El Ayuntamiento tendría que ser el encargado de hacer todos estos proyectos, de urbanización, compensación, etc., pero con este sistema delega en una entidad urbanística (junta de compensación) que será la que se encargue de todo, como si fuese una gestora. Pero no hay que olvidar que el responsable del planeamiento y de que todo se lleve a cabo de la forma más clara y ágil posible es el ayuntamiento, es quien aprueba todos los proyectos y quien finalmente se quedará con el mantenimiento y conservación de la zona urbanizada. 

 
LAS JUNTAS DE COMPENSACIÓN DE LA OPERACIÓN CHAMARTÍN
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¿Qué debe saber un profesional en un caso práctico como el de la noticia?
  • “Operación Madrid Nuevo Norte”.
  • Una vez conseguida la aprobación definitiva por la Comunidad de Madrid, la operación Chamartín entrará por primera vez en la denominada fase de ejecución. En ésta, el elemento esencial es la junta de compensación. Se trata de una entidad con personalidad jurídica pública/privada en la que la Administración, en este caso el Ayuntamiento, delega las funciones públicas necesarias para ejecutar el planeamiento urbanístico. Previamente, propietarios del suelo que representen más del 50% de la superficie de cada unidad de ejecución presentarán las bases y estatutos por los que se regirán estas juntas. Básicamente, las juntas de compensación, en todo momento vigiladas y tuteladas por el Ayuntamiento tienen por objeto garantizar la ejecución de la urbanización del terreno y la posterior entrega del viario al Consistorio. Para Madrid Nuevo Norte se constituirán dos juntas de compensación: Malmea-San Roque-Tres Olivos y Centro de negocios Chamartín, aunque podría surgir una tercera porque el primero de los ámbitos podría dividirse en dos unidades de ejecución. Las juntas deben ocuparse también del proceso de reparcelación, mediante el que se agrupan las fincas de cada uno de los ámbitos para proceder a su adjudicación según figure en el planeamiento. Este trámite será el que permita la inscripción en el Registro de la Propiedad de las diferentes parcelas. A partir de entonces, los propietarios podrán iniciar las actividades de comercialización y promoción con todas las garantías.
  • La Operación Madrid Nuevo Norte incluye cuatro ámbitos de actuación. Tres de ellos contienen ya la ordenación pormenorizada y, por tanto, no requieren de un planeamiento posterior. Esos tres ámbitos son las Áreas de Planeamiento Específico APE 8.20 “Malmea – San Roque – Tres Olivos”, APE 8.21 “Las Tablas – Oeste” y APE 05.30 “Centro de Negocios Chamartín”.
Tras las aprobaciones municipales inicial y provisional, en septiembre de 2018 y en julio de 2019, respectivamente, de la “Modificación del Plan General de Ordenación Urbana de Madrid de 1997, en los ámbitos de planeamiento: APR 08.03 “Prolongación de la Castellana” y APE 05.07 “Colonia Campamento” para la definición de los determinaciones y parámetros de ordenación de la Operación Urbanística “Chamartin" “Madrid Nuevo Norte”, el siguiente paso será la aprobación definitiva por la Comunidad de Madrid y correspondiente publicación de la normativa en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid (prevista para finales de 2019, principios de 2020).

 
JUNTAS DE COMPENSACIÓN URBANÍSTICA

 
Prensa inmobiliaria / edificación / urbanismo.
Director de suelo (el país)
¿Qué guía práctica soluciona este tipo de casos?
Se trata de parcelas de pequeño tamaño, con capacidad para levantar unas 20 viviendas de media.  30% de los suelos finalistas de Aliseda y el 15% de toda su cartera. Los activos se ubican en 1.000 municipios españoles repartidos por todas las resgiones.

 
Prensa inmobiliaria / edificación / urbanismo.
Ruido en el urbanismo (el independiente)
¿Qué guía práctica soluciona este tipo de casos?
El Wanda Metropolitano, el flamante estadio del Atlético de Madrid, inaugurado en septiembre de 2017 y cuyo plan urbanístico fue anulado por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) el 31 de julio de 2018, incumple claramente la Ordenanza de Protección contra la Contaminación Acústica y Térmica (OPCAT) del Ayuntamiento de Madrid. Así lo pone de manifiesto el Documento para la solicitud de inicio de la evaluación ambiental estratégica simplificada, un informe encargado en febrero pasado por el área de Urbanismo de Manuela Carmena con el ánimo de respaldar la modificación puntual del Plan General de Ordenación Urbana de 1997 relativo al «Parque Olímpico, Sector Oeste», para así subsanar los fallos que dieron pie al TSJM a prácticamente anular la titularidad del estadio por parte del club colchonero.

 
ANTEPROYECTO DEL REGLAMENTO DE MALLORCA DE LA LEY 12/2017, DE 29 DE DICIEMBRE, DE URBANISMO DE LAS ILLES BALEARS
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¿Qué debe saber un profesional en un caso práctico como el de la noticia?
  • El Departamento de Territorio del Consell de Mallorca ha organizado la primera jornada de debate para poner en marcha la elaboración del Reglamento de la Ley 12/2017, de 29 de diciembre, de urbanismo de las Illes Balears.
Las mesas de debate empezarán el próximo 19 de noviembre y finalizarán el 26 de mayo. Además, participarán un máximo de veinte personas expertas relacionadas con urbanismo. Los meses de noviembre, diciembre, enero y febrero se tratarán los cuatro primeros títulos de la LUIB, que son: el preliminar, el Régimen urbanístico del suelo, la Intervención preventiva en la edificación y uso del suelo y la Disciplina urbanística, y dispondrán de tres mesas de debate para cada unidad. Los meses de marzo, abril y mayo se tratarán los títulos del cinco al ocho de la LUIB que son: los Instrumentos de intervención en el mercado del suelo, el Ejercicio de las facultades relativas al uso y edificación del suelo, el Planeamiento urbanístico y la Gestión urbanística y ejecución del planeamiento y Expropiación forzosa.

 
VÍDEO COMPLETO DE LA JORNADA “UN NUEVO MODELO DE URBANISMO” ORGANIZADO POR WOMEN IN REAL ESTATE SPAIN (WIRES).
¿Qué guía práctica soluciona este tipo de casos?
  • La guía práctica inmoley.com de urbanismo
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¿Qué debe saber un profesional en un caso práctico como el de la noticia?
  • Evento Wires sobre "Un nuevo modelo de urbanismo. Problemática del modelo actual español de planeamiento y gestión y propuestas de modificación", organizado por WOMEN IN REAL ESTATE SPAIN, donde trata el tema de "Líneas de planeamiento urbano".
  • El vídeo tiene una duración de 2 horas 19 minutos.
La actual normativa de suelo resulta demasiado compleja y rígida, por lo que cada vez es más necesaria la flexibilización de todos los procesos que intervienen en el urbanismo. Esa es la principal conclusión a la que han llegado los expertos invitados al evento “Un nuevo modelo de urbanismo” organizado por Women in Real Estate Spain (WIRES). Según la subdirectora general de Políticas Urbanas del ministerio de Fomento, Angela de la Cruz Mera, la actual normativa es propia del siglo pasado y que al ser tan complicada muchos de los planes se anulan. “Los planes tienen un periodo de vigencia de 10 años y sin embargo perviven 20 y 25 años por el miedo de los ayuntamientos a revisarlos y por la complejidad que la normativa impone a un proceso de renovación”. Según el profesor titular de urbanismo ETS Arquitectura de Madrid, José María Ezquiaga, “la legislación se ha ido complejizando y envidiamos la ley de los años 60 porque antes no había caído sobre el urbanismo este granizo de legislaciones”. Según el catedrático de Derecho Administrativo, José María Baño León, el Gobierno debe mover a nivel de expertos una ley urbanística marco ideal para que las comunidades autónomas puedan copiarla. En este sentido, Baño León ha incidido en la importancia de no imponer esta posible normativa, “al revés, siempre flexibilizar”. La vicepresidenta de Asprima y accionista del Grupo Inm. Roca, Carolina Roca, señala que “lo más importante es la Administración Pública y la iniciativa privada, si o si el urbanismo tiene que diseñarse para un bien social y conseguir que a la inversión privada le salga los números y saquen adelante estos proyectos. Poco a poco cambiaremos el rumbo porque si no cualquier plan urbanístico puedo acabar metido en un cajón”, ha declarado. “Es complicado llegar a la Administración Pública porque está la política de por medio. (…) Tenemos que dejar que la iniciativa privada colabore en la generación incluso de la normativa, no ya solo en planes puntales”. El delegado del área de Gobierno de Desarrollo Urbano del Ayuntamiento de Madrid, Mariano Fuentes, indica que “venimos de un periodo de paralización urbanística y entendemos que existe un claro cambio de paradigma, pero hay que ver al Ayuntamiento como un agente facilitador, y no paralizador”.

 
PROYECTO DE REGLAMENTO DE LA LEY DE ORDENACIÓN TERRITORIAL Y URBANÍSTICA SOSTENIBLE DE EXTREMADURA (LOTUS). 
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¿Qué debe saber un profesional en un caso práctico como el de la noticia?
  • La Junta somete a información pública la Ley de Ordenación Territorial y Urbanística Sostenible de Extremadura (Lotus)
La Junta somete a trámite de audiencia e información pública el proyecto de Reglamento de la Ley de Ordenación Territorial y Urbanística Sostenible de Extremadura (Lotus) para que cualquier persona interesada pueda examinar el contenido y presentar alegaciones o sugerencias. La normativa estará disponible para su consulta durante 15 días a partir de mañana en las dependencias de la Dirección  General  de  Urbanismo  y  Ordenación  del  Territorio  de  la  Consejería  de  Agricultura, en horario de 10:00 a 14:00 horas. La LOTUS también podrá consultarse en la web:http://www.gobex.es/con03/proyectos-de-decreto-secretaria-general. Este nuevo reglamento participativo agiliza y simplifica los procesos para la concesión de licencias; se adapta a las necesidades de los pequeños municipios; busca la eficiencia energética, mayor accesibilidad; y pretende equilibrar lo urbano con lo rural. La Consejería de Agricultura, Desarollo Rural, Población y Territorio destaca que Extremadura es la primera región en garantizar por ley la inclusión de género en materia urbanística, puesto que la LOTUS incluirá un articulado específico en perspectiva de género.

 
DIRECTRICES DE ORDENACIÓN TERRITORIAL DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DEL PAÍS VASCO.
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  • Decreto 128/2019, de 30 de julio, por el que se aprueban definitivamente las Directrices de Ordenación Territorial de la Comunidad Autónoma del País Vasco.
Las Directrices incorporan la nueva visión sobre el paisaje, como herramienta para contemplar de forma integral la acción humana sobre el territorio, tanto en los paisajes sublimes como en los cotidianos precisos de ordenación. El patrimonio (tanto cultural como natural) es un recurso que debe preservarse, y en este sentido su gestión sostenible resulta fundamental. Por otra parte, la actividad turística adquiere una dimensión tal que debe planificarse para resultar sostenible, y no provocar impactos que desequilibren el territorio sobre el que se desarrolla. La gestión sostenible de los recursos nos lleva a contemplar en el capítulo de agua la inundabilidad, el abastecimiento y el saneamiento; la energía con la eficiencia energética y las energías renovables como ejes principales de la política territorial y sectorial; la economía circular, de forma que se trate de minimizar la dependencia exterior y de aprovechar al máximo los recursos internos, siendo más eficientes y manteniendo los recursos dentro del flujo económico el mayor tiempo posible.

 
NUEVO DECRETO MURCIANO DE VIVIENDAS DE USO TURÍSTICO.
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  • Decreto 256/2019, de 10 de octubre, por el que se regulan las viviendas de uso turístico en la Región de Murcia 
Concepto de viviendas de uso turístico. Son viviendas de uso turístico aquellas que se ceden con fines vacacionales, amuebladas y equipadas en condiciones de uso inmediato, comercializadas o promocionadas en canales de oferta turística para ser cedidas temporalmente a terceros, con habitualidad y mediante precio, y que cumplan las especificaciones del presente decreto según el tipo de que se trate. Las viviendas de uso turístico podrán ser de dos tipos: a) Cedidas en su totalidad b) Cedidas por habitaciones destinadas a dormitorio.  A efectos de esta norma se considera canal de oferta turística: las agencias de viaje, las centrales de reservas, las empresas de mediación y organización de servicios turísticos, incluidos internet y cualesquiera otros canales de intermediación a través de las nuevas tecnologías, los canales en los que se incluya la posibilidad de reserva del alojamiento, páginas webs de promoción, publicidad, reserva o alquiler, así como cualquier forma de ofrecer o publicitar la vivienda. Se presumirá la habitualidad en la actividad turística de hospedaje en viviendas y habitaciones de uso turístico cuando se haga publicidad por cualquier medio de la oferta de dicho servicio en el correspondiente alojamiento, y se considerará que tal habitualidad es efectiva cuando, aun sin constar previa publicidad, se constate que se ha contratado dicho alojamiento en dos o más ocasiones dentro del mismo año o una vez al año, pero en repetidas ocasiones. Tanto los titulares de la explotación de alojamiento como las viviendas de uso turístico deberán cumplir la normativa sectorial que, en su caso, les sea de aplicación.

 
Prensa inmobiliaria / edificación / urbanismo.
Catastro > Rioja (la Rioja)
¿Qué guía práctica soluciona este tipo de casos?
Las diferencias catastrales obligan a parar la revisión del Plan General najerino

 
CONCENTRACIÓN PARCELARIA "MUÑOPEDRO II" DE SEGOVIA
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¿Qué debe saber un profesional en un caso práctico como el de la noticia?
  • Esta zona tiene 1.419 hectáreas de superficie que pertenecen a 209 agricultores. El proceso de concentración parcelaria que se está desarrollando en la zona permitirá pasar de las 651 fincas iniciales, con 3,11 parcelas de 2,15 hectáreas de media por propietario, a 332 fincas de reemplazo, con 1,59 parcelas por propietario y una superficie media de 4,21 hectáreas, lo que supone casi duplicar el tamaño medio de las parcelas.
El Consejo de Gobierno de Castilla y León ha autorizado las obras vinculadas con la concentración parcelaria "Muñopedro II", en la provincia de Segovia, que supondrá la construcción de caminos que suman 40 kilómetros para garantizar los accesos a las futuras parcelas de mayor tamaño. El vicepresidente y portavoz de la Junta, Francisco Igea (Cs), ha explicado en la rueda de prensa posterior al Consejo de Gobierno que las nuevas redes de caminos mejorarán las explotaciones de 209 agricultores, tras la inversión de algo más de un millón de euros, en un espacio que suma 1.419 hectáreas de superficie. El proceso de concentración parcelaria que se está desarrollando en la zona permitirá pasar de las 651 fincas iniciales, con 3,11 parcelas de 2,15 hectáreas de media por propietario, a 332 fincas de reemplazo, con 1,59 parcelas por propietario y una superficie media de 4,21 hectáreas, lo que supone casi duplicar el tamaño medio de las parcelas. Estos trabajos, a los que se destinarán 1.049.873 euros, consistirán en la creación y mejora de una red de caminos de 40 kilómetros que darán acceso a las parcelas concentradas y servirán de vías de comunicación entre núcleos rurales limítrofes o cercanos. Además, se limpiarán y acondicionarán los cauces más importantes de la red de saneamiento.

 
CONCENTRACIÓN PARCELARIA

 
RECUPERACIÓN URBANÍSTICA DE LAS VÍAS FERROVIARIAS DE PARÍS
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¿Qué debe saber un profesional en un caso práctico como el de la noticia?
  • SLA, Biecher Architectes y Emerige + Ogic han ganado el concurso internacional para desarrollar el antiguo sitio ferroviario de 3,7 hectáreas de Ordener-Poissonniers en un nuevo vecindario de 'ecosistema' de uso mixto en París.
Los ferrocarriles y la industria pesada se reutilizan y se transforman en un nuevo 'vecindario de ecosistema' de 3,7 hectáreas de carbono neutral basado en soluciones de diseño basadas en la naturaleza, cohesión social y producción de energía renovable en el sitio. El vecindario incluirá 1.000 nuevos residentes, grandes parques públicos, oficinas, un teatro, escuela pública, incubadoras de diseño industrial, una escuela de posgrado de diseño, patios de comida y agricultura urbana, todo en el corazón de París. El proyecto ganador del equipo para Ordener-Poissonniers "Jardin Mécano" ("Jardín mecánico") crea un nuevo ecosistema urbano al preservar el notable patrimonio industrial del sitio al tiempo que agrega una abundancia de espacios públicos verdes, basados en la naturaleza y una arquitectura neutral en carbono, creando una sociedad social Desarrollo urbano sostenible para el corazón del distrito 18 de París. El nuevo vecindario incluirá una combinación de viviendas sociales y privadas para 1.000 nuevos residentes y 36.500 m2 de diseño industrial, arte, comida y tecnología; incluyendo una nueva escuela pública, una escuela de posgrado de diseño, oficinas, incubadoras de diseño industrial, un complejo de cine, un teatro, un patio de comidas, tiendas y servicios, agricultura urbana y soluciones de flujo de tráfico priorizadas para peatones y bicicletas.

 
ACLARACIONES DEL DECRETO DE VIVIENDAS ILEGALES DE ANDALUCÍA
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¿Qué debe saber un profesional en un caso práctico como el de la noticia?
  • Decreto-ley 3/2019, de 24 de septiembre, de medidas urgentes para la adecuación ambiental y territorial de las edificaciones irregulares en la comunidad autónoma de Andalucía. 
El decreto abre el abanico al otorgamiento de AFO (Asimilado a Fuera de Ordenación) en la mayoría de las viviendas que presenten más de 6 años desde su completa terminación y no estén ubicadas en suelo de especial protección, permitiendo a las viviendas irregulares acceder a los servicios básicos, y que mediante de Planes Especiales se tomen medidas conjuntas para que agrupaciones de viviendas puedan solventar los daños medioambientales y proponer obras conjuntas para instalaciones de saneamiento, suministro eléctrico y de agua. Esto es una ventaja en zonas en las que era muy difícil tomar medidas para solventar los daños medioambientales y con este Decreto-Ley no hay que esperar, en las zonas de asentamientos urbanísticos, a que los desarrolle el PGOU.  El departamento de planeamiento debe emitir informe sobre la existencia de más zonas que por su densidad de población se puedan incorporar al planeamiento como suelos urbanos no consolidados o suelos urbanizables, y marcarán las zonas prioritarias para la elaboración de los planes especiales en el municipio. Los técnicos deben proceder a la redacción de una nueva ordenanza que regule los AFOS, modificando la actual para adaptarla al Decreto Ley.  Respecto a los casos afectados por un procedimiento judicial y en especial aquellos en los que ha recaído sentencia con orden de demolición, y dado que el nuevo Decreto deja al margen los mismos, se deberá estudiar caso por caso para analizar las posibles soluciones o actuaciones municipales, y se realizará un plano ubicando los diferentes casos en los que exista procedimiento penal, para ampliar la información sobre los mismos. Para poder conceder licencias de obras menores para mantenimiento y conservación deberán de reconocerse las viviendas como AFO previamente, por lo que solicita a los técnicos municipales que estudien como agilizar el reconocimiento de las edificaciones.

 
Prensa inmobiliaria / edificación / urbanismo.
Director de suelo  (apce)
¿Qué guía práctica soluciona este tipo de casos?
aunque el incremento actual de los precios del sector inmobiliario no es homogéneo en todo el país, APCEspaña aboga, con el propósito de abaratar el precio de la vivienda y, por ende, favorecer el acceso a la vivienda, poner en carga el suelo edificable que se encuentra bajo dominio de las Administraciones Públicas, reducir el coste burocrático ligado a la promoción y facilitar y agilizar la concesión de las licencias urbanísticas.

 
Prensa inmobiliaria / edificación / urbanismo.
Director de suelo > compra de suelo (bolsamanía)
¿Qué guía práctica soluciona este tipo de casos?
Avantespacia ha comprado un suelo en el centro de Zaragoza de 616 metros cuadrados en el que edificará 44 viviendas. En Oviedo, se ha hecho con dos parcelas en Prados de la Fuente donde desarrollará una urbanización compuesta por dos edificios que albergarán 58 y 43 viviendas cada uno, además de contar distintas zonas y dotaciones comunes.

 
Prensa inmobiliaria / edificación / urbanismo.
Expropiaciones urbanísticas > derecho de reversión operación Chamartín (el confidencial)
¿Qué guía práctica soluciona este tipo de casos?
Casanova considera que la demanda no debe dirigirse solo hacia DCN sino también hacia BBVA, ya que al ser accionista mayoritario de la promotora, con el 75% del capital, está también "obligado contractualmente a satisfacer los derechos de reversión derivados del procedimiento expropiatorio de los recintos ferroviarios de Chamartín y Fuencarral", recoge la demanda.

 
Prensa inmobiliaria / edificación / urbanismo.
Urbanismo Andalucía > Viviendas ilegales (granadahoy)
¿Qué guía práctica soluciona este tipo de casos?
Cerca de 25.000 viviendas irregulares podrán legalizar su situación si se acogen al Decreto Ley de Medidas Urgentes para la Adecuación Ambiental y Territorial de las Edificaciones Irregulares aprobado de forma urgente por la Junta de Andalucía. La mayoría de estos inmuebles, viviendas aisladas o asentamientos irregulares, se encuentran en el Altiplano, los confines de la provincia con Málaga y Almería en la Costa Tropical, y la Alpujarra. El decreto ley tiene entre sus objetivos poner fin a la complejidad urbanística y se vuelca en dos cuestiones: la protección ambiental y la simplificación de los trámites.

 
LOS TÚNELES, LA SOLUCIÓN DE INGENIERÍA Y URBANÍSTICA A LAS INUNDACIONES
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¿Qué debe saber un profesional en un caso práctico como el de la noticia?
  • Si hay un sitio donde llueve sin parar es Seattle en Estados Unidos, por eso es tan importante aprender de la solución que han encontrado al problema de las inundaciones y su efecto en el urbanismo.
  • Seattle prioriza proyectos de aguas pluviales. El acuerdo de Seattle les permitió diferir la finalización de proyectos para controlar seis de sus emisarios de OSC hasta 2030 a cambio de completar proyectos de aguas pluviales de alta prioridad para 2025. La ciudad demostró que los proyectos de aguas pluviales proporcionarían un mayor beneficio ambiental para la región que los proyectos de OSC. 
Se trata de un contrato de ingeniería a favor de la constructora Salini Impregilo, Lane por US $ 255 millones para construir un sistema combinado de túnel de desbordamiento de alcantarillado (CSO) cerca de Seattle. Durante una fuerte tormenta, el nuevo túnel capturará y almacenará temporalmente aguas pluviales y aguas residuales no tratadas hasta que la planta de tratamiento esté lista para ello. La construcción del CSO ayudará a reducir la cantidad de aguas no tratadas que ingresan al Canal de Buques del Lago Washington durante las fuertes lluvias. Se espera que el túnel de 4.2 km mantenga un promedio anual de más de 276 millones de litros de aguas pluviales contaminadas y aguas residuales fuera del canal, así como Salmon Bay y Lake Union.

 
LOS DERECHOS DE REVERSIÓN DE LA OPERACIÓN CHAMARTÍN 
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¿Qué debe saber un profesional en un caso práctico como el de la noticia?
  • Baraka quiere llevar Madrid Nuevo Norte a los tribunales. 
Vuelven a aparecen noticias en prensa sobre la compra por el grupo Baraka de los derechos de reversión de los terrenos expropiados de Chamartín. Hemos solicitado a dicha empresa información técnica que se incluirá en esta noticia. En el año 2012, el Tribunal Supremo dictó sentencia en el sentido de que no procede la reversión de los terrenos expropiados por el Estado para poner en marcha la 'operación Chamartín' al no estar desafectados del objeto para que el fueron expropiados. En una sentencia, adjunta en el informe, se rechaza un recurso presentado por la asociación de reversionistas 'No Abuso' contra la resolución, de febrero de 2009, dictada por la Audiencia Nacional que tumbaba el recurso interpuesto en 2002 contra la desestimación del Ministerio de Fomento a su petición de reversión de los terrenos. Los recurrentes basaban su derecho a la reversión al haber cambiado los terrenos el uso de la expropiación ante la previsión de que en la zona se levanten 16.000 viviendas en el marco de la 'Operación Chamartín'. La resolución de la Audiencia sostenía que "al no acreditarse la desafectación tácita" no "procede la reversión por haber estado los terrenos en su día expropiados afectados al fin que justificó la expropiación". Según la sentencia, la revisión del Plan General de Ordenación Urbana de Madrid que propicia esa operación urbanística no supone la desafectación tácita de los terrenos incluidos en el ámbito APR 08.03 puesto que la única Administración competente para dictar un acuerdo de desafectación es la Administración expropiante, sin que se pueda deducir de actos de otra Administración como es la que da lugar a la revisión del PGOUM. En segundo lugar, se rechaza que la participación del Ministerio de Fomento (RENFE-ADIF) en un Consorcio Urbanístico al objeto de desarrollar la "Operación Chamartín" signifique que esta Administración haya intervenido en la Revisión del PGOUM de 1997, revisión en la que las partes vienen considerando el acto de desafectación tácita. En tercer lugar, también se ha venido considerando relevante para rechazar las pretensiones de desafectación tácita y procedencia del derecho de reversión la existencia de una jurisprudencia consolidada que excluye el derecho de reversión de parcelas concretas cuando de la ejecución de un determinado planeamiento no impide los objetivos de mantenimiento y potenciación del servicio ferroviario, como ocurre en el Área de Planeamiento APR 08.03. Y se une a todo lo anterior la falta de prueba de que los terrenos pertenecientes al ámbito APR 08.03 no sigan destinados al servicio ferroviario.

 
Prensa inmobiliaria / edificación / urbanismo.
Urbanismo C. Valenciana (alicanteplaza)
¿Qué guía práctica soluciona este tipo de casos?
Benidorm tiene tres suelos pendientes de urbanizar que ocupan la mayoría del terreno pendiente de acondicionar. Se trata de Ensanche Levante (antiguo Armanello), el PAU 1 Murtal y el PP 2.1. de Poniente. Este último es el más pequeño de los tres, pero el más encaminado a iniciar la urbanización. 

 
Prensa inmobiliaria / edificación / urbanismo.
Urbanismo > Madrid (la razón)
¿Qué guía práctica soluciona este tipo de casos?
Madrid trabaja en reactivar la Operación Campamento con 10.700 viviendas

 
Prensa inmobiliaria / edificación / urbanismo.
Expropiaciones > Derecho de reversión Operación Chamartín (expansión)
¿Qué guía práctica soluciona este tipo de casos?
El presidente de Grupo Baraka anunció ayer que la compañía presentará la próxima semana una demanda contra BBVA por la Operación Chamartín -ahora Madrid Nuevo Norte- para que prevalezca el derecho de reversión de los antiguos propietarios de los terrenos, que fueron expropiados hace 70 años y donde ahora se pondrá en marcha el proyecto inmobiliario.

 
Prensa inmobiliaria / edificación / urbanismo.
Urbanismo Cataluña (la varguardia)
¿Qué guía práctica soluciona este tipo de casos?
Los vecinos de Barcelona y de toda el área metropolitana podrán hacer sus aportaciones sobre el futuro urbanismo de la capital catalana mediante distintas sesiones participativas del avance del Plan Director Urbanístico (PDU)

 
Prensa inmobiliaria / edificación / urbanismo.
Urbanismo Madrid > Alcobendas (efe/vanguardia)
¿Qué guía práctica soluciona este tipo de casos?
 El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha admitido a trámite el recurso que Ecologistas en Acción interpuso contra el plan urbanístico de Los Carriles, en Alcobendas, por el que el Ayuntamiento de esta ciudad pretende construir 8.600 viviendas junto al monte protegido de Valdelatas.

 
Prensa inmobiliaria / edificación / urbanismo.
Urbanismo Extremadura (hoy)
¿Qué guía práctica soluciona este tipo de casos?
El Ayuntamiento modificó el Plan de Urbanismo (PGM), cambiando la categoría del suelo, de «no urbanizable de protección de masa forestal» a «no urbanizable de protección de dehesas».

 
Prensa inmobiliaria / edificación / urbanismo.
Urbanismo Castilla la Mancha > Guadalajara (el digital de Castilla la Mancha)
¿Qué guía práctica soluciona este tipo de casos?
El Ayuntamiento de Guadalajara ha dado un paso definitivo para que cuanto antes arranque el desarrollo nuevo sector urbanístico situado en uno de los accesos de la ciudad, entre el puente árabe y el río Henares, lo que se conoce como SUE-30, cuyo uso será residencial y comercial.

 
CLAVES DEL DECRETO-LEY 3/2019, DE 24 DE SEPTIEMBRE, DE MEDIDAS URGENTES PARA LA ADECUACIÓN AMBIENTAL Y TERRITORIAL DE LAS EDIFICACIONES IRREGULARES EN LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ANDALUCÍA.
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¿Qué debe saber un profesional en un caso práctico como el de la noticia?
  • Primer informe del Decreto Ley 3/2019
Decreto-Ley 3/2019, de 24 de septiembre, de medidas urgentes para la adecuación ambiental y territorial de las edificaciones irregulares en la comunidad autónoma de Andalucía. 1. Justificación de una amnistía urbanística. 2. Estructura del Decreto-Ley 3/2019. 3. Reforma de la Ley del suelo de Andalucía. Artículos reformados de la Ley 7/2002. a. Definiciones de la situación de fuera de ordenación y de la situación de asimilado a fuera de ordenación. b. Necesidad de licencia municipal para el acceso al Registro de la Propiedad de cualquier segregación en suelo no urbanizable. c. Infracción la publicidad en la web y en las redes informáticas de procesos parcelatorios ilegales. 4. Objeto del Decreto-Ley 3/2019. a. Medidas urgentes sobre las edificaciones irregulares, aisladas o agrupadas, en suelo urbano, urbanizable y no urbanizable. b. Definiciones. Edificación. Agrupación de edificaciones. Edificación aislada. Edificación irregular. Edificación terminada. 5. Régimen de las edificaciones terminadas antes de la entrada en vigor de la Ley 19/1975, de 2 de mayo, y de la entrada en vigor de la Ley 8/1990, de 25 de julio. a. Ley 19/1975. b. Ley 8/1990. c. Certificación administrativa municipal. 6. Régimen de las edificaciones irregulares en situación de asimilado a fuera de ordenación. a. Situación de asimilado a fuera de ordenación. Régimen aplicable a las edificaciones irregulares en situación de asimilado a fuera de ordenación no declaradas. b. Acreditación registral. 7. Reconocimiento de la situación de asimilado a fuera de ordenación. a. Competencia y normas generales del reconocimiento de la situación de asimilado a fuera de ordenación. b. Inicio e instrucción del procedimiento del reconocimiento de la situación de asimilado a fuera de ordenación. c. Condiciones mínimas de seguridad y salubridad. d. Resolución del procedimiento de reconocimiento de la situación de asimilado a fuera de ordenación. e. Régimen aplicable a las edificaciones irregulares en situación de asimilado a fuera de ordenación declaradas. 8. Plan Especial de adecuación ambiental y territorial de agrupaciones de edificaciones irregulares. a. Objeto del Plan Especial de adecuación ambiental y territorial. b. Criterios de identificación y delimitación. c. Contenido del Plan Especial. d. Medidas de adecuación ambiental y territorial. e. Procedimiento y ejecución. f. Efectos de la aprobación del Plan Especial. 9. La incorporación de las edificaciones irregulares al planeamiento urbanístico general. a. Régimen general de incorporación al planeamiento urbanístico de edificaciones irregulares. b. Estándares en ámbitos con agrupaciones de edificaciones irregulares incorporadas al planeamiento urbanístico. c. Costes y obligaciones derivadas de la regularización de las edificaciones. 10. Incorporación al planeamiento urbanístico de las edificaciones irregulares en suelo urbano y suelo urbanizable. a. Incorporación al planeamiento general de las edificaciones irregulares en suelo urbano y suelo urbanizable. b. Incorporación mediante revisión del Plan General de Ordenación Urbanística. 11. Incorporación al planeamiento urbanístico general de las agrupaciones de edificaciones irregulares en suelo no urbanizable. a. Identificación y delimitación de las agrupaciones de edificaciones irregulares en suelo no urbanizable para su incorporación al planeamiento general. b. Criterios para la incorporación al planeamiento general de las agrupaciones de edificaciones irregulares en suelo no urbanizable. c. Modulación de los parámetros de crecimientos en agrupaciones de edificaciones irregulares que se incorporen al planeamiento general. d. Régimen de las agrupaciones de edificaciones irregulares en suelo no urbanizable incorporados al planeamiento general. e. Régimen de las agrupaciones de edificaciones irregulares incompatibles con la ordenación urbanística. 12. Régimen transitorio. 13. Normas derogadas.

 
AMNISTÍA URBANÍSTICA EN ANDALUCÍA. 
DECRETO-LEY 3/2019, DE 24 DE SEPTIEMBRE, DE MEDIDAS URGENTES PARA LA ADECUACIÓN AMBIENTAL Y TERRITORIAL DE LAS EDIFICACIONES IRREGULARES EN LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ANDALUCÍA.
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¿Qué debe saber un profesional en un caso práctico como el de la noticia?
  • Los Ayuntamientos, con ocasión de la redacción del Plan General de Ordenación Urbanística, o mediante su modificación o revisión, podrán incorporar a la ordenación urbanística las edificaciones irregulares que sean compatibles con el modelo territorial y urbanístico.
El Decreto-ley tiene por objeto la adopción de medidas urgentes sobre las edificaciones irregulares, aisladas o agrupadas, en suelo urbano, urbanizable y no urbanizable, respecto de las cuales no se puedan adoptar medidas de protección de la legalidad urbanística y restablecimiento del orden jurídico perturbado por haber transcurrido el plazo para la adopción de dichas medidas establecido en el artículo 185.1 de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía, reconociendo su situación jurídica y estableciendo las medidas pertinentes para su adecuación ambiental y territorial y, en su caso, para su incorporación al planeamiento general, con la finalidad de satisfacer el interés general que representa la preservación del medio ambiente, del paisaje y de los recursos naturales afectados: suelo, agua y energía.

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